• Aumentan las sanciones para quien realice conductas en contra de áreas naturales protegidas
El Pleno de la Cámara de Diputados aprobó, en lo general y
en lo particular, reformas y adiciones a diversos artículos del Código Penal
Federal, con el objetivo de actualizar y aumentar las sanciones para quien
realice conductas en contra de áreas naturales protegidas, zonas vegetales y/o
cambie el uso de suelo forestal.
El dictamen, avalado en lo general con 457 votos a favor,
cero en contra y 25 abstenciones, modificó los artículos 418, 419 y 423 de
dicho Código. Mientras que, en lo particular, se validaron con 452 votos en
pro, 26 en contra y una abstención, los artículos reservados en términos del
dictamen. Se envió al Senado para sus efectos constitucionales.
Las reformas establecen que se impondrá pena de seis meses a
nueve años de prisión y multa de cien a tres mil veces el valor diario de la
Unidad de Medida y Actualización (UMA) vigente, al que sin contar con la
autorización previa de la autoridad competente, desmonte o destruya la
vegetación forestal o cambie el uso de suelo en terrenos forestales.
Dicha pena de prisión deberá aumentarse hasta en cuatro años
más y la multa hasta en cinco mil veces el valor diario de la UMA vigente
cuando esas conductas afecten un área natural protegida.
Además, cuando las conductas se realicen empleando armas de
fuego o por cualquier otro medio violento en contra de las personas o para
obtener un lucro o beneficio económico, se impondrá pena de tres a doce años de
prisión y multa de quinientos a cinco mil veces el valor diario de la UMA
vigente.
También señala que a quien, sin que exista acto
administrativo que lo autorice o no cuente con la documentación que acredite la
legal procedencia, transporte, comercie, enajene, distribuya, suministre,
acopie, compre, reciba, adquiera, almacene, resguarde, posea o transforme
materias primas forestales o productos forestales maderables, se le aplicarán
las siguientes penas:
Cuando el volumen no exceda de dos metros cúbicos, de dos a
cinco años de prisión y multa de quinientos a tres mil veces el valor diario de
la Unidad de Medida y Actualización vigente. Si el volumen es superior a dos
metros cúbicos, la sanción será de seis a doce años de prisión y multa de mil a
cinco mil veces el valor de la UMA.
Dichas penas se incrementarán hasta en cuatro años de
prisión y multa hasta en cinco mil veces el valor diario de la UMA, cuando las
materias primas forestales o productos forestales maderables provengan de un
área natural protegida.
Las reformas también precisan que no se aplicará pena alguna
a quien realice la actividad para uso doméstico dentro de la comunidad rural,
indígena o afro mexicana a la que pertenezca.
Refieren que llevar a cabo tareas actividades forestales
ilegales, como la tala ilegal de árboles, se ha convertido en un problema de
gran preocupación debido a la tendencia creciente de su incidencia, así como
las consecuencias ambientales, sociales y económicas que conlleva.
Estas actividades, agrega, “vulneran el bienestar y la
esfera jurídica de las personas a un medio ambiente sano”. Resalta que la
deforestación tiene muchos efectos negativos para el medio ambiente y el
impacto más evidente es la pérdida del hábitat de millones de especies
animales, pero también la falta de cubierta arbórea.
La diputada Flor Ivone Morales Miranda (MORENA) señaló que
es urgente concebir la devastación forestal como un delito de alto impacto.
“México es el décimo país con más bosques en el mundo y sin embargo de 2001 a
2018 se deforestaron 3.8 millones de hectáreas. El comercio ilegal de madera
genera ganancias anuales entre 10 mil y 15 mil millones de dólares, según el
Banco Mundial”.
También de MORENA, la diputada Irma Juan Carlos comentó que
el dictamen pretende robustecer las penas. “Existen otras realidades, como en
los pueblos y comunidades indígenas y afro mexicanas, donde se realizaron
cambios de uso de suelo; en este sentido queremos que se considere la
diferencia de que no es lo mismo la tala clandestina hecha por el crimen
organizado que el aprovechamiento comunitario”.
El diputado Flor Ivone Morales Miranda (PAN) dijo que la
tala desmedida desata problemas de violencia y conflictos sociales entre la
población; por ello, es necesario legislar y revisar las sanciones respecto a
este fenómeno y atenderlo desde el ámbito penal.
Destacó la importancia de crear conciencia sobre políticas
que se han desvirtuado y que se tienen que corregir en el futuro para proteger
el medio ambiente. La tala ilegal realizada por entes gubernamentales, bajo la
justificación de poseer permisos previos, trae consecuencias irreparables para
el medio ambiente.
El diputado Jorge Luis Llaven Abarca (PVEM) dijo que la
venta ilegal de madera es una de las actividades que la delincuencia organizada
desarrolla en gran medida y según el Banco Mundial le deja importantes
ganancias ilícitas de entre 10 mil y 15 mil millones de dólares anuales. “Es
muy atractivo para la delincuencia dedicarse a la tala ilegal de madera”.
Consideró urgente tomar medidas para evitar la destrucción
de los bosques y selvas y anunció su voto a favor para que en el Código Penal
se incluyan sanciones acordes a la afectación y daño causado, “el cual no puede
ser calculado únicamente en su valor económico, sino también por el daño que
ocasiona al medio ambiente, ecosistemas y al futuro del planeta”.
En la discusión en lo particular, los diputados Mario
Alberto Rodríguez Carrillo y Braulio López Ochoa Mijares, así como la diputada
Julieta Mejía Ibáñez, de Movimiento Ciudadano, presentaron reservas a los
artículos 418, 419 y Tercero Transitorio, mismas que fueron desechadas.
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