martes, 25 de abril de 2023

Diputadas y diputados aprueban reformas en materia de tala ilegal


• Aumentan las sanciones para quien realice conductas en contra de áreas naturales protegidas

El Pleno de la Cámara de Diputados aprobó, en lo general y en lo particular, reformas y adiciones a diversos artículos del Código Penal Federal, con el objetivo de actualizar y aumentar las sanciones para quien realice conductas en contra de áreas naturales protegidas, zonas vegetales y/o cambie el uso de suelo forestal.

El dictamen, avalado en lo general con 457 votos a favor, cero en contra y 25 abstenciones, modificó los artículos 418, 419 y 423 de dicho Código. Mientras que, en lo particular, se validaron con 452 votos en pro, 26 en contra y una abstención, los artículos reservados en términos del dictamen. Se envió al Senado para sus efectos constitucionales.

Las reformas establecen que se impondrá pena de seis meses a nueve años de prisión y multa de cien a tres mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) vigente, al que sin contar con la autorización previa de la autoridad competente, desmonte o destruya la vegetación forestal o cambie el uso de suelo en terrenos forestales.

Dicha pena de prisión deberá aumentarse hasta en cuatro años más y la multa hasta en cinco mil veces el valor diario de la UMA vigente cuando esas conductas afecten un área natural protegida.

Además, cuando las conductas se realicen empleando armas de fuego o por cualquier otro medio violento en contra de las personas o para obtener un lucro o beneficio económico, se impondrá pena de tres a doce años de prisión y multa de quinientos a cinco mil veces el valor diario de la UMA vigente.

También señala que a quien, sin que exista acto administrativo que lo autorice o no cuente con la documentación que acredite la legal procedencia, transporte, comercie, enajene, distribuya, suministre, acopie, compre, reciba, adquiera, almacene, resguarde, posea o transforme materias primas forestales o productos forestales maderables, se le aplicarán las siguientes penas:

Cuando el volumen no exceda de dos metros cúbicos, de dos a cinco años de prisión y multa de quinientos a tres mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización vigente. Si el volumen es superior a dos metros cúbicos, la sanción será de seis a doce años de prisión y multa de mil a cinco mil veces el valor de la UMA.

Dichas penas se incrementarán hasta en cuatro años de prisión y multa hasta en cinco mil veces el valor diario de la UMA, cuando las materias primas forestales o productos forestales maderables provengan de un área natural protegida.

Las reformas también precisan que no se aplicará pena alguna a quien realice la actividad para uso doméstico dentro de la comunidad rural, indígena o afro mexicana a la que pertenezca.

Refieren que llevar a cabo tareas actividades forestales ilegales, como la tala ilegal de árboles, se ha convertido en un problema de gran preocupación debido a la tendencia creciente de su incidencia, así como las consecuencias ambientales, sociales y económicas que conlleva.

Estas actividades, agrega, “vulneran el bienestar y la esfera jurídica de las personas a un medio ambiente sano”. Resalta que la deforestación tiene muchos efectos negativos para el medio ambiente y el impacto más evidente es la pérdida del hábitat de millones de especies animales, pero también la falta de cubierta arbórea.

La diputada Flor Ivone Morales Miranda (MORENA) señaló que es urgente concebir la devastación forestal como un delito de alto impacto. “México es el décimo país con más bosques en el mundo y sin embargo de 2001 a 2018 se deforestaron 3.8 millones de hectáreas. El comercio ilegal de madera genera ganancias anuales entre 10 mil y 15 mil millones de dólares, según el Banco Mundial”.

También de MORENA, la diputada Irma Juan Carlos comentó que el dictamen pretende robustecer las penas. “Existen otras realidades, como en los pueblos y comunidades indígenas y afro mexicanas, donde se realizaron cambios de uso de suelo; en este sentido queremos que se considere la diferencia de que no es lo mismo la tala clandestina hecha por el crimen organizado que el aprovechamiento comunitario”.

El diputado Flor Ivone Morales Miranda (PAN) dijo que la tala desmedida desata problemas de violencia y conflictos sociales entre la población; por ello, es necesario legislar y revisar las sanciones respecto a este fenómeno y atenderlo desde el ámbito penal.

Destacó la importancia de crear conciencia sobre políticas que se han desvirtuado y que se tienen que corregir en el futuro para proteger el medio ambiente. La tala ilegal realizada por entes gubernamentales, bajo la justificación de poseer permisos previos, trae consecuencias irreparables para el medio ambiente.

El diputado Jorge Luis Llaven Abarca (PVEM) dijo que la venta ilegal de madera es una de las actividades que la delincuencia organizada desarrolla en gran medida y según el Banco Mundial le deja importantes ganancias ilícitas de entre 10 mil y 15 mil millones de dólares anuales. “Es muy atractivo para la delincuencia dedicarse a la tala ilegal de madera”.

Consideró urgente tomar medidas para evitar la destrucción de los bosques y selvas y anunció su voto a favor para que en el Código Penal se incluyan sanciones acordes a la afectación y daño causado, “el cual no puede ser calculado únicamente en su valor económico, sino también por el daño que ocasiona al medio ambiente, ecosistemas y al futuro del planeta”.  

En la discusión en lo particular, los diputados Mario Alberto Rodríguez Carrillo y Braulio López Ochoa Mijares, así como la diputada Julieta Mejía Ibáñez, de Movimiento Ciudadano, presentaron reservas a los artículos 418, 419 y Tercero Transitorio, mismas que fueron desechadas.

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