jueves, 16 de marzo de 2017

En la CDMX se aprueban reformas para establecer como tipo de violencia hacia las mujeres la discriminación salarial

La OCDE informó que en el 2015 el género femenino percibía un salario 15 por ciento menor al de los hombres. La reforma a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia garantizará la paridad de los ingresos.
En México, el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó reformas a los artículos, 10, 11 y 14 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, a fin establecer como tipo de violencia económica la discriminación salarial y terminar con la desigualdad entre mujeres y hombres en este aspecto. El documento, aprobado con 423 votos a favor y una abstención en lo general, y en lo particular con 376 votos a favor y 34 en contra, fue enviado al Senado de la República para sus efectos constitucionales. El texto señala que en los últimos 30 años se ha triplicado en México la participación de las mujeres en el mundo laboral formal, pero los sueldos de ellas se mantienen inferiores respecto de los hombres. Hasta el 2015, para un mismo puesto el salario era más bajo en un 15 por ciento respecto de los hombres, según cifras de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE). Este organismo resalta que a los dos años de haber ingresado a un trabajo, 57 por ciento de los hombres ya renegoció su salario; en contraste, en el mismo periodo, sólo 7 por ciento de las mujeres renegocian su ingreso salarial. En tanto, se sostiene que las mujeres ocupan en México 20 por ciento de puestos de alta gerencia, sólo 5 por ciento de las direcciones generales y menos de 1 por ciento de los consejos de administración. Por lo que la diputada Laura Nereida Plascencia Pacheco explicó que con la adecuación a este ordenamiento se busca configurar como tipo de violencia toda acción y omisión que afecta el desarrollo económico de las mujeres y que se manifiesta a través de limitaciones encaminadas a controlar el ingreso económico, así como la percepción de un salario menor por trabajo igual, en el mismo centro laboral. Además, plantea diseñar programas que promuevan la paridad salarial. Afirmó que con estas modificaciones no sólo se fortalece lo citado en el artículo 86 de la Ley Federal del Trabajo en relación a la igualdad salarial, sino lo establecido como derecho constitucional, estipulado en el artículo 123. Se prevé dejar de manifiesto que para el desempeño de un trabajo, las mujeres tendrán las mismas condiciones respecto de los hombres, tanto en el ámbito público como el privado. “El origen o lo sustantivo de este decreto es configurar cómo una violencia económica cuando los patrones, por el mismo trabajo y el mismo desempeño, paguen menor cantidad el trabajo de las mujeres respecto de los varones”. Con esta medida se contribuye a dar cumplimiento a diferentes observaciones que tenemos no solamente de los compromisos internacionales, en específico de la Convención para la Eliminación de todas Formas de Discriminación en contra de las Mujeres en el país.

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