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viernes, 16 de enero de 2026

Fortalece Congreso facultades policiales en investigación de delitos

  • El Congreso mexiquense avaló una reforma constitucional, propuesta por la Gobernadora Delfina Gómez, para que, además del Ministerio Público, la Secretaría de Seguridad y las instituciones policiales estatales y municipales participen en la investigación de delitos.
  • Además, se armoniza la Constitución local con la federal y con las disposiciones de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

El Congreso mexiquense aprobó una reforma constitucional para que la Secretaría de Seguridad y las instituciones policiales estatales y municipales participen, en coordinación y bajo la conducción del Ministerio Público, en la investigación de los delitos, conforme a la iniciativa de la Gobernadora Delfina Gómez Álvarez.

El dictamen, avalado en el Quinto Periodo Extraordinario de Sesiones de la LXII Legislatura mexiquense, establece que el Ministerio Público y las instituciones policiales se coordinarán en términos de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, de la Ley del Sistema Nacional de Investigación e Inteligencia en Materia de Seguridad Pública, así como de las leyes locales en la materia.

De acuerdo con el documento, leído por el Diputado Octavio Martínez Vargas (MORENA), también se amplía el alcance del concepto de seguridad pública para que comprenda la supervisión de la prisión preventiva, la ejecución de sentencias y la reinserción social de las personas sentenciadas. Además, se instituye que la actuación de las instituciones de seguridad pública se regirá por los principios de amor a la patria, federalismo cooperativo y protección de la persona y su dignidad. 

Finalmente, señala que el Sistema Estatal de Seguridad Pública se integrará conforme a las bases establecidas en la Constitución del Estado de México.

Cabe señalar que, con esta reforma, se armoniza la Constitución local con la federal y con las disposiciones de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

jueves, 18 de diciembre de 2025

Congreso estudiará iniciativa para fortalecer seguridad pública

  • El Congreso mexiquense analizará la iniciativa de la Gobernadora Delfina Gómez para reconocer a las mesas de paz como instancias de decisión y articulación operativa; ampliar las facultades de inteligencia de la Secretaría de Seguridad; y mejorar la coordinación interinstitucional en la materia, profesionalización de cuerpos policiales y participación comunitaria.
  • La reforma busca consolidar una política de seguridad pública alineada con los principios constitucionales, promoviendo un modelo de seguridad centrado en la persona, respetuoso de los derechos humanos y eficaz para preservar la paz social.

Con el fin de consolidar la política de seguridad pública estatal, el Congreso mexiquense analizará la iniciativa de la Gobernadora Delfina Gómez Álvarez para reconocer a las mesas de paz como instancias de decisión inmediata y articulación operativa; ampliar y precisar las facultades de inteligencia de la Secretaría de Seguridad; y actualizar la coordinación interinstitucional en la materia, profesionalización de cuerpos policiales y participación comunitaria.

La iniciativa de reforma a las leyes Orgánica de la Administración Pública y de Seguridad, ambas de la entidad, que leyó la Diputada Maricela Beltrán Sánchez (MC), busca consolidar una política de seguridad pública alineada con los principios constitucionales, promoviendo un modelo de seguridad centrado en la persona, respetuoso de los derechos humanos y eficaz para preservar la paz social.

En este sentido, dispone que las mesas de paz son las instancias de decisión ejecutiva y de coordinación inmediata de las instituciones estatales de seguridad pública, presididas por la persona titular del Ejecutivo mexiquense, y conformada por 10 entes públicos relacionados, además del Poder Judicial como invitado permanente y los municipios cuando se les requiera.

Asimismo, establece que estas mesas sesionarán de forma ordinaria todos los días hábiles y, de forma extraordinaria, las veces que convoque su presidencia.

Una de sus principales facultades será coordinar las acciones de gobierno orientadas a la atención de las causas de las violencias y la construcción de la paz.

Por otra parte, señala que la Secretaría de Seguridad, en temas de investigación e inteligencia, implementará estrategias con base en mecanismos de inteligencia para prevenir e identificar amenazas y generadores de violencia, coadyuvando a la sanción oportuna de éstas y asegurando que las instituciones de seguridad actúen con eficacia y pleno respeto a los derechos humanos.

Igualmente, realizar operativos para la prevención del delito, y aportar de información para una efectiva integración de los indicios, datos y medios de prueba que fortalezcan sus investigaciones encaminadas a la persecución de los delitos y el combate de la impunidad.

En cuanto a la coordinación interinstitucional, destaca que las instancias estatales y municipales de seguridad garantizarán el cumplimiento de la legislación, contribuir a la efectiva cooperación de los sistemas estatal y nacional en el ramo, proporcionar al Sistema Nacional de Información las bases de datos correspondientes para su interconexión y consulta, y acordar con los poderes judiciales de la Federación y mexiquense para mejorar los procesos de investigación y persecución de los delitos bajo el mando y la conducción del Ministerio Público, entre otras atribuciones.

En materia de fortalecimiento del servicio profesional de carrera y de los esquemas de profesionalización para las personas integrantes de las instituciones relacionadas, se definen con mayor claridad sus derechos y obligaciones, como el derecho a recibir una remuneración conforme al servicio que desempeñan y el riesgo de sus funciones.

También que el personal de prevención, reacción, investigación, análisis criminal y custodia penitenciaria cuente con condiciones profesionales y laborales dignas, y homologa perfiles, funciones y requisitos de ingreso y permanencia de las personas integrantes de estas dependencias, así como los procesos de promoción, certificación y evaluación de control de confianza, para asegurar que su actuación se apegue a los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo y honradez, contribuyendo así a un sistema de seguridad pública más confiable, eficaz y orientado a la protección de las personas.

Finalmente, la propuesta establece que los entes públicos respectivos en coadyuvancia y corresponsabilidad, deben promover la participación social a través del diseño, desarrollo, implementación y evaluación de mecanismos encaminados a fortalecer las políticas, los lineamientos, programas y demás acciones en la materia.

La participación social, en el marco de la iniciativa, tiene como propósito fomentar la deliberación, el diálogo y la cooperación, así como la integración de propuestas, experiencias y necesidades de la comunidad, con el fin de fortalecer las acciones de las instancias correspondientes en materia de construcción de la paz, prevención de las violencias y del delito, investigación y procuración de justicia, así como el diseño y desarrollo institucional.

Analizará Congreso local propuesta sobre atribuciones policiales en el Edoméx

  • El Congreso mexiquense analizará la iniciativa de la Gobernadora Delfina Gómez Álvarez para que, además del Ministerio Público, la Secretaría de Seguridad y las instituciones policiales estatales y municipales, en el ámbito de sus respectivas competencias, participen en la investigación de delitos.

  • Lo anterior permitirá consolidar un modelo de seguridad que integre la persecución del delito, la atención a sus causas, la recuperación del espacio público y el desarrollo de oportunidades de bienestar.

La LXII Legislatura mexiquense estudiará la iniciativa de la Gobernadora Delfina Gómez Álvarez que propone establecer que, además del Ministerio Público, la Secretaría de Seguridad y las instituciones policiales estatales y municipales, en el ámbito de sus respectivas competencias, participen en la investigación de delitos. 

Lo anterior permitirá, de acuerdo con la propuesta, consolidar un modelo de seguridad que integre la persecución del delito, la atención a sus causas, la recuperación del espacio público y el desarrollo de oportunidades de bienestar, educación y empleo digno para fortalecer la cohesión social. 

El documento, que plantea armonizar la Constitución Política local con la carta magna federal y con la nueva Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, indica que las instituciones policiales del Estado auxiliarán al Ministerio Público en el cumplimiento de sus atribuciones. 

Asimismo, precisa que la seguridad pública es una función concurrente entre la Federación, el Estado y los municipios, cuyos fines son salvaguardar la vida, los derechos, las libertades, la integridad y el patrimonio de las personas, de conformidad con lo previsto en la Constitución local y las leyes en la materia.

La iniciativa, leída por la Diputada Krishna Karina Romero Velázquez (PAN) durante la sesión de la Diputación Permanente, señala que la seguridad pública comprende la prevención, investigación y persecución de los delitos; la supervisión de la prisión preventiva y la ejecución de sentencias; la reinserción social de las personas sentenciadas, así como la sanción de las infracciones administrativas, en términos de ley y dentro de la competencia correspondiente.

Además, la actuación de las instituciones de seguridad pública se regirá bajo los principios de autonomía, el amor a la patria, el federalismo cooperativo, la protección de la persona, su dignidad y el respeto a los derechos humanos reconocidos en las constituciones federal y estatal, y tratados internacionales.

Por último, detalla que el Sistema Estatal de Seguridad Pública se integrará conforme a las bases establecidas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las leyes de la materia. 

La necesidad de esta reforma, resala el documento, se sustenta en el contexto actual de inseguridad que enfrenta la entidad, dado que, de acuerdo con la Encuesta Nacional de Victimización y Percepción sobre Seguridad Pública (ENVIPE), el 71.3 por ciento de la población mexiquense identifica a la inseguridad como uno de los principales problemas, lo que confirma la urgencia de fortalecer el marco normativo y las capacidades institucionales en la materia.

martes, 21 de enero de 2025

Impulsan reforma constitucional para suprimir la medida precautoria de arraigo

• Diputadas y diputados del grupo parlamentario de MC plantean modificar el artículo 16 de la Carta Magna


Diputadas y diputados integrantes del grupo parlamentario de MC, a través de una iniciativa proponen derogar el párrafo octavo del artículo 16 de la Constitución Política, con el objetivo de suprimir la medida precautoria de arraigo.

El párrafo del artículo antes mencionado establece que la autoridad judicial, a petición del Ministerio Público y tratándose de delitos de delincuencia organizada, podrá decretar el arraigo de una persona, con las modalidades de lugar y tiempo que la ley señale, sin que pueda exceder de cuarenta días, siempre que sea necesario para el éxito de la investigación la protección de personas o bienes jurídicos, o cuando exista riesgo fundado de que el inculpado se sustraiga a la acción de la justicia.

Este plazo podrá prorrogarse siempre y cuando el Ministerio Público acredite que subsisten las causas que le dieron origen. En todo caso, la duración total del arraigo no podrá exceder los ochenta días, añade dicho artículo.

La iniciativa, turnada a la Comisión de Puntos Constitucionales, en la exposición de motivos explica que el arraigo es una medida precautoria de base constitucional que permite al Ministerio Público privar de la libertad de tránsito a una persona, previa autorización de la autoridad judicial, para garantizar la investigación de un delito, la protección de personas y bienes y evitar la sustracción de la acción de la justicia.

Menciona que la figura es pre-procesal, porque se impone con antelación al inicio del proceso penal, cuando las diligencias de investigación no están concluidas o con elementos suficientes para solicitar al órgano jurisdiccional la sujeción a proceso de una persona.

Sin embargo, señala que esta medida resulta violatoria de los derechos esenciales de toda persona como la libertad personal y de tránsito. También, vulnera principios y garantías esenciales inherentes al proceso penal como la presunción de inocencia, garantía de audiencia, el derecho de defensa y la revisión de una detención por parte de autoridad judicial, entre muchos otros.

La imposición de esta medida no sólo es arbitraria, sino que también genera malas prácticas en las policías y los agentes a cargo de la investigación de los delitos, pues provoca y coloca a los sujetos privados de su libertad en condiciones de abuso y violación de sus derechos humanos y susceptibles a actos de tortura o tratos degradantes, subraya.

Las Diputadas Claudia Ruiz Massieu Salinas, Laura Irais Ballesteros Mancilla, Laura Hernández García e Irais Virginia Reyes De la Torre y los Diputados Raúl Lozano Caballero, Gildardo Pérez Gabino, Pablo Vázquez Ahued, Juan Ignacio Zavala Gutiérrez, quienes suscriben la iniciativa, manifiestan que en los últimos años se tiene una tendencia a la baja sobre las solicitudes de arraigo que se presentan por parte de los agentes del Ministerio Público Federal, lo que indica que se trata de una figura a la que afortunadamente se recurre cada vez menos.

Destaca que ha quedado de manifiesto la poca utilidad que representa actualmente dicha figura para la correcta administración e impartición de justicia, así como para la investigación y esclarecimiento de conductas ilícitas.

jueves, 12 de diciembre de 2024

La Cámara de Diputados aprobó por unanimidad reformas para eliminar la brecha salarial de género, en los sectores público, social y privado

• El dictamen fue avalado por 445 votos y remitido al Ejecutivo Federal


Por unanimidad de 445 votos, el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó, en lo general y en lo particular, reformar las leyes generales para la Igualdad entre Mujeres y Hombres y de Acceso de las Mujeres a una Vida libre de Violencia, así como del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares. Se remitió al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

El dictamen, derivado de una iniciativa de la presidenta de la República, modifica la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres para definir la brecha salarial de género como la diferencia de retribución salarial entre mujeres y hombres por razones de género, respecto a la realización de un trabajo remunerado de igual valor.

Precisa que será objetivo de la política nacional el fortalecimiento de la igualdad en materia de diseño, implementación, ejecución y evaluación de políticas públicas y medidas para fortalecer el acceso de las mujeres al empleo y la aplicación efectiva del principio de igualdad de trato y no discriminación en las condiciones de trabajo entre mujeres y hombres para eliminar la brecha de género, en especial la salarial, en los sectores público, privado y social.

Asimismo, define la igualdad salarial como la remuneración igual por un trabajo de igual valor, sin distinguir sexo, género, identidad de género, origen étnico, orientación sexual, edad, discapacidades, condición social, económica, de salud o jurídica, entre otras.

Se instituye que las autoridades correspondientes, en coordinación con la Secretaría de las Mujeres, desarrollen acciones tendientes a disminuir y erradicar la brecha salarial de género. Y expidan certificados de Igualdad Laboral de Género y No Discriminación y operar un padrón nacional de centros de trabajo certificados en materia de igualdad laboral y no discriminación, en los términos de la normatividad aplicable.

También establece en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida libre de Violencia que ésta es reglamentaria del artículo 4o. de la Constitución Política, en materia de protección del derecho de las mujeres, adolescentes y niñas a una vida libre de violencias y los deberes reforzados del Estado, sus disposiciones son de orden público y de observancia general en toda la República, y tiene por objeto establecer la coordinación entre la Federación, las entidades federativas, las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México y los municipios para prevenir, atender, sancionar y erradicar las violencias contra las mujeres, adolescentes y niñas.

Para garantizar el derecho a una vida libre de violencias, indica, se crea el Registro Nacional de Medidas u Órdenes de Protección de las Mujeres, Adolescentes, Niñas y Niños como un instrumento de política pública tendiente a la erradicación de las violencias en contra de las mujeres, adolescentes, niñas y niños. Las medidas u órdenes de protección tienen como propósito prevenir o hacer cesar un acto de violencia, o impedir la comisión de un nuevo acto de violencia o delito.

Precisa que las medias u órdenes de protección administrativas podrán consistir en casos de peligro inminente o extrema urgencia, el Ministerio Público bajo su más estricta responsabilidad podrá determinar la desocupación inmediata por la persona agresora, del domicilio conyugal de pareja, independientemente de la acreditación de propiedad posesión del inmueble, aun en los casos de arrendamiento del mismo.

Se incorpora un Capítulo VII “Del Registro Nacional de Medidas de Protección de las Mujeres, Adolescentes, Niñas y Niños” como un mecanismo institucional de coordinación y colaboración entre los tres órdenes de gobierno de la Federación, las entidades federativas, los municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, en materia de seguridad, procuración administración de justicia.

Corresponde a la Secretaría de Seguridad y Protección ciudadana administrar y coordinar la operación de dicho Registro Nacional, mientras que a la Secretaría de las Mujeres crear indicadores, dar seguimiento y evaluar el Registro.

La base de datos del Registro nacional formará parte del Sistema Nacional de Información. Las autoridades administrativas, las fiscalías, los poderes judiciales federales y locales tendrán acceso a la plataforma del Registro Nacional, para garantizar la continuidad, efectividad y no interrupción de las medidas u órdenes de protección

Corresponderá a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana implementar de manera directa inmediata las medidas u órdenes de protección necesarias para salvaguardar la vida, integridad, libertad seguridad de las víctimas, sin condicionarlas a la presentación de una denuncia o querella. Tratándose de delitos relacionados con violencias de género contra las mujeres, la información deberá incorporarse al Registro Nacional.

En el Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares se precisa que los casos de violencia vicaria, la autoridad jurisdiccional deberá salvaguardar la integridad de niñas, niños, adolescentes y mujeres.

martes, 10 de diciembre de 2024

Comisión de Igualdad avaló dictamen para erradicar la brecha salarial de género, tanto en la vida profesional como laboral

* Crea el registro nacional de medidas para proteger a mujeres, adolescentes, niñas y niños


* La siguiente lucha es garantizar que todas las instituciones se pongan los lentes violeta: Diputada Burgos Hernández


La Comisión de Igualdad de Género, presidida por la Diputada Anais Miriam Burgos Hernández (MORENA), aprobó el dictamen a la minuta que reforma diversas disposiciones de la ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, en materia brecha salarial de género.

Avalado por unanimidad de 28 votos, el texto también modifica la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, y el Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, con el propósito de garantizar que las instituciones del Estado asuman de manera activa y responsable sus obligaciones con las mujeres, adolescentes, niñas y niños para que gocen de todos los derechos en igualdad de condiciones.

Los cambios a la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres definen que la brecha salarial de género es la diferencia de retribución salarial entre mujeres y hombres por razones de género, respecto a la realización de un trabajo remunerado de igual valor.

Asimismo, que se entenderá como discriminación la homofobia, misoginia, cualquier manifestación de xenofobia, segregación racial, antisemitismo, así como la discriminación racial y otras formas conexas de intolerancia.

Se precisa que igualdad salarial es la remuneración igual por un trabajo de igual valor, sin distinguir sexo, género, identidad de género, origen étnico, orientación sexual, edad, discapacidades, condición social, económica, de salud o jurídica, entre otras.

Las modificaciones estipulan que corresponde a las autoridades e instituciones proponer iniciativas y políticas de cooperación para el desarrollo de mecanismos de participación igualitaria de mujeres y hombres, en los ámbitos de la economía, toma de decisiones y en la vida familiar, de cuidados, social, laboral, política, deportiva, cultural y civil.

Se enfatiza que la política nacional en materia de igualdad entre hombres y mujeres deberá garantizar el establecimiento de medidas tendientes a erradicar en todos los ámbitos de la vida profesional y laboral la brecha salarial de género.

En las reformas a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia se destaca que la Federación y las entidades federativas deberán contar con fiscalías especializadas para atender los delitos relacionados con las violencias de género en contra de las mujeres y Centros de Justicia para las Mujeres.

También se crea el Registro Nacional de Medidas u Órdenes de Protección de las Mujeres, Adolescentes, Niñas y Niños, que contendrá los datos de la autoridad que ordena la medida u orden de protección, de las víctimas, de la persona agresora, fecha de inicio y término, conductas que las impulsan, nivel de riesgo y plazo para su cumplimiento.

Señala que en casos de peligro inminente o extrema urgencia, el Ministerio Público, bajo su más estricta responsabilidad, podrá determinar la desocupación inmediata por la persona agresora, del domicilio conyugal o de pareja, independientemente de la acreditación de propiedad o posesión del inmueble, aun en los casos de arrendamiento del mismo.

En el Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares se establece que, en los casos de violencia vicaria, definida en el artículo 6 la fracción VI de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, la autoridad jurisdiccional deberá salvaguardar la integridad de niñas, niños, adolescentes y mujeres.

Participación de diputadas


La Diputada Burgos Hernández aseguró que con las reformas se garantiza a las niñas y adolescentes protección y un presente mejor; son importantes porque además se contará con un registro nacional con los datos de la persona agresora.

Puntualizó que la siguiente lucha es garantizar que todas las instituciones se pongan los lentes violeta porque “también tenemos que ir a que las instituciones cumplan con esta función porque hay en estos lugares un sistema patriarcal instaurado que se resiste a morir”.

Afirmó que todas las leyes son perfectibles y hoy se celebra que se ha dado un gran paso. Indicó que estos cambios logran que todo agresor salga de casa. “Después de que se aprueben estas iniciativas, si consideramos que está fallando algo, también este es nuestro trabajo: legislar por el bienestar de las mujeres”.

La Diputada Mariana Benítez Tiburcio (MORENA) destacó que la reforma define lo que es brecha salarial y qué es competencia, con el fin de promover y garantizar la igualdad salarial. Consideró fundamental la creación del Registro Nacional de Medidas u Órdenes de Protección porque permitirá que se comparta información en todo el país. Se congratuló porque en 2025 comience la aplicación de esta reforma a favor de las mujeres.

Vía plataforma digital, la Diputada Julieta Kristal Vences Valencia (MORENA) dijo que hoy es un momento histórico para las mujeres, niñas y adolescentes porque estas reformas responden a las realidades y necesidades concretas y urgentes porque la violencia sigue lacerando, quita al día, por lo menos, siete mujeres por feminicidio, y continúa la violencia vicaria. “Estas iniciativas van a ayudar mucho porque no queremos que ninguna mujer tenga que vivir con miedo y queremos justicia al alcance de todas, que quien comete un delito sea castigado y no quede en la impunidad”.

También vía Zoom, la Diputada Karina Margarita del Río Zenteno (MORENA) expresó que se busca garantizar la igualdad sustantiva, erradicar la violencia y cerrar la brecha de salario entre hombres y mujeres, porque las mujeres siempre han enfrentado brechas históricas que han limitado su participación en todos los ámbitos. “Vivimos momentos cruciales y en la Comisión debemos apoyar y visibilizar lo que se hace en favor de las mujeres”.

La Diputada Mildred Concepción Ávila Vera (MORENA) advirtió que a pesar de los avances en el ámbito legislativo todavía persisten desigualdades y situaciones difíciles. Estimó que la igualdad salarial es un logro y punto fundamental para empoderar a las mujeres. Agregó que las reformas son un reconocimiento a las luchas diarias que enfrentan. “El dictamen es un paso histórico, importante y crucial hacia una sociedad más justa e igualitaria”.

Vía remota, la Diputada Ofelia Jasso Nieto (PRI) comentó que su grupo parlamentario está a favor de fortalecer los derechos y la atención de mujeres, niñas, niños y adolescentes. Afirmó que ese sector ha padecido agresiones graves, por lo que su voto es a favor”.

A distancia, la Diputada Ana María Balderas Trejo (PAN) afirmó que una ley no transforma realidades por sí sola, por lo que es imperativo asignar los recursos necesarios y llamó a la unión para logar el presupuesto requerido para llevar a cabo las acciones que se necesitan. Observó que avanzar en la erradicación en la brecha salarial, garantizar las medidas de protección para las mujeres víctimas de violencia y fortalecer los sistemas de justicia con perspectiva de género, son pasos indispensables para cerrar las desigualdades.

En tanto, la Diputada Xitlalic Ceja García (PRI) señaló vía Zoom que siempre se manifestará a favor de reformas que erradiquen la violencia y acortar la brecha de desigualdad. Puntualizó que estas leyes son un avance y serán suficientes siempre y cuando se les dote de recursos porque de lo contrario “quedarán como letra muerta y no abonarán a erradicar la brecha. Votaremos a favor”.

La Diputada Anayeli Muñoz Moreno (MC) subrayó que es importante sacar estas reformas; sin embargo, consideró que no se discutieron el tiempo necesario y adelantó que presentará reservas en materia de las órdenes de protección. “También tenemos que analizar el tema de facultar a las autoridades policiacas ya que son éstas las primeras en responder en casos de personas agresoras. Son varios temas que me gustaría incluir en las reservas para nutrir esta iniciativa”.

jueves, 28 de noviembre de 2024

Senado de la República emite declaratoria de aprobación de reformas que fortalecen Estrategia Nacional de Seguridad Pública

* La propuesta fue enviada al Diario Oficial de la Federación para su publicación


El Senado de la República emitió la declaratoria de aprobación del decreto por el que se reforma y adiciona el artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a fin de fortalecer la Estrategia Nacional de Seguridad Pública.

El Presidente de la Mesa Directiva, Gerardo Fernández Noroña, informó que el proyecto de declaratoria fue remitido por la Cámara de Diputados.

Posteriormente, se realizó el cómputo de las legislaturas que hasta el momento han dado su respaldo a la propuesta, que son: Baja California, Campeche, Colima, Chiapas, Durango, Estado de México, Michoacán, Nayarit, Oaxaca, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala, Veracruz de Ignacio de la Llave, Zacatecas y de la Ciudad de México.

Por tal motivo, al contar con los suficientes votos aprobatorios de los congresos de las entidades federativas, 19 de 17 que exige el artículo 135 de la Carta Magna, es que el presidente de la Mesa Directiva realizó la declaratoria de aprobación de la reforma constitucional, y remitió el documento al Diario Oficial de la Federación para su publicación.

Fernández Noroña indicó que la Presidencia del Senado de la República seguirá atenta a las resoluciones que emitan las otras legislaturas de los estados sobre este asunto, las cuales se integrarán al expediente.

El proyecto precisa que la investigación de los delitos corresponde al Ministerio Público, a la Secretaría de Seguridad Pública del Ejecutivo Federal, a la Guardia Nacional y a las policías, en el ámbito de su competencia, las cuales actuarán bajo la conducción y mando de aquél en el ejercicio de esta función.

Además, plantea que la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana coordinará y dirigirá la Estrategia Nacional de Seguridad Pública, auxiliará al titular del Ejecutivo federal en funciones en esta materia y coordinará el sistema nacional de inteligencia en el rubro de seguridad.

También podrá coordinar la colaboración de los tres órdenes de gobierno, a través de sus instituciones de seguridad, quienes deberán proporcionar información que dispongan o recaben en materia de seguridad; la SSPC, además, podrá solicitar información a las instituciones y dependencias del Estado para identificar y esclareces hechos presuntamente delictivos.

Y establece que el Sistema Nacional de Seguridad Pública contará con un Secretariado Ejecutivo que, además de emitir bases, acuerdos y lineamientos, podrá realizar las acciones necesarias para homologar estándares y criterios en materia de seguridad, en el ejercicio de las atribuciones concurrentes de los tres órdenes de gobierno

miércoles, 27 de noviembre de 2024

Resultado de labores de investigación, en Baja California se cumplimentaron dos órdenes de aprehensión por el delito de secuestro

• Esta acción se realizó como resultado de la coordinación del Gabinete de Seguridad y las Fiscalías de los Estados de Baja California y Estado de México


Resultado de trabajos de inteligencia e investigación que realizan las instituciones del Gabinete de Seguridad, agentes de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC), Secretaría de la Defensa Nacional (DEFENSA), Secretaría de Marina (SEMAR), Fiscalía General de la República (FGR), Guardia Nacional (GN), en colaboración con la Fiscalía General del Estado de Baja California (FGEBC) y Fiscalía General de Justicia del Estado de México (FGJEM), cumplimentaron dos órdenes de aprehensión por el delito de secuestro contra un hombre y una mujer en Tijuana, Baja California.

Luego de tomar conocimiento que el pasado 12 de octubre del presente año, en la colonia Valle Verde del municipio de Toluca, Estado de México, un comerciante de autos seminuevos fue privado de su libertad, los efectivos de la SSPC se trasladaron a la zona donde realizaron un análisis de las cámaras de seguridad del lugar e identificaron que una camioneta de color gris participó en el evento.

Derivado de las investigaciones de gabinete y campo, y del seguimiento puntual al vehículo involucrado, se identificó a una mujer relacionada con estos hechos. Al desarrollar las indagatorias, se supo que la mujer viajó de la Ciudad da de México hacia Tijuana, Baja California, acompañada por un hombre, el cual coincidía con los rasgos físicos de uno de los sujetos que participó en la privación de la libertad del comerciante.

Los agentes obtuvieron los datos de prueba con los que un Juez liberó las órdenes de aprehensión que fueron solicitadas por la autoridad ministerial y en coordinación con autoridades locales, ubicaron un domicilio en la colonia Misión del Rosario, en Tijuana, Baja California, donde ubicaron a las dos personas, quienes viajaban en un vehículo de color blanco.

Los efectivos les marcaron el alto, corroboraron su identidad y cumplimentaron los mandamientos judiciales, les leyeron sus derechos constitucionales y fueron puestos a disposición del agente del Ministerio Público correspondiente, quien definirá su situación legal.

Cabe mencionar que, de acuerdo con líneas de investigación, las personas detenidas presuntamente pertenecen a una célula delictiva que se encuentra relacionado con al menos tres casos de secuestro en el Estado de México. El Gabinete de Seguridad del Gobierno de México refrenda su compromiso de continuar trabajando en estrecha coordinación para brindar paz y seguridad en el país.

martes, 19 de noviembre de 2024

Proponen prisión preventiva oficiosa a quienes atenten contra el haber de retiro de los trabajadores

• Robar los ahorros de los trabajadores para su jubilación es un delito aberrante: Diputada Armendáriz Guerra (MORENA)


La Diputada Carmen Patricia Armendáriz Guerra (MORENA) propone reformar el artículo 19 de la Constitución Política, con el objetivo de establecer que el Ministerio Público solicitará prisión preventiva oficiosa en los casos de delitos cometidos por los participantes en los sistemas de ahorro para el retiro que atenten en contra del haber de retiro de los trabajadores.

En el documento, turnado a la Comisión de Puntos Constitucionales, la legisladora señala que robar a los trabajadores mexicanos sus ahorros de los que dependen para su jubilación es de los delitos más aberrantes que pueden existir.

Refiere que el Sistema de Ahorro para el Retiro administra 6,029,146 millones de pesos que representan 24 por ciento del Producto Interno Bruto (PIB) nacional.

Señala que, de acuerdo con la CONSAR, el Sistema podría llegar a 9.2 billones de pesos para el 2050, equiparable al 47 por ciento del PIB nacional; se reconoce que su actividad de orden público e interés social requiere de controles más transparentes y estrictos, para garantizar el buen manejo de los ahorros que los trabajadores han acumulado durante su vida productiva.

De esta manera subraya, que al tratarse de un servicio de seguridad social que por su trascendencia para la economía nacional debe ser regulado y vigilado por el Estado, así como para dar coherencia a la propuesta de reforma a la Ley del SAR en materia de haber digno es que se promueve esta iniciativa.

Actualmente el artículo 19 manifiesta que el Ministerio Público sólo podrá solicitar al juez la prisión preventiva cuando otras medidas cautelares no sean suficientes para garantizar la comparecencia del imputado en el juicio, el desarrollo de la investigación, la protección de la víctima, de los testigos o de la comunidad, así como cuando el imputado esté siendo procesado o haya sido sentenciado previamente por la comisión de un delito doloso.

De igual forma, señala que el juez ordenará la prisión preventiva oficiosamente, en los casos de abuso o violencia sexual contra menores, delincuencia organizada, homicidio doloso, feminicidio, violación, secuestro, trata de personas, robo de casa habitación, uso de programas sociales con fines electorales, corrupción tratándose de los delitos de enriquecimiento ilícito y ejercicio abusivo de funciones.

A lo anterior, ahora se propone agregar los “delitos cometidos por los participantes en los sistemas de ahorro para el retiro que atenten en contra del haber de retiro de los trabajadores”.

viernes, 15 de noviembre de 2024

Mesa Directiva de la Cámara de Diputados remite a Comisión minuta en materia de seguridad pública

La Mesa Directiva de la Cámara de Diputados dio cuenta de la recepción de la minuta con proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 21 de la Constitución Política, en materia de seguridad pública, y la remitió a la Comisión de Puntos Constitucionales.

Se determina que la investigación de los delitos corresponderá además del Ministerio Público, a la Secretaría del Ramo de Seguridad Pública del Ejecutivo Federal, a la Guardia Nacional y a las policías, en el ámbito de su competencia.

Puntualiza que los fondos de ayuda federal para la seguridad pública serán auditados y su debido ejercicio vigilado por el Sistema a través de su Secretariado Ejecutivo.

Además, el Sistema contará con un Secretariado Ejecutivo, el cual podrá ampliar las bases, emitir acuerdos y lineamientos, realizar acciones necesarias para lograr la homologación de estándares y criterios, así como una coordinación eficiente, transparente y responsable, en el ejercicio de las atribuciones concurrentes de los tres órdenes; en todo momento en atención a los fines del Sistema y los objetivos de la Estrategia Nacional de Seguridad Pública.

Establece que la Secretaría del Ramo de Seguridad Pública coordinará y dirigirá la Estrategia Nacional de Seguridad Pública, auxiliará a la persona presidenta de la República en el ejercicio de las funciones en materia de seguridad nacional; le corresponderá la coordinación del Sistema Nacional de Inteligencia en materia de seguridad pública, en los términos que señale la ley.

Podrá coordinar acciones de colaboración de los tres órdenes de gobierno, a través de las instituciones de seguridad pública, los cuales deberán proporcionar la información de que dispongan o recaben en la materia conforme a la ley. Podrá solicitar información a las instituciones y dependencias del Estado para la identificación y esclarecimiento de los hechos presuntamente constitutivos de delitos.

jueves, 3 de octubre de 2024

INEGI: Censo Nacional de Procuración de Justicia Estatal y Federal (CNPJE-F) 2024

CENSO NACIONAL DE PROCURACIÓN DE JUSTICIA ESTATAL Y FEDERAL (CNPJE-F)
2024

• Al cierre de 2023, había 3 670 personas como titulares de la institución y de las unidades administrativas y agencias o fiscalías del Ministerio Público de la Fiscalía General de la República (FGR) y de las Fiscalías Generales o Procuradurías Generales de Justicia estatales (FGE). 

• Del total de personas titulares, 38.1 % correspondió a mujeres y 50.6 %, a hombres. Para 11.3 % no se especificó el sexo. Además, 36.7 % de las mujeres y 42.4 % de los hombres titulares tenían de 0 a 2 años de antigüedad en el cargo. 

• Durante 2023, la FGR y las FGE ejercieron un presupuesto total de 74 363.2 millones de pesos corrientes. 

• En el mismo periodo, se iniciaron y/o abrieron 2 226 003 averiguaciones previas, investigaciones y carpetas de investigación, se determinaron 1 867 626 y quedaron pendientes de concluir 2 654 284. 

El Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) da a conocer los resultados del Censo Nacional de Procuración de Justicia Estatal y del Censo Nacional de Procuración de Justicia Federal (CNPJE-F) 2024. Estos programas estadísticos ofrecen información sobre la gestión y desempeño de las Fiscalías Generales o Procuradurías Generales de Justicia de cada entidad federativa (FGE) y de la Fiscalía General de la República (FGR). En específico, se centran en las funciones de gobierno, procuración de justicia, justicia para adolescentes, mecanismos alternativos de solución de controversias y servicios periciales y/o servicio médico forense.

El objetivo de estos programas es producir información estadística que se vincule con el diseño, implementación, monitoreo y evaluación de las políticas públicas de alcance nacional en los temas referidos.

I. ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL Y RECURSOS 

Al cierre de 2023, el total de personal adscrito a la FGR fue de 19 880 servidoras y servidores públicos, mientras que en las FGE fue de 89 851 (ver gráfica 1). Al comparar con 2022, la cantidad de personal aumentó 2.1 % en la FGR y disminuyó 2.1 % en las FGE.  

1 La Fiscalía General del estado de Guanajuato no proporcionó información sobre personas policías ministeriales, investigadoras o judiciales. La Fiscalía General del Estado de San Luis Potosí no proporcionó información sobre personas fiscales o agentes del Ministerio Público, personas peritas, personas policías ministeriales, investigadoras o judiciales y personal administrativo y de apoyo de las áreas sustantivas (fiscalías o agencias del Ministerio Público, servicios periciales y/o servicio médico forense y de mecanismos alternativos de solución de controversias). Para el tema de procuración de justicia para adolescentes no se incluye información de Ciudad de México porque a la fecha de corte para esta publicación (05 de septiembre de 2024), se encontraba aún en proceso de captación.

Gráfica 1 
Cantidad de personal adscrito a la Fiscalía General de la República (FGR) y a las Fiscalías Generales o Procuradurías Generales de Justicia de cada entidad federativa (FGE) 
según año 2011 a 2023
Nota: El Censo Nacional de Procuración de Justicia Federal comenzó a captarse en 2014 (información de 2013), por lo que no se incluyen cifras para periodos anteriores. No se incluye al o a la titular de la institución ni a las o los titulares de las unidades administrativas y/o agencias o fiscalías del Ministerio Público. No se incluyen datos de la Fiscalía General del estado de Guanajuato, de 2012 a 2023, correspondientes a la categoría policías ministeriales, investigadoras/es o judiciales ni de la Fiscalía General del Estado de San Luis Potosí, de 2021 a 2023, correspondientes a fiscales o agentes del Ministerio Público, personas peritas y policías ministeriales, investigadoras/es o judiciales porque las instituciones de procuración de justicia no proporcionaron información sobre estas variables. 
Fuente: INEGI. Censo Nacional de Procuración de Justicia Federal (CNPJF), 2014-2024 y Censo Nacional de Procuración de Justicia Estatal (CNPJE), 2011-2024.

Durante 2023, la FGR ejerció un presupuesto 18 942 643 442 pesos, mientras que las FGE ejercieron un presupuesto de 55 420 584 960 pesos. Las FGE que ejercieron la mayor cantidad de presupuesto fueron Ciudad de México, con 11.3 %; estado de México, con 7.2 %, y Guanajuato, con 5.7 % (ver gráfica 2).

Gráfica 2 
Presupuesto ejercido por la Fiscalía General de la República (FGR) y las Fiscalías Generales o Procuradurías Generales de Justicia 
2023 
(cifras en millones de pesos corrientes)
Fuente: INEGI. Censo Nacional de Procuración de Justicia Federal (CNPJF), 2024 y Censo Nacional de Procuración de Justicia Estatal (CNPJE), 2024.

II. PROCURACIÓN DE JUSTICIA FEDERAL Y ESTATAL

Durante 2023, se iniciaron y/o abrieron 2 226 003 averiguaciones previas, investigaciones y carpetas de investigación. Del total, la FGR inició 80 169. En el estado de México, Ciudad de México y Guanajuato se iniciaron y/o abrieron 383 057, 232 214 y 143 341, respectivamente (ver tabla 1). 

Tabla 1 (parte I) 
Número de averiguaciones previas, investigaciones y carpetas de investigación en materia penal conocidas por la Fiscalía General de la República (FGR) y las Fiscalías Generales o Procuradurías Generales de Justicia, según etapa procesal
 2023
1/ Incluye información de personas adultas y adolescentes. 2/ No aplica debido a que la FGR reportó no contar con información sobre los procesos de trabajo que se llevaron a cabo en las carpetas de investigación en la etapa de investigación complementaria. 3/ Solo se incluye información en materia de justicia para adolescentes. Nota: En el tema de justicia para adolescentes no se incluye información de Ciudad de México porque a la fecha de corte para esta publicación (05 de septiembre de 2024), se encontraba aún en proceso de captación. Fuente: INEGI. Censo Nacional de Procuración de Justicia Federal (CNPJF), 2024 y Censo Nacional de Procuración de Justicia Estatal (CNPJE), 2024.

2 Las cifras se refieren a la actuación bajo el sistema tradicional para personas adultas y el sistema escrito o mixto de justicia para adolescentes (averiguaciones previas), el sistema oral para adolescentes (investigaciones), el sistema penal acusatorio para personas adultas y el sistema integral de justicia penal para adolescentes (carpetas de investigación). No se incluye información de la FGR en la categoría cerradas porque reportó no contar con información sobre los procesos de trabajo que se llevaron a cabo en las carpetas de investigación en la etapa de investigación complementaria.

Tabla 1 (parte II) 
Número de averiguaciones previas, investigaciones y carpetas de investigación en materia penal conocidas por la Fiscalía General de la República (FGR) y las Fiscalías Generales o Procuradurías Generales de Justicia, según etapa procesal 
2023
1/ Incluye información de personas adultas y adolescentes. Nota: En el tema de justicia para adolescentes no se incluye información de Ciudad de México porque a la fecha de corte de la presente publicación, se encontraba en proceso de captación. 
Fuente: INEGI. Censo Nacional de Procuración de Justicia Federal (CNPJF), 2024 y Censo Nacional de Procuración de Justicia Estatal (CNPJE), 2024.

III. MECANISMOS ALTERNATIVOS DE SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS 

Durante 2023, los órganos o unidades administrativas encargadas de los mecanismos alternativos de solución de controversias de la FGR y las FGE abrieron 311 423 expedientes. De estos, 303 565 correspondieron a la materia penal para personas adultas y 7 858, a la materia penal para adolescentes. Destaca la FGE de Guanajuato, que registró las cifras más altas de expedientes abiertos: 41 537 en materia penal para personas adultas y 1 521 en materia penal para adolescentes (ver tabla 2).

Tabla 2 
Número de expedientes abiertos en materia penal y justicia para adolescentes por los órganos o unidades administrativas encargadas de los mecanismos alternativos de solución de controversias de la Fiscalía General de la República (FGR) y las Fiscalías Generales o Procuradurías Generales de Justicia 
2023
1/ No aplica. 
Fuente: INEGI. Censo Nacional de Procuración de Justicia Federal (CNPJF), 2024 y Censo Nacional de Procuración de Justicia Estatal (CNPJE), 2024.

NOTA TÉCNICA 

CENSO NACIONAL DE PROCURACIÓN DE JUSTICIA ESTATAL Y FEDERAL (CNPJE-F) 
2024

Los Censos Nacionales de Procuración de Justicia Estatal y Federal (CNPJE-F) 2024 se constituyen como dos programas estadísticos que se realizan en los ámbitos estatal y federal del Estado mexicano. Estos programas ofrecen información estadística y geográfica sobre la gestión y desempeño tanto de las Fiscalías Generales o Procuradurías Generales de Justicia estatales (FGE) como de la Fiscalía General de la República (FGR). Los resultados de los CNPJE-F 2024 integran información correspondiente a 2023 y 2024. La información de este último año es solo para las preguntas que solicitan datos al momento de la aplicación del cuestionario. 

Las unidades de análisis son las instituciones y/o unidades administrativas que integran la FGR y las FGE. El levantamiento del Censo Nacional de Procuración de Justicia Federal (CNPJF) tuvo lugar del 1 de marzo al 10 de julio de 2024 y el levantamiento del Censo Nacional de Procuración de Justicia Estatal (CNPJE) se realizó del 11 de marzo al 6 de septiembre de 2024.

Los resultados se presentan en las páginas del Instituto: https://www.inegi.org.mx/programas/cnpjf/2024/ y https://www.inegi.org.mx/programas/cnpje/2024/ mediante cuadros estadísticos organizados en los siguientes apartados: Estructura organizacional y recursos, Procuración de justicia, Mecanismos alternativos de solución de controversias en materia penal y Servicios periciales. 

Productos y documentos de los CNPJE-F 2024 

Los productos y documentos derivados de los CNPJE-F 2024 que el INEGI pone a disposición de las y los usuarios son los siguientes: 

• Presentación de resultados generales 
• Cuestionarios 
• Glosario 
• Documento de diseño 
• Tabulados predefinidos

I. ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL Y RECURSOS 

Al cierre de 2023, las fiscalías o procuradurías generales de justicia contaron con 4 796 unidades administrativas y/o agencias o fiscalías del Ministerio Público: 126 en la FGR y 4 670 en las FGE. Del total, 17.1 % (819) correspondió a unidades administrativas; 75.5 % (3 620), a agencias o fiscalías del Ministerio Público y 7.4 % (357), a áreas que fungieron como unidades administrativas y agencias o fiscalías del Ministerio Público (ver tabla 1).

Tabla 1 
Número de unidades administrativas y agencias o fiscalías del Ministerio Público de la Fiscalía General de la República (FGR) y las Fiscalías Generales o Procuradurías Generales de Justicia, según tipo 
2023 
Fuente: INEGI. Censo Nacional de Procuración de Justicia Federal (CNPJF), 2024 y Censo Nacional de Procuración de Justicia Estatal (CNPJE), 2024.

En 2023 se reportaron 61 unidades administrativas3 en la FGR y 1 115 en las FGE (ver gráfica 1). Estas cifras presentaron una disminución de 7.6 y 9.7 %, respectivamente, en comparación con 2022. 

Gráfica 1 
Número de unidades administrativas de la Fiscalía General de la República (FGR) y de Fiscalías Generales o Procuradurías Generales de Justicia (FGE) 
2010 a 2023 
Nota: El Censo Nacional de Procuración de Justicia Federal (CNPJF) comenzó a captarse en 2014 (información de 2013), por lo que no se incluyen cifras para periodos anteriores. 
Fuente: INEGI. Censo Nacional de Procuración de Justicia Federal (CNPJF), 2014-2024 y Censo Nacional de Procuración de Justicia Estatal (CNPJE), 2011-2024. 

En el mismo periodo, se reportaron 96 fiscalías del Ministerio Público4 en la FGR. De estas, 33.3 % (32) correspondió al tipo sede (ver tabla 2).

Tabla 2 
Número de fiscalías del Ministerio Público de la Fiscalía General de la República, según tipo 
2023
Fuente: INEGI. Censo Nacional de Procuración de Justicia Federal (CNPJF), 2024 

Por su parte, las FGE reportaron 3 881 agencias o fiscalías del Ministerio Público. De acuerdo con su tipo, 1 888 correspondieron a mixta o general (ver tabla 3).

3 Se consideran las áreas clasificadas como unidades administrativas y unidades administrativas y agencias o fiscalías del Ministerio Público. 
4 Se consideran las áreas clasificadas como agencias o fiscalías del Ministerio Público y unidades administrativas y agencias o fiscalías del Ministerio Público

Tabla 3 
Número de agencias o fiscalías del Ministerio Público de las Fiscalías Generales o Procuradurías Generales de Justicia, según tipo 
2023 
Nota: El total no corresponde con la suma por tipo, porque una agencia o fiscalía puede ser de uno o más tipos. 
Fuente: INEGI. Censo Nacional de Procuración de Justicia Estatal (CNPJE), 2024.

Al cierre de 2023, había 3 6705 personas como titulares de la institución y de las unidades administrativas y agencias o fiscalías del Ministerio Público de la FGR y de las FGE. Del total, 38.1 % correspondió a mujeres y 50.6 %, a hombres. Para 11.3 % no se especificó el sexo. Respecto a la antigüedad, 36.7 % de las mujeres y 42.4 % de los hombres llevaban de 0 a 2 años en su cargo (ver gráfica 2).

5 No se incluye la categoría vacantes, con 280 registros.

Gráfica 2 
Personas titulares de la institución y de las unidades administrativas y agencias o fiscalías del Ministerio Público de la Fiscalía General de la República (FGR) y las Fiscalías Generales o Procuradurías Generales de Justicia (FGE), según rango de antigüedad en el cargo y sexo 
2023 
(distribución porcentual)
Nota: No se grafica la categoría no se sabe, en la que 3.0 % correspondió a mujeres y 3.6 %, a hombres. Incluye a la persona titular de la FGR y de las FGE, así como a las personas titulares de las unidades administrativas y/o agencias o fiscalías del Ministerio Público. Las distribuciones porcentuales se calcularon con base en 3 255 personas titulares para quienes se identificó el sexo. 
Fuente: INEGI. Censo Nacional de Procuración de Justicia Federal (CNPJF), 2024 y Censo Nacional de Procuración de Justicia Estatal (CNPJE), 2024

Al cierre de 2023, el total de personal adscrito a la FGR fue de 19 880 personas servidoras públicas, mientras que en las FGE fue de 89 851 (ver gráfica 3). Al comparar con 2022, la cantidad de personal aumentó 2.1 % en la FGR y disminuyó 2.1 % en las FGE. 

Gráfica 3 
Cantidad de personal adscrito a la Fiscalía General de la República (FGR) y a las Fiscalías Generales o Procuradurías Generales de Justicia (FGE), según año 
2010 a 2023
Nota: El Censo Nacional de Procuración de Justicia Federal (CNPJF) comenzó a captarse en 2014 (información 2013), por lo que no se incluyen cifras para periodos anteriores. No se incluye a la o al titular de la institución ni a las o los titulares de las unidades administrativas y/o agencias o fiscalías del Ministerio Público. No se incluyen datos de la Fiscalía General del estado de Guanajuato, de 2012 a 2023, correspondientes a la categoría policías ministeriales, investigadoras/es o judiciales ni de la Fiscalía General del Estado de San Luis Potosí, de 2021 a 2023, correspondientes a fiscales o agentes del Ministerio Público, personas peritas y policías ministeriales, investigadoras/es o judiciales, porque las instituciones de procuración de justicia no proporcionaron información sobre estas variables. 
Fuente: INEGI. Censo Nacional de Procuración de Justicia Federal (CNPJF), 2014-2024 y Censo Nacional de Procuración de Justicia Estatal (CNPJE), 2011-2024.

Por fiscalía, la FGR y la Fiscalía General de Justicia de Ciudad de México concentraron la mayor cantidad de personal, con 19 880 y 14 261 personas servidoras públicas, respectivamente (ver gráfica 4). Del total nacional, 45.0 % correspondió a mujeres y 55.0 %, a hombres.

Gráfica 4 
Personal adscrito a la Fiscalía General de la República (FGR) y las Fiscalías Generales o Procuradurías Generales de Justicia, según sexo 
2023 
(número de personas y distribución porcentual)
Nota: No se incluye a la persona titular de la institución ni a las personas titulares de las unidades administrativas y/o agencias o fiscalías del Ministerio Público. No se incluyen datos de la Fiscalía General del estado de Guanajuato correspondientes a la categoría policías ministeriales, investigadoras/es o judiciales ni de la Fiscalía General del Estado de San Luis Potosí correspondientes a fiscales o agentes del Ministerio Público, personas peritas y policías ministeriales, investigadoras/es o judiciales porque las instituciones de procuración de justicia no proporcionaron información sobre estas variables. 
Fuente: INEGI. Censo Nacional de Procuración de Justicia Federal (CNPJF), 2024 y Censo Nacional de Procuración de Justicia Estatal (CNPJE), 2024.

Al cierre de 2023, se reportaron 75 421 personas que ejercían funciones en las agencias o fiscalías del Ministerio Público. De estas, 16 659 correspondieron a la FGR. Respecto de la función que desempeñaban en las fiscalías de la FGR, 23.4 % (3 905) correspondió a agentes de la Policía Federal Ministerial (ver gráfica 5). 

Gráfica 5 
Cantidad de personal que ejercía sus funciones en las fiscalías del Ministerio Público de la Fiscalía General de la República, según sexo, cargo y/o función 
2023
Nota: No se incluye a la persona titular de la institución ni a las personas titulares de las unidades administrativas y/o agencias o fiscalías del Ministerio Público. 
Fuente: INEGI. Censo Nacional de Procuración de Justicia Federal (CNPJF), 2024

Por su parte, 58 785 personas ejercían sus funciones en las agencias o fiscalías del Ministerio Público de las FGE. De acuerdo con la función que desempeñaban, 28.6 % (16 840) fungió como policía ministerial, investigadora o judicial (ver gráfica 6). 

Gráfica 6 
Cantidad de personal que ejercía sus funciones en las agencias o fiscalías del Ministerio Público de las Fiscalías Generales o Procuradurías Generales de Justicia, según sexo, cargo y/o función 
2023
Nota: No se incluye a la persona titular de la institución ni a las persona titulares de las unidades administrativas y/o agencias o fiscalías del Ministerio Público. No se incluyen datos de la Fiscalía General del estado de Guanajuato correspondientes a la categoría policías ministeriales, investigadoras/es o judiciales ni de la Fiscalía General del Estado de San Luis Potosí correspondientes a fiscales o agentes del Ministerio Público, personas peritas y policías ministeriales, investigadoras/es o judiciales porque las instituciones de procuración de justicia no proporcionaron información sobre estas variables. 
Fuente: INEGI. Censo Nacional de Procuración de Justicia Estatal (CNPJE), 2024.

Durante 2023, la FGR ejerció un presupuesto 18 942 643 442 pesos, mientras que las FGE ejercieron un presupuesto de 55 420 584 960 pesos. Las FGE que ejercieron la mayor cantidad de presupuesto fueron Ciudad de México, con 11.3 %; estado de México, con 7.2 %, y Guanajuato, con 5.7 % (ver gráfica 7).

Gráfica 7 
Presupuesto ejercido por la Fiscalía General de la República (FGR) y las Fiscalías Generales o Procuradurías Generales de Justicia 
2023 
(cifras en millones de pesos corrientes)
Fuente: INEGI. Censo Nacional de Procuración de Justicia Federal (CNPJF), 2024 y Censo Nacional de Procuración de Justicia Estatal (CNPJE), 2024.

Durante 2023, se iniciaron y/o abrieron 2 226 003 averiguaciones previas, investigaciones y carpetas de investigación (ver gráfica 8): 3.6 % para la FGR y 96.4 % para las FGE. Esta cantidad aumentó 2.8 % respecto a 2022.

6 Las cifras se refieren a la actuación bajo el sistema tradicional para personas adultas y el sistema escrito o mixto de justicia para adolescentes (averiguaciones previas), el sistema oral para adolescentes (investigaciones), el sistema penal acusatorio para personas adultas y el sistema integral de justicia penal para adolescentes (carpetas de investigación). No se incluye información de la FGR en la categoría cerradas. Lo anterior, porque reportó no contar con información sobre los procesos de trabajo en las carpetas de investigación en la etapa de investigación complementaria.

Gráfica 8 
Número de averiguaciones previas, investigaciones y carpetas de investigación iniciadas y/o abiertas por la Fiscalía General de la República (FGR) y las Fiscalías Generales o Procuradurías Generales de Justicia (FGE) 
2013 a 2023
Nota: En 2023, para el tema de justicia para adolescentes no se incluye información de Ciudad de México porque a la fecha de corte para esta publicación (05 de septiembre de 2024), se encontraba aún en proceso de captación. 
Fuente: INEGI. Censo Nacional de Procuración de Justicia Federal (CNPJF), 2014-2024 y Censo Nacional de Procuración de Justicia Estatal (CNPJE), 2014- 2024. 

En el caso de averiguaciones previas, investigaciones y carpetas de investigación determinadas, se reportaron 1 867 626 (ver gráfica 9): 4.8 % para la FGR y 95.2 % para las FGE. Esta cifra representó una disminución de 5.5 % respecto a 2022. 

Gráfica 9 
Número de averiguaciones previas, investigaciones y carpetas de investigación determinadas por la Fiscalía General de la República (FGR) y las Fiscalías Generales o Procuradurías Generales de Justicia (FGE) 
2013 a 2023
Nota: La categoría determinadas incluye las determinaciones y/o conclusiones efectuadas en averiguaciones previas, investigaciones y en carpetas de investigación en etapa de investigación inicial, independientemente de que se hayan iniciado y/o abierto durante el año o en ejercicios anteriores. Para el caso de la Fiscalía General de la República (FGR), se toma como unidad de referencia la determinación y/o conclusión que durante el año haya tenido el delito principal y la persona responsable principal registrados en la averiguación previa y carpeta de investigación. Para las Fiscalías Generales o Procuradurías Generales de Justicia (FGE), la unidad de referencia corresponde a las determinaciones y/o conclusiones de los procedimientos registrados en las averiguaciones previas, investigaciones o carpetas de investigación, definido conforme a la relación de víctimas o personas ofendidas, personas imputadas y delitos asociados registrados en las mismas. Por lo tanto, una averiguación previa, investigación o carpeta de investigación puede derivar en una o varias determinaciones y/o conclusiones. En 2023, para el tema de justicia para adolescentes no se incluye información de Ciudad de México porque a la fecha de corte para esta publicación (05 de septiembre de 2024), se encontraba aún en proceso de captación. Fuente: INEGI. Censo Nacional de Procuración de Justicia Federal (CNPJF), 2014-2024 y Censo Nacional de Procuración de Justicia Estatal (CNPJE), 2014- 2024. 

En el mismo periodo, las FGE cerraron 219 705 investigaciones y carpetas de investigación (ver gráfica 10): 98.0 % fue para personas adultas y 2.0 %, para adolescentes. La cifra disminuyó 16.0 % con respecto a 2022.

Gráfica 10 
Número de investigaciones y carpetas de investigación cerradas por las Fiscalías Generales o Procuradurías Generales de Justicia 
2013 a 2023
Nota: La categoría cerradas se refiere a las determinaciones y/o conclusiones efectuadas en las investigaciones del sistema oral de justicia para adolescentes y en las carpetas de investigación en etapa de investigación complementaria, independientemente de que estas se hayan iniciado y/o abierto durante el año o en ejercicios anteriores. No se incluye información de la Fiscalía General de la República (FGR) porque que reportó no contar con información sobre los procesos de trabajo llevados a cabo en las carpetas de investigación en la etapa de investigación complementaria. La unidad de referencia corresponde a las determinaciones y/o conclusiones de los procedimientos registrados en las investigaciones o carpetas de investigación, definido conforme a la relación de víctimas o personas ofendidas, personas imputadas y delitos asociados registrados en las mismas. Por lo tanto, investigación o carpeta de investigación puede derivar en una o varias determinaciones y/o conclusiones. En 2023, para el tema de justicia para adolescentes no se incluye información de Ciudad de México porque a la fecha de corte para esta publicación (05 de septiembre de 2024), se encontraba aún en proceso de captación. 
Fuente: INEGI. Censo Nacional de Procuración de Justicia Estatal (CNPJE), 2014-2024.

Finalmente, las fiscalías reportaron un total de 2 654 284 averiguaciones previas, investigaciones y carpetas de investigación pendientes de concluir (ver gráfica 11): 2.0 % fue para la FGR y 98.0 %, para las FGE. Esta cifra representó una disminución de 9.0 % respecto a 2022.

Gráfica 11 
Número de averiguaciones previas, investigaciones y carpetas de investigación pendientes de concluir por la Fiscalía General de la República (FGR) y las Fiscalías Generales o Procuradurías Generales de Justicia (FGE) 
2013 a 2023
*/ Datos reportados por la Fiscalía General de la República (FGR) de forma independiente al Censo Nacional de Procuración de Justicia Federal (CNPJF) (ediciones 2019 – 2023). No se cuenta con la desagregación de esta información conforme a las variables recuperadas mediante el instrumento de captación del programa estadístico. Se refieren a las averiguaciones previas en reserva, así como de carpetas de investigación en archivo temporal que, al encontrarse en etapa de investigación inicial, no presentaban ejercicio de la acción penal o resolución judicial definitiva al cierre de cada periodo y, por lo cual, también se encontraban pendientes. 
Nota: La categoría pendientes se refiere al estatus de los procedimientos en las averiguaciones previas, investigaciones y carpetas de investigación (tanto en la etapa de investigación inicial como en la etapa de investigación complementaria) pendientes de concluir al cierre del año, independientemente de que se hayan iniciado y/o abierto durante el año o en ejercicios anteriores. Para el caso de la Fiscalía General de la República (FGR), se toma como referencia el estatus que al cierre del año hubiera tenido el delito principal y la persona responsable principal registrados en la averiguación previa y carpeta de investigación. Para las Fiscalías Generales o Procuradurías Generales de Justicia (FGE), la unidad de referencia corresponde a los procedimientos pendientes de concluir registrados en las averiguaciones previas, investigaciones o carpetas de investigación, definido conforme a la relación de víctimas o personas ofendidas, personas imputadas y delitos asociados registrados en las mismas. Por lo tanto, una averiguación previa, investigación o carpeta de investigación puede derivar en uno o varios procedimientos pendientes de concluir. En 2023, para el tema de justicia para adolescentes no se incluye información de Ciudad de México porque a la fecha de corte para esta publicación (05 de septiembre de 2024) se encontraba aún en proceso de captación. 
Fuente: INEGI. Censo Nacional de Procuración de Justicia Federal (CNPJF), 2014-2024 y Censo Nacional de Procuración de Justicia Estatal (CNPJE), 2014-2024 

La siguiente tabla resume el flujo de averiguaciones previas, investigaciones y carpetas de investigación en 2023 para cada fiscalía, según su estatus procesal.

Tabla 4 
Número de averiguaciones previas, investigaciones y carpetas de investigación en materia penal conocidas por la Fiscalía General de la República (FGR) y las Fiscalías Generales o Procuradurías Generales de Justicia (FGE), según etapa procesal1/ 
2023
1/ Incluye información de personas adultas y adolescentes. 
2/ No aplica porque la Fiscalía General de la República (FGR) reportó no contar con información sobre los procesos de trabajo en las carpetas de investigación en la etapa de investigación complementaria. 
3/ Solo se incluye información en materia de justicia para adolescentes. 
Nota: En el tema de justicia para adolescentes no se incluye información de Ciudad de México porque a la fecha de corte para esta publicación (05 de septiembre de 2024), se encontraba aún en proceso de captación. 
Fuente: INEGI. Censo Nacional de Procuración de Justicia Federal (CNPJF), 2024 y Censo Nacional de Procuración de Justicia Estatal (CNPJE), 2024.

En 2023, se registraron 2 269 653 delitos en las averiguaciones previas, investigaciones y carpetas de investigación abiertas. De estos, 80 169 correspondieron a la FGR y 2 189 484, a las FGE (ver gráfica 12). A nivel nacional, esto representó un aumento de 1.6 % respecto a 2022. En el ámbito federal, la cantidad de delitos que registró la FGR presentó un aumento de 3.2 por ciento. En las FGE, los delitos registrados aumentaron 1.5 por ciento. 

Gráfica 12 
Número de delitos registrados en las averiguaciones previas, investigaciones y carpetas de investigación abiertas por la Fiscalía General de la República (FGR) y las Fiscalías Generales o Procuradurías Generales de Justicia (FGE) 
2011 a 2023
Nota: El Censo Nacional de Procuración de Justicia Federal (CNPJF) comenzó a captarse a partir de 2014 (información de 2013), por ello no se cuenta con información sobre la Fiscalía General de la República (FGR) para los años anteriores. En 2023, para el tema de justicia para adolescentes no se incluye información de Ciudad de México porque a la fecha de corte para esta publicación (05 de septiembre de 2024), se encontraba aún en proceso de captación. 
Fuente: INEGI. Censo Nacional de Procuración de Justicia Federal (CNPJF), 2014-2024 y Censo Nacional de Procuración de Justicia Estatal (CNPJE), 2012-2024. 

Del total de delitos registrados en las averiguaciones previas iniciadas y carpetas de investigación abiertas por la FGR, 24 correspondieron al Sistema Tradicional y 80 145, al Sistema Penal Acusatorio. Los delitos en materia de armas, explosivos y otros materiales destructivos concentraron 18.5 % del total nacional (ver gráfica 13).

Gráfica 13 
Número de principales delitos registrados en las averiguaciones previas y carpetas de investigación abiertas por la Fiscalía General de la República, según tipo 
2022 y 2023
1/ Incluye todas las modalidades de robo. 
2/ Incluye: Producción, transporte, tráfico, comercio, suministro y posesión de narcóticos, así como otros delitos federales contra la salud relacionados con narcóticos. 
Nota: Se muestran los 10 principales delitos, de acuerdo con la mayor frecuencia de registros en 2023. Fuente: INEGI. Censo Nacional de Procuración de Justicia Federal (CNPJF), 2023-2024.

En relación con los delitos registrados por las FGE en las averiguaciones previas iniciadas, investigaciones y carpetas de investigación abiertas, 2 161 008 correspondieron a los sistemas de justicia para personas adultas y 28 476, a los sistemas de justicia para adolescentes. El delito de robo (en todas sus modalidades) fue el más frecuente: registró 26.8 % del total (ver gráfica 14).

Gráfica 14 
Número de los principales delitos registrados en las averiguaciones previas, investigaciones y carpetas de investigación abiertas por las Fiscalías Generales o Procuradurías Generales de Justicia, según tipo 
2022 y 2023 
1/ Incluye todas las modalidades de robo. 
2/ Delitos contra la salud relacionados con narcóticos en su modalidad de narcomenudeo. Incluye: Posesión, comercio y suministro de narcóticos, así como otros delitos contra la salud relacionados con narcóticos en su modalidad de narcomenudeo. 
Nota: Se muestran los 10 principales delitos, de acuerdo con la mayor frecuencia de registros en 2023. Las cifras en ambos años no contemplan los delitos del fuero federal para los sistemas de justicia para adolescentes. En 2023, no se incluye información de Ciudad de México porque a la fecha de corte para esta publicación (05 de septiembre de 2024), se encontraba aún en proceso de captación. 
Fuente: INEGI. Censo Nacional de Procuración de Justicia Estatal (CNPJE), 2023-2024.

Según la forma de acción del total de los delitos registrados en las averiguaciones previas iniciadas, investigaciones y carpetas de investigación abiertas por las FGE, 927 928 se cometieron con violencia, 1 084 673 sin violencia y en 176 7527 no se identificó la forma de acción.8 Los delitos de violencia familiar, lesiones y abuso sexual fueron los que más se ejecutaron con violencia (ver tabla 5).

Tabla 5 
Principales delitos registrados en las averiguaciones previas, investigaciones y carpetas de investigación abiertas en las Fiscalías Generales o Procuradurías Generales de Justicia, por tipo, según forma de acción 
2023 
(número de delitos y distribución porcentual)
1/ Incluye todas las modalidades de robo. 
Nota: Se muestran los 10 principales delitos, de acuerdo con la mayor frecuencia de registros en 2023. En el tema de justicia para adolescentes no se incluye información de Ciudad de México porque a la fecha de corte para esta publicación (05 de septiembre de 2024), se encontraba aún en proceso de captación. 
Fuente: INEGI. Censo Nacional de Procuración de Justicia Estatal (CNPJE), 2024. 

Durante 2023, las FGE registraron 2 361 587 víctimas en las averiguaciones previas, investigaciones y carpetas de investigación abiertas.9 Del total, 98.6 % correspondió al sistema de justicia para personas adultas y 1.4 %, al sistema de justicia para adolescentes. Esta cifra representó un aumento de 4.6 %, en comparación con 202210 (ver tabla 6).

7 Esta cifra incluye la categoría no especificado que correspondió a 27 879 delitos. 
8 Esta desagregación de información no se capta para el ámbito de gobierno federal. 
9 La Fiscalía General de la República (FGR) no contó con datos o elementos para responder sobre el tema. 
10 En 2022 se registraron 2 258 695 víctimas en las averiguaciones previas iniciadas, investigaciones y carpetas de investigación abiertas.

Tabla 6
Número de víctimas registradas en las averiguaciones previas, investigaciones y carpetas de investigación abiertas de las Fiscalías Generales o Procuradurías Generales de Justicia, según tipo 
2023 
Nota: En el tema de Justicia para adolescentes no se incluye información de Ciudad de México porque a la fecha de corte para esta publicación (05 de septiembre de 2024), se encontraba aún en proceso de captación. 
Fuente: INEGI. Censo Nacional de Procuración de Justicia Federal (CNPJF), 2024 y Censo Nacional de Procuración de Justicia Estatal (CNPJE), 2024. 

III. PERSONAS INCULPADAS Y/O IMPUTADAS 

Durante 2023, se registraron 2 018 676 personas inculpadas y/o imputadas registradas en las averiguaciones previas, investigaciones y carpetas de investigación abiertas por el Ministerio Público. Dicha cifra representó un aumento de 4.6 % en comparación con lo reportado en 2022.11 En la FGR se registró 4.7 % (95 753 personas) y en la FGR, 95.3 % (1 922 923 personas). Las entidades que concentraron la mayor cantidad de personas inculpadas y/o imputadas fueron estado de México, con 383 552; Guanajuato, con 154 965, y Jalisco, con 146 672 (ver tabla 7).

11 En 2022 se registraron 1 929 630 personas inculpadas y/o imputadas.

Tabla 7 
Número de personas inculpadas y/o imputadas registradas en las averiguaciones previas, investigaciones y carpetas de investigación abiertas por el Ministerio Público de la Fiscalía General de la República (FGR) y las Fiscalías Generales o Procuradurías Generales de Justicia, según tipo y entidad federativa
2023 
Nota: En el tema de Justicia para adolescentes no se incluye información de Ciudad de México porque a la fecha de corte para esta publicación (05 de septiembre de 2024), se encontraba aún en proceso de captación. 
1/ No contó con datos o elementos para responder. 
Fuente: INEGI. Censo Nacional de Procuración de Justicia Federal (CNPJF), 2024 y Censo Nacional de Procuración de Justicia Estatal (CNPJE).

Al cierre de 2023, la distribución tanto de personas imputadas como de las o los imputados vinculados o no vinculados a proceso por el Juez de Control o Garantías fue la siguiente: 

Tabla 8 
Número de personas imputadas registradas en las carpetas de investigación abiertas por el Ministerio Público de las Fiscalías Generales o Procuradurías Generales de Justicia, según formulación de la imputación y condición de vinculación a proceso 
2023
1/ Solo se incluye información de personas adultas. 
2/ Solo se incluye información de adolescentes. 3/ No contó con datos o elementos para responder. Nota: La información incluye las cifras correspondientes al sistema de justicia para personas adultas y al sistema de justicia para adolescentes. No se incluye información de la Fiscalía General de la República (FGR) porque reportó no contar con información sobre los procesos de trabajo en las carpetas de investigación en la etapa de investigación complementaria. En el tema de Justicia para adolescentes no se incluye información de Ciudad de México porque a la fecha de corte para esta publicación (05 de septiembre de 2024), se encontraba aún en proceso de captación.
 Fuente: INEGI. Censo Nacional de Procuración de Justicia Federal (CNPJF), 2024 y Censo Nacional de Procuración de Justicia Estatal (CNPJE), 2024.

En 2023, el total de determinaciones y/o conclusiones efectuadas en las carpetas de investigación en la etapa de investigación inicial de la FGR fue de 87 575: la disminución fue de 17.8 % respecto a 2022. Del total, 63.2 % (55 334) se trató de no ejercicio de la acción penal por la actualización de alguna causal de sobreseimiento (ver gráfica 15). 

Gráfica 15 
Número de determinaciones y/o conclusiones en las carpetas de investigación en la etapa de investigación inicial por el Ministerio Público de la Fiscalía General de la República, según tipo 
2022 y 2023 
Nota: Incluye información del sistema penal acusatorio. La unidad de referencia corresponde a la determinación y/o conclusión que durante el año haya tenido el delito principal y la persona responsable principal registrados en la carpeta de investigación, independientemente de que esta se haya abierto durante el año o en ejercicios anteriores. 
Fuente: INEGI. Censo Nacional de Procuración de Justicia Federal (CNPJF), 2023-2024.

En el mismo periodo, el total de determinaciones y/o conclusiones efectuadas en las carpetas de investigación en la etapa de investigación inicial por el Ministerio Público de las FGE fue de 1 677 813. Esta cifra presentó una disminución de 3.9 % en comparación con 2022. Del total, 47.9 % (803 188) se trató de archivo temporal.