La programación radiofónica dirigida a niñas, niños y adolescentes debe evitar contenidos que hagan adulaciones al tráfico de drogas.
La Diputada Melissa Estefanía Vargas Camacho (PRI) impulsa reformas a dos leyes y un ordenamiento jurídico, en materia de apología del delito, a fin de incrementar las sanciones penales para esta conducta y considerarla dentro del catálogo de ilícitos de delincuencia organizada.Asimismo, para evitar que la programación radiodifundida dirigida a niñas, niños y adolescentes tenga contenidos que hagan apología “al tráfico de drogas o a la delincuencia organizada”.
El documento, turnado a las Comisiones Unidas de Justicia, y de Radio y Televisión, plantea reformar el artículo 208 del Código Penal Federal, el artículo 2 de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada y la fracción III del artículo 226 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.
La propuesta establece que “en caso de que la apología haga referencia a delitos cuya finalidad sea amenazar la vida de cualquier persona o grupo de personas se le aplicará de uno a tres años de prisión”.
“Si las expresiones de apología fueran en contra de algún servidor público, la pena podría incrementarse hasta cinco años de prisión”.
Actualmente el Código Penal no estipula la pena de privación de la libertad para quien cometa este ilícito, sólo menciona una sanción de 10 a 180 jornadas de trabajo comunitario.
La iniciativa señala que se le impondrán “de 60 a 300” jornadas de trabajo comunitario al que provoque públicamente a cometer un delito o haga la apología de éste “por cualquier medio de comunicación, incluidos digitales”.
También propone incluir la apología del delito en el catálogo de ilícitos de delincuencia organizada considerado en Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, porque “una vez materializado el delito de la apología, entonces, se tratará de un delito que versará sobre otro delito”.
Además, modifica la Ley de Telecomunicaciones y Radiodifusión para estipular que la programación radiodifundida dirigida a niñas, niños y adolescentes deberá evitar contenidos que estimulen o hagan apología de la violencia; “en particular, aquellos que hagan apología al tráfico de drogas o a la delincuencia organizada”, “México no va a cambiar la cultura de menosprecio de la ley, si no se acota la apología delincuencial promovida en series de televisión, música, videojuegos, donde ufanarse del uso de armas, tener dinero ilegal para comprar lo que se quiera, sea el ejemplo para niños y jóvenes”, precisa.
La legisladora manifiesta que el objetivo de estas reformas es llenar un vacío legal para que el autor o autores de este tipo de mensajes o expresiones obtengan un castigo ejemplar por parte de Estado. “Se trata de actualizar el sistema legal mexicano a las nuevas modalidades delictivas que los tiempos actuales nos demandan”.
Refiere que la apología del delito se define como la exposición, ante una concurrencia de personas o por cualquier medio de difusión, de ideas o doctrinas que ensalcen el crimen o enaltezcan su autor.
Argumenta que en México las prácticas de la delincuencia han adoptado modalidades inimaginables, “mientras que el Estado y la sociedad civil han sucumbido ante el avance desmedido de las actividades criminales y los índices delictivos”.
Indica que nuestro país ha superado a otras naciones en cuanto al número y violencia empleada en el delito de secuestro, situándose en el segundo lugar escala mundial en la incidencia de este tipo de delito.
Externa que el derecho a la libertad de expresión no ofrece cobertura a conductas tipificadas como delitos, por lo que no podría considerarse institucional ni lesiva una intervención de este derecho, “siempre que con ello se intente prevenir conductas peligrosas para el bien jurídico protegido, es decir la paz y el orden público”.
El documento, turnado a las Comisiones Unidas de Justicia, y de Radio y Televisión, plantea reformar el artículo 208 del Código Penal Federal, el artículo 2 de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada y la fracción III del artículo 226 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.
La propuesta establece que “en caso de que la apología haga referencia a delitos cuya finalidad sea amenazar la vida de cualquier persona o grupo de personas se le aplicará de uno a tres años de prisión”.
“Si las expresiones de apología fueran en contra de algún servidor público, la pena podría incrementarse hasta cinco años de prisión”.
Actualmente el Código Penal no estipula la pena de privación de la libertad para quien cometa este ilícito, sólo menciona una sanción de 10 a 180 jornadas de trabajo comunitario.
La iniciativa señala que se le impondrán “de 60 a 300” jornadas de trabajo comunitario al que provoque públicamente a cometer un delito o haga la apología de éste “por cualquier medio de comunicación, incluidos digitales”.
También propone incluir la apología del delito en el catálogo de ilícitos de delincuencia organizada considerado en Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, porque “una vez materializado el delito de la apología, entonces, se tratará de un delito que versará sobre otro delito”.
Además, modifica la Ley de Telecomunicaciones y Radiodifusión para estipular que la programación radiodifundida dirigida a niñas, niños y adolescentes deberá evitar contenidos que estimulen o hagan apología de la violencia; “en particular, aquellos que hagan apología al tráfico de drogas o a la delincuencia organizada”, “México no va a cambiar la cultura de menosprecio de la ley, si no se acota la apología delincuencial promovida en series de televisión, música, videojuegos, donde ufanarse del uso de armas, tener dinero ilegal para comprar lo que se quiera, sea el ejemplo para niños y jóvenes”, precisa.
La legisladora manifiesta que el objetivo de estas reformas es llenar un vacío legal para que el autor o autores de este tipo de mensajes o expresiones obtengan un castigo ejemplar por parte de Estado. “Se trata de actualizar el sistema legal mexicano a las nuevas modalidades delictivas que los tiempos actuales nos demandan”.
Refiere que la apología del delito se define como la exposición, ante una concurrencia de personas o por cualquier medio de difusión, de ideas o doctrinas que ensalcen el crimen o enaltezcan su autor.
Argumenta que en México las prácticas de la delincuencia han adoptado modalidades inimaginables, “mientras que el Estado y la sociedad civil han sucumbido ante el avance desmedido de las actividades criminales y los índices delictivos”.
Indica que nuestro país ha superado a otras naciones en cuanto al número y violencia empleada en el delito de secuestro, situándose en el segundo lugar escala mundial en la incidencia de este tipo de delito.
Externa que el derecho a la libertad de expresión no ofrece cobertura a conductas tipificadas como delitos, por lo que no podría considerarse institucional ni lesiva una intervención de este derecho, “siempre que con ello se intente prevenir conductas peligrosas para el bien jurídico protegido, es decir la paz y el orden público”.
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