• Diputada Margarita García García (PT) propuso modificar las normas legales en la materia
Con el objetivo de regular la alteración del ciclo
hidrológico natural con el uso de tecnologías, así como dictar medidas de
seguridad para proteger las actividades agropecuarias, la diputada Margarita
García García (PT) impulsa una iniciativa para modificar las normas legales en
la materia.
Propuso adicionar un segundo párrafo al artículo 39 la Ley
de Desarrollo Rural Sustentable para que “cuando la Secretaría tenga
conocimiento del uso, manejo o instalación de tecnologías que supongan un
riesgo a las actividades agropecuarias, dictará las medidas de seguridad y
sanción por el incumplimiento de lo establecido en la Ley General de Equilibrio
Ecológico y la Protección al Ambiente” ((LGEEPA).
También añadir una fracción XIX al artículo 28 de la LGEEPA
para incluir dentro de las obras o actividades que requieren autorización
previa de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) en
materia de impacto ambiental, la “alteración del ciclo hidrológico natural en
las fases de condensación y precipitación, vigilando y dictando el uso, manejo
e instalación de tecnologías, utensilios, instrumentos o cualquier otro medio
que tengan como fin alterarlo”.
La exposición de motivos de la iniciativa refiere que,
debido a las sequías prolongadas de finales de 2021 y principios de 2022, en el
estado de Nuevo León se comenzó a utilizar la siembra de nubes con 100 litros
de yoduro de plata, con la esperanza de reducir el impacto por la falta de
lluvias, debido al cambio climático que ha alterado severamente las épocas de
lluvia y sequía en diversos estados del país.
Mientras que, en Puebla y Oaxaca, empresas avícolas y
porcícolas contratan avionetas con químicos para inhibir las lluvias; “esta
práctica perjudica a municipios de ambos estados y a los agricultores que
esperan esta época de lluvia para la producción de la siembra de temporal, lo
que representa pérdida de cultivos y muerte en animales de pastoreo”, indica el
documento.
Precisa que tanto para bombardear las nubes para que llueva
como para inhibirla, no existe regulación alguna, y el único estado que regula
esta actividad es Puebla, donde por ley no se puede usar tecnología que
provoque o evite las precipitaciones pluviales.
Esta iniciativa pretende regular el bombardeo de nubes para
evitar o provocar que llueva y que esto no se pueda realizar por decisión
propia o de algunos “grupos de interés”, sino que esté regulado por las
secretarías de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación
(SAGARPA) y la SEMARNAT.
Destaca la importancia de que sean dichas dependencias las
establezcan las reglas y condiciones bajo las cuales se podrán o no realizar
estas prácticas, valorar el impacto ambiental y agropecuario; en caso de no ser
así, las mismas secretarías establecerán las sanciones impuestas.
La iniciativa se turnó a las comisiones de Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria y a la de Medio Ambiente y Recursos Naturales para su análisis y dictaminación.
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