• Lo más delicado de todo, es además incumplir el libre proceso legislativo en su fase reglamentaria, en el que funcionan áreas de la gerencia sin facultades y atribuciones porque no se las han conferido.
Por Mario Ruiz Hernández
NAUCALPAN Méx., a 4 de abril del 2019.- Naucalpan nuestro municipio enfrenta entre otras graves realidades, un proceso legislativo en su fase reglamentaria inconcluso.
La realidad ubica al órgano de gobierno, en un ente omiso que desafortunadamente no ha dado curso a esa notable etapa procesal que en definitiva, sostiene un Estatuto sumamente “cojo”.
En el ámbito de las atribuciones y facultades, prevalece y decirlo como es, la total ilegalidad al no precisamente cumplir con esa parte del método, en diversas áreas de oportunidad del gobierno.
En ese orden, existen distintas dependencias, direcciones, subdirecciones, o departamentos que a poco más de tres meses de mandato, funcionan justamente sin atribuciones y facultades.
Mientras que otras, mejor están completamente varadas simulando un trabajo de escritorio, debido a que el ayuntamiento no ha realizado las modificaciones y/o actualizaciones al marco normativo.
El problema y mayúsculo, que para algunas cosas aplican según el Nuevo Reglamento de la Administración Pública 2019-2021, y en otros casos, los códigos del pasado.
Pero además, echar a “volar” oficinas y estructuras del aparato público no reguladas y que hasta el momento, tampoco están fundamentadas y motivadas para ejercer una responsabilidad municipal.
Aunado a sesgar la ley, a efecto de sustentar una función cuando presumiblemente desaparecieron departamentos por acusaciones de extorsión y corrupción.
No obstante a lo anterior- qué a poco “torcer la ley” no es corrupción?- cuando en lugar de inventar figuras y crear oficinas para sustituir otras, empezar otra vez de nuevo y cerrar ciclos normativos.
Recordar y a tres meses después, y de manera inusitada el dejar todavía las reservas en lo particular al Reglamento Orgánico aprobado en lo General el pasado 1° de enero del 2019.
En ese orden y en las observaciones, responsabilidades o sanciones que pudieran acreditar los ediles de parte del Organismo Fiscalizador del Edomex (Osfem), lograr las controvertidas reformas.
Visto así, la completa urgencia de las actualizaciones legales y en los procedimientos, y en el que entre otras acciones, el superar el rezago reglamentario.
Dicho sea y por ejemplo al Reglamento de Participación Ciudadana, de Comercio, Mercados y Centros de Abasto, de Desarrollo urbano y Tenencia de la Tierra,
Estacionamientos públicos, para obviar según figuras innovadoras (Promotores de la Ilegalidad), con normas del pasado y que nadie jurídicamente la contempla.
Finalmente, en la elección de Copacis, delegados y subdelegados, en la etapa de justicia electoral, cuál reglamento substanciará los medios de impugnación, secretaria del ayuntamiento o la de Gobierno”, entre múltiples inconsistencias.
NAUCALPAN Méx., a 4 de abril del 2019.- Naucalpan nuestro municipio enfrenta entre otras graves realidades, un proceso legislativo en su fase reglamentaria inconcluso.
La realidad ubica al órgano de gobierno, en un ente omiso que desafortunadamente no ha dado curso a esa notable etapa procesal que en definitiva, sostiene un Estatuto sumamente “cojo”.
En el ámbito de las atribuciones y facultades, prevalece y decirlo como es, la total ilegalidad al no precisamente cumplir con esa parte del método, en diversas áreas de oportunidad del gobierno.
En ese orden, existen distintas dependencias, direcciones, subdirecciones, o departamentos que a poco más de tres meses de mandato, funcionan justamente sin atribuciones y facultades.
Mientras que otras, mejor están completamente varadas simulando un trabajo de escritorio, debido a que el ayuntamiento no ha realizado las modificaciones y/o actualizaciones al marco normativo.
El problema y mayúsculo, que para algunas cosas aplican según el Nuevo Reglamento de la Administración Pública 2019-2021, y en otros casos, los códigos del pasado.
Pero además, echar a “volar” oficinas y estructuras del aparato público no reguladas y que hasta el momento, tampoco están fundamentadas y motivadas para ejercer una responsabilidad municipal.
Aunado a sesgar la ley, a efecto de sustentar una función cuando presumiblemente desaparecieron departamentos por acusaciones de extorsión y corrupción.
No obstante a lo anterior- qué a poco “torcer la ley” no es corrupción?- cuando en lugar de inventar figuras y crear oficinas para sustituir otras, empezar otra vez de nuevo y cerrar ciclos normativos.
Recordar y a tres meses después, y de manera inusitada el dejar todavía las reservas en lo particular al Reglamento Orgánico aprobado en lo General el pasado 1° de enero del 2019.
En ese orden y en las observaciones, responsabilidades o sanciones que pudieran acreditar los ediles de parte del Organismo Fiscalizador del Edomex (Osfem), lograr las controvertidas reformas.
Visto así, la completa urgencia de las actualizaciones legales y en los procedimientos, y en el que entre otras acciones, el superar el rezago reglamentario.
Dicho sea y por ejemplo al Reglamento de Participación Ciudadana, de Comercio, Mercados y Centros de Abasto, de Desarrollo urbano y Tenencia de la Tierra,
Estacionamientos públicos, para obviar según figuras innovadoras (Promotores de la Ilegalidad), con normas del pasado y que nadie jurídicamente la contempla.
Finalmente, en la elección de Copacis, delegados y subdelegados, en la etapa de justicia electoral, cuál reglamento substanciará los medios de impugnación, secretaria del ayuntamiento o la de Gobierno”, entre múltiples inconsistencias.
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