miércoles, 25 de septiembre de 2019

Naucalpan apremia violación a normatividad legislativa en su fase reglamentaria

• Continúa la administración pública, funcionado con “Supersecretarias y Supersecretarios” con todas sus facultades y atribuciones, sustentado su actuación y desempeño, en un “Estatuto de Gobierno” derogado por cabildo que creó estas excedidas dependencias.

Por Mario Ruiz Hernández
NAUCALPAN, Méx., a 25 de septiembre del 2019.-En el grave estado de crisis en el ayuntamiento de Naucalpan, y para su análisis y solución habría que verlo así, es importante el alcanzar los acuerdos.
En ese orden de ideas, vale la reflexión además de “bajarle a la soberbia”, y poder explorar en este andamiaje legislativo en su fase reglamentaria, qué es lo urgente a resolver de todo lo fallado.
De que el órgano de gobierno tendrá sus observaciones y sanciones, de ello, nadie se salva a las sistemáticas omisiones al marco normativo y en las responsabilidades.
Sin embargo, el tema es todavía más delicado de lo inimaginable que sucediera y ocurrió, el violentar quizá, “El Estatuto Madre”.
De lo anterior, el ubicar la dimensión del Reglamento Orgánico de la Administración Pública Municipal, que es el cuerpo orgánico de este gobierno neomorenista, por cierto, derogado.
Bajo esa lógica, referir de la abolición del documento para quedar sin efectos desde hace tres semanas atrás, después de una duración o periodo de 8 meses de funcionamiento.
Luego entonces, la hipótesis entre otros supuestos a despejar, la validez de los actos o No, de las “12 Supersecretarias y 12 Supersecretarios”, en este proceso, etapa procesal o de procedimiento.
El inferir y de ser así, el quedar con el pasado Reglamento Orgánico que fue modificado en la administración de Olvera, para crear una sola “Súper Secretaria”, de Innovación Gubernamental.
En tanto, las actuales “Doce Súper Dependencias” que ya no deberían seguir actuando, lo están haciendo, otra vez, violando la legislación vigente, al tampoco tener en estos momentos algo claro.
Esas “Súper secretarias” por el momento, se encuentran en el nivel orgánico y jerárquico de dirección, con todas sus atribuciones y facultades desde luego, y de ahí, para abajo.
Es decir, en los niveles de subdirección y jefes de departamento, para obviar lo peor, el moverse entre dos Reglamentos Orgánicos que, el último, extendió mega facultades a una “Supersecretaria”.
Por otra parte, el dilucidar lo que presumiblemente viene en puerta, la reanudación de la Sesión extraordinaria de cabildo de este viernes próximo, 26 de septiembre.
Los asuntos a trámite, la remoción de “Supersecretarios” y designación de nuevos, previa renuncia al cargo en su caso, en algunos por incumplimiento a Certificación de competencia laboral.
De igual manera, los nombramientos de encargados de despacho ahora bien, en todas y cada una de las áreas y dependencias de la administración pública, entiéndase, porque hay un Reglamento derogado que creó la “Supersecretarias”.
Reiterar, que se espera otro nuevo emplazamiento del cabildo extraordinario, por razones de procedimiento, dando más respiro a los Sujetos Obligados omisos e incumplidos, hasta actualizar el “Estatuto de Gobierno”.
Puntualizar que, primero es el “Reglamento Orgánico de la Administración Pública 2019-2021, y después u acto seguido, las propuestas a ocupar las diferentes “Supersecretarias”.
No obstante y también, cabe la posibilidad de desaparecer estas dependencias y dejarlas al modelo original de Reglamento, al nivel de dirección a efecto de soslayar los excesos.
Finalmente salir de la duda, para no caer en responsabilidad administrativa-¿si todavía con un reglamento derogado, abolido u anulado, prevalecen con todas las facultades y atribuciones “Supersecretarios y Supersecretarias”?...

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