• El dictamen se envió al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales
El Pleno de la Cámara de Diputados aprobó, por 355 votos, el
dictamen a la minuta con proyecto de decreto que adiciona la Ley General de los
Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, con el objetivo de incorporar la
mínima intervención de la niñez dentro de los juicios.
El dictamen, que adiciona los artículos 4 y 6 de dicha ley,
fue remitido al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales. Precisa
que serán principios rectores la mínima intervención” y la no revictimización
en juicios cuando intervienen en procedimientos judiciales como víctimas o
testigos.
Define que la “mínima intervención cuando intervienen en
procedimientos judiciales como víctimas o testigos, consiste en que, cuando se
solicite a niños, niños y adolescentes quienes sean llamados a juicio, a
ejercer su derecho a emitir su opinión en todo lo que les concierne, el menor
número de veces posible, siempre y cuando se haga fuera del horario
escolar”.
Asimismo, la “no revictimización cuando intervienen en
procedimientos judiciales como víctimas o testigos implica que, en el ámbito de
la función jurisdiccional, las personas juzgadoras deben tomar las medidas
necesarias para evitar la revictimización de niñas, niños y adolescentes, las
cuales se deben guiar por el criterio de más beneficio y atender sus
necesidades, el contexto y la propia naturaleza del acto criminal
sufrido”.
El documento destaca la necesidad de incorporar ambos
principios en la Ley con la finalidad de garantizar los derechos procesales de
las niñas y niños involucrados en procedimientos jurisdiccionales.
Menciona que ha habido un incremento en la tasa de divorcios
en México que impacta principalmente a hija e hijos menores de edad, siendo la
alteración a su salud mental y sano desarrollo lo que más se pone en riesgo y
vulnera el interés superior de la niñez.
Un sistema penal justo respeta los derechos fundamentales
La Diputada Martha Nabetse Arellano Reyes (MORENA) consideró
que la reforma resulta necesaria para garantizar el interés superior de la
niñez. Explicó que una vez que se inicia un proceso legal, la revictimización
trae consecuencias negativas que se suman a las del delito sufrido o a la
experiencia traumática que ha testificado. Muchas veces el proceso resulta
perjudicial para las personas menores de 18 años debido a que suelen tener que
repetir su testimonio varias veces en diversas instancias del proceso.
Detalló que el principio de intervención mínima en los
procesos judiciales consiste en procurar la menor invasión a su integridad
física y psicoemocional, por lo que su participación debe ser la mínima
posible, tanto en sus declaraciones como en las pruebas para evitar exponerlos
a situaciones que alteren su salud psicoemocional.
Hizo notar que un sistema penal justo, eficaz y humano
respeta siempre los derechos fundamentales de todas las personas y salvaguarda
su dignidad, pone en el centro de su atención a todas las víctimas de los
delitos para que sea eficiente, pero, sobre todo, justo. Especialmente, agregó,
pone en el centro a las niñas, niños y adolescentes dada su particular
vulnerabilidad, ya sea por sus características personales o por las
circunstancias del delito.
Refirió que el Sistema Nacional de Protección de Niñas,
Niños y Adolescentes y la UNICEF ha exhortado reiteradamente a la protección de
las personas menores de 18 años respetando dichos principios, ya que de no
hacerlo el daño provocado puede llegar a ser muy grave.
Además, continuó, se debe evitar trastocar su entorno y las
actividades propias de su edad, como la asistencia a la escuela, las horas de
juego o descanso; de otra manera se estaría revictimizando a las niñas, niños y
adolescentes.
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