Piden eliminar requisitos discriminatorios en registro y
reconocimiento de hijas e hijos.
Buscan agravar las sanciones por sustracción de menores.
Considerar como violencia psicológica cualquier acto de
manipulación y alienación parental encaminada a producir en niña o niño o
adolescente, rencor o rechazo hacia el otro progenitor y establecer como
obligación de quienes ejercen la patria potestad, tutela o guardia y custodia
la procuración del respeto y el acercamiento constante de los menores con sus
ascendientes, son propósitos de la iniciativa de reforma al Código Civil del
Estado de México que analizará el Congreso local.
En consecuencia, la propuesta remitida a las comisiones de Familia y Desarrollo
Humano y Procuración y Administración de Justicia, establece que, para
garantizar el interés superior del menor, cada uno de los ascendientes deberá
de evitar cualquier acto de manipulación encaminada a producir rencor o rechazo
hacia alguno de los progenitores.
Registro civil de menores sin requisitos discriminatorios
Con el fin de garantizar el interés superior del menor, el Congreso mexiquense
recibió la propuesta para la eliminación en el Código Civil del término hijos
nacidos fuera del matrimonio, ya que causa denostación y una clara
discriminación, con consecuencias que afectan a futuro a los menores, pues si
bien el registro y reconocimiento de un hijo es voluntario, no deben existir
requisitos especiales o excluyentes para que se origine.
Remitida a dictamen a las comisiones de Familia y Desarrollo Humano y
Procuración y Administración de Justicia, señala que la responsabilidad de
otorgar identidad pertenece inicialmente a la madre, padre, abuelos o de quien
tenga el interés de realizar un registro de niña, niño o adolescente; esto
acompañado de las facilidades que las políticas públicas en los tres niveles de
gobierno tengan a bien expedir, por lo cual se busca eliminar los conceptos
discriminatorios en el registro y reconocimiento de las hijas e hijos.
Proponen agravar sanciones por sustracción de menor
Al padre o la madre que se apodere de su hijo menor de edad o familiares que
participen en el apoderamiento, se le impondrán de cinco años a diez de prisión
y será un delito que se perseguirá de oficio, propone la iniciativa de reforma
al Código Penal turnada para su dictamen a la Comisión de Procuración y
Administración de Justicia.
De acuerdo con la iniciativa, la cual indica un ascenso de este delito en el
país, de acuerdo con los Censos Nacionales de Procuración de Justicia Estatal,
precisa que, si el menor es restituido espontáneamente al padre o la madre o a
la autoridad dentro de tres días y sin causar daño, se le impondrán de tres
meses a cuatro años de prisión. Si se causa daño físico o psicológico durante
el tiempo de la sustracción, se impondrán de hasta cinco de prisión.
No hay comentarios:
Publicar un comentario