Octavio Martínez, presentó iniciativa para eliminar el requisito que excluye a aspirantes con trayectorias destacadas a la rectoría de la UAEMÉX
Con el propósito de quitar las barreras que limitan la participación de los aspirantes con trayectorias destacadas que, si cumplen con los requisitos (excepto uno) para ocupar el cargo de rector de la Universidad Autónoma del Estado de México (UAEMÉX), el Diputado Local, Octavio Martínez Vargas presentó ante el Pleno del Congreso Local, una iniciativa con proyecto de decreto por el que se modifica el Artículo 29 Fracción Sexta de dicha institución, para eliminar este requisito para que no se excluya a candidatas y candidatos con capacidades idóneas para dirigir esta institución.
El Legislador Octavio Martínez Vargas, informó que, la Universidad Autónoma del Estado de México se fundó en 1828 y se erige como una de las instituciones de educación superior más longevas y trascendentales de la entidad, es una institución fundamental para el desarrollo académico, científico y social del Estado de México.
“Su carácter autónomo reconocido constitucionalmente le otorga la facultad de autogobernarse y establecer su propia normativa interna”, refirió.
Sin embargo, indicó, la fracción sexta del artículo 29 de la Ley de la Universidad Autónoma del Estado de México establece como requisito para ser rector: contar con 5 años ininterrumpidos de antigüedad como personal universitario, prestando servicio de jornada completa a la universidad al menos un año antes inmediato a la elección.
Aseveró que, si bien este último requisito busca garantizar el arraigo institucional de la o el aspirante, en la práctica representa una limitante innecesaria, que excluye a candidatas y candidatos con trayectorias destacadas y capacidades idóneas para dirigir a la institución.
“Esto constituye una limitación que excluye a académicas y académicos, a profesionistas que cumplen con los cinco años de antigüedad de manera ininterrumpida, pero no así con la prestación de servicios de jornada completa a la universidad al menos un año antes inmediato a la elección”, aclaró.
“Pero son altamente calificadas y calificados y cuyas trayectorias podrían enriquecer el liderazgo de la máxima casa de estudios del Estado de México”, subrayó.
Argumentó que, la modificación de este requisito no sería un hecho sin precedentes en el ámbito universitario nacional, instituciones como la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), el Instituto Politécnico Nacional (IPN) y al menos 12 instituciones autónomas de entidades federativas han adoptado procesos de selección para sus rectores que no contemplan un criterio restrictivo de antigüedad o de prestación de servicios de jornada completa al menos un año antes inmediato a la elección.
“Privilegiando en su lugar la idoneidad del perfil, la experiencia académica y la capacidad de liderazgo”, destacó.
Reiteró que, esto ha permitido procesos democrático más amplios y abiertos en los cuales se priorizan los méritos y las capacidades de las y los aspirantes.
Por lo tanto modificar la Fracción Sexta del Artículo 29 no pondría en riesgo la estabilidad institucional de la Universidad Autónoma del Estado de México, afirmó.
Sino que abriría la posibilidad de que se postulen perfiles diversos con competencia y visiones estratégicas que fortalecen la misión educativa y de servicio social de esta casa de estudios.
Aclaró que, la modificación de este requisito no implica eliminar la condición de garantizar la gobernabilidad de la universidad, sino trasladar al Honorable Consejo Universitario en su calidad máxima de autoridad colegiada de la Universidad Autónoma del Estado de México la responsabilidad de establecer los mecanismos y controles adecuados, para garantizar que el proceso de selección preserve los valores institucionales y privilegie la idoneidad de las y los aspirantes.
Recalcó que, con esta medida se busca respetar plenamente la autonomía universitaria permitiendo que el H. Consejo Universitario diseñe procesos de selección, que equilibren el principio de apertura democrática con la necesidad de preservar la identidad y gobernabilidad de la institución.
Por ello, a nombre del Grupo Parlamentario de MORENA presentó el Proyecto de Decreto por el que se modifica la Fracción Sexta del Artículo 29 de la Ley de la Universidad Autónoma del Estado de México, artículo único, para quedar como sigue: Tener por lo menos 5 años ininterrumpidos de antigüedad como personal de la Universidad.
Artículo transitorio, único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado de México.