miércoles, 16 de diciembre de 2015
PGJEM Y Poder Judicial juzgan "homicidio" donde hay "discriminación" para no vincular a proceso al Liceo Valle de Toluca
* Para no vincular a proceso y proteger al Liceo Valle de Toluca, PGJEM y Poder Judicial apelan “homicidio” en la denuncia por “discriminación” promovida por los señores Medina.
* Javier Salinas, secretario de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, advirtió que se mantendrá atento de la promoción del juez Víctor Hugo Dávila Ortiz como magistrado, ante el error documentado.
Los señores Mario Medina y Patricia Castillo promoverán la revisión de la conducta de la ministerio público María Elena Corral Huitrón y del juez de control Víctor Hugo Dávila Ortiz, por apelar y rechazar la vinculación a proceso de su denuncia por “discriminación” contra el Liceo del Valle de Toluca con base en una imputación por “homicidio”.
En conferencia de prensa en la que el diputado Javier Salinas, secretario de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales en la Legislatura local, ofreció mantenerse atento ante la posibilidad de que Dávila Ortiz sea presentado como candidato a magistrado, los señores Medina advirtieron que todo el proceso, desde la Procuraduría General de Justicia del Estado de México (PGJEM) hasta el Tribunal Superior de Justicia de la entidad (TSJEM), estuvo plagado de anomalías.
Por tanto, adelantaron que buscarán otras alternativas jurídicas para demostrar que el colegio discriminó en 2014 a su hijo –con jaloneos, regaños, y negativas para cursar un taller de psicomotricidad que ya se había pagado-, quien entonces contaba con dos años y cuatro meses de edad.
“En el proceso judicial hubo diversas omisiones, negligencias, falta de atención, se desestimaron pruebas fidedignas e importantes como la resolución de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México (Codhem) y la pericial psicológica de la Procuraduría estatal (PGJEM), mientras que los testimonios falsos y contradictorios fueron sobre evaluados por el juez a favor de la defensa para no vincular a proceso, como consta en la carpeta de investigación, audios y videos de las audiencias realizadas en Almoloya de Juárez”, expuso el señor Mario Medina.
Al interponer recurso de apelación 540/2015 en la Primera Sala Colegiada de Toluca, la MP María Elena Corral Huitrón formuló sin el debido cuidado ni profesionalismo el escrito de agravios, de tal manera que apeló a un delito distinto al competente:
“(Agravio) Tercero.- Previos los trámites de ley declarar fundados los agravios, y en consecuencia MODIFIQUE la sentencia que por esta vía recurre y en su lugar se dicte sentencia de condena por el hecho delictuoso de HOMICIDIOS CALIFICADO (AL HABERSE REALIZADO CON VENTAJA) dictando sentencia de condena en su contra en la que se le imponga la pena máxima tal como se solicita en el cuerpo del presente escrito”.
Es decir, la apelación combate un delito distinto, en lugar de los artículos que no se aplicaron o se aplicaron de manera inexacta o se dejaron de aplicar.
Este texto se replica en la foja 27 relativa a los considerandos de la sentencia del 4 de noviembre de 2015 que confirma la no vinculación a proceso, tras declarar infundados los agravios.
“Hubo desinterés falta de estudio y ausencia de lectura del expediente. El 3 de octubre se realizó la audiencia de vinculación a proceso; al juez Víctor Hugo Dávila Ortiz se le vio nervioso, tartamudeó al leer y al hablar, mientras leía la resolución; con sus gestos de asombro demostró desconocer lo que estaba leyendo. Su resolución contiene palabras exactas y términos, que en su momento la defensa expresó”, expuso el señor Medina Mercado.
El juez de control limitó el tiempo de participación de la parte acusadora, no tomó en cuenta la resolución de la Codhem ni la evaluación psicológica de la PGJEM,
Por su parte, la directora general del Liceo, Leonor Guadalupe Vélez González, presentó tres testigos con declaraciones falsas que no coincidían entre sí, en hechos y horarios, y ni siquiera con una lista de asistencia, también falsificada, con nombres agregados en pluma simple y sin los datos oficiales indispensables que ni siquiera respaldaba el dicho de sus testigos.
En contraste, recordaron, la resolución de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México (Codhem) del 19 de febrero del 2015 evidencia que personal adscrito a la institución educativa omitió atender el interés superior del niño, inobservando los derechos fundamentales del menor de edad.
La pericial psicológica elaborada en la Unidad de Atención a las Víctimas del Delito de Metepec el 28 julio del 2014 arrojó daño psicológico provocado por la institución y recomendó tratamiento al pequeño para restablecer su estado emocional.
“También la resolución de Conapred el 2 de octubre del 2014, derivada del expediente CONAPRED/DGAQR/178/14/DQ/II/EDOMEX/Q10, mi testimonio, la declaración de mi esposa, la del testigo Raymundo Lorea, las constancias de Sport City, la del pediatra Juan Manuel Alanís Tavira, respaldan las capacidades de nuestro hijo para cursar el taller del que fue excluido y la discriminación a que fue sujeto por Liceo Valle de Toluca”, abundó.
Por su parte, Salinas Narváez advirtió que el tema es delicado, primero porque involucra a un niño, como el sector más vulnerable de la sociedad, porque implica discriminación y la violación a sus derechos humanos, y desencadena daños psicológicos; pero lo más delicado, abundó, es que las instituciones, el MP y el Poder Judicial incurrieron en anomalías que deben ser investigadas y sancionadas.
En el caso del juez, Víctor Hugo Dávila Ortiz, agregó, nos mantendremos atentos ante la posibilidad de que sea promovido como magistrado, para evitar que llegue a cargo una persona cuestionada en su imparcialidad.
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