Después de realizar una inspección sobre el funcionamiento de estos lugares, La PROPAEM constató que estos establecimientos ubicados en la colonia San Lucas Amalinalco, carecían de autorización en materia de impacto ambiental, así como de la licencia de emisiones a la atmósfera, por lo que se impusieron las medidas de seguridad correspondientes, colocando sellos de clausura en estos 10 sitios.
Debido a que la naturaleza de estas actividades representa una fuente significativa de contaminación a la atmósfera, la cocción de ladrillo debe contar con las medidas mínimas necesarias que emite la Dirección General de Ordenamiento e Impacto Ambiental, como evitar el uso de ciertas materias primas utilizadas como combustible, la instalación de extintores y contar con planes de contingencias, entre otras.
Luis Eduardo Gómez García, Procurador de Protección al Medio Ambiente, refirió que por medio de estas acciones se verifica el cumplimiento a la legislación ambiental, a fin de garantizar a los mexiquenses vivir en un ambiente adecuado para su desarrollo, salud y bienestar, mediante la procuración, vigilancia y difusión del cumplimiento a la normatividad ambiental aplicable en el Estado de México.
Por medio de estos operativos se busca coadyuvar en la prevención de contingencias ambientales en la entidad mexiquense.
También, con estos esfuerzos se pretende dar cumplimiento al objetivo de proceder ante las autoridades correspondientes al existir hechos, actos u omisiones que produzcan desequilibrios ecológicos y daños al ambiente por violaciones a las disposiciones jurídicas ambientales.
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