jueves, 22 de febrero de 2024

Impulsan instalación de salas de lactancia y lactarios en los centros de trabajo


 • Necesario, que las mujeres puedan conciliar la maternidad con su derecho al trabajo: Diputado Moguel Ballado (MC)

Con el propósito de establecer en la ley la inclusión de salas de lactancia o lactarios en instalaciones laborales, el Diputado Oscar Octavio Moguel Ballado (MC) presentó una iniciativa que reforma los artículos 170 de la Ley Federal del Trabajo y 50 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

La modificación planteada al artículo 170 de la primera legislación es para especificar que el periodo de lactancia a que tienen derecho las madres trabajadoras deberá realizarse “en lactarios” que designe la empresa, y no en “espacio adecuado e higiénico”, como marca el texto vigente.

A su vez, los cambios a la segunda buscan promover la lactancia materna a “través de la instalación de lactarios en los centros de trabajo”.

En el documento, enviado a las comisiones unidas de Trabajo y Previsión Social, y de Derechos de la Niñez y Adolescencia, argumenta que urge implantar medidas precautorias en el ámbito laboral, para asegurar que las mujeres puedan conciliar la maternidad sin obstaculizar o complicar su derecho al trabajo.

Refiere que garantizar la salvaguarda de la maternidad para las mujeres empleadas debe constituir un aspecto primordial en la política laboral. “Implica respaldar el crecimiento económico y reconocer el legítimo derecho de las mujeres mexicanas a una ocupación digna, al mismo tiempo que se aborda el interés superior de los menores de edad”.

Señala que la creación de lactarios en los centros de trabajo es una medida significativa para apoyar a las madres trabajadoras y fomentar la lactancia materna en espacios diseñados específicamente para extraer y almacenar leche materna durante su jornada laboral, lo cual demuestra un compromiso empresarial con la conciliación de la maternidad y el empleo. La implementación de estas salas en los centros de trabajo, proporcionaría espacios adecuados para llevar a cabo la lactancia materna, mientras cumplen con sus responsabilidades laborales, con el fin de mantener la salud y el bienestar tanto de la madre como del bebé.

Asimismo, contribuiría a garantizar el derecho a la salud de las y los lactantes, una alimentación acorde a las necesidades para su sano desarrollo, contabilizar el tiempo dedicado a la lactancia como tiempo efectivo de trabajo y respetar el derecho de las mujeres a tomar una o varias interrupciones diarias o reducir las horas de trabajo para amamantar.

Añade que la implementación de estos lactarios debe considerar medidas de accesibilidad para todas las madres, incluidas aquellas con discapacidad, y ubicarse en lugares de fácil y rápido acceso para las trabajadoras.

Destaca que el artículo 170 de la Ley Federal de Trabajo establece el derecho a contar con un espacio adecuado e higiénico para la lactancia, pero “no es suficiente para cumplir plenamente con el derecho humano de las mujeres a disponer de facilidades necesarias”, pues los lactarios deben cumplir con características y elementos específicos para garantizar su bienestar.

Asimismo, debido a que la nutrición efectiva es un derecho fundamental de los niños, también se propone reformar la Ley General de los Derechos de las Niñas, los Niños y los Adolescentes, para garantizar que la lactancia materna esté respaldada en los lugares de trabajo, en consonancia con el interés superior del menor de edad y su derecho humano a la salud.

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