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jueves, 14 de noviembre de 2024

Promueve GPPVEM cultura de captación pluvial y protección de nubes

* Proponen penas de hasta 9 años de prisión para quien interrumpa el ciclo hidrológico natural


* Plantea bancada del Grupo Parlamentario del PVEM (GPPVEM) que se instalen sistemas de captación de agua pluvial para uso doméstico, industrial, comercial y agrícola


Para coadyuvar en la atención de la problemática hídrica, diputadas y diputados del Grupo Parlamentario del PVEM plantearon que autoridades promuevan la instalación de sistemas de captación de agua pluvial, para su uso y aprovechamiento doméstico, industrial, comercial y agrícola, así como penas de hasta nueve años para quien interrumpa el ciclo hidrológico natural, a través de medios tecnológicos o cualquier otro mecanismo.

Con reformas al Código Administrativo Estatal y de la Ley del Agua para el Estado de México y Municipios, el Legislador Isaías Peláez Soria propuso que la infraestructura de sistemas captadores de agua pluvial para el uso doméstico esté subsidiada en un 70 por ciento por el Estado y en un 30 por ciento por la ciudadanía.

Así como que el ordenamiento territorial de los asentamientos humanos atienda el uso racional del agua y de los recursos naturales renovables y no renovables, priorizando la instalación de infraestructura para el aprovechamiento del agua pluvial.

Que las autoridades promuevan la implementación de sistemas captadores de agua pluvial que permitan su total aprovechamiento; que toda construcción esté provista de sistemas de captación de agua pluvial y energía eléctrica; y que en el ordenamiento territorial de los asentamientos humanos y el desarrollo urbano se observe el principio de sustentabilidad hídrica.

Para dimensionar la crisis hídrica, el parlamentario compartió que, en lo que va del año, el 60 por ciento del territorio mexiquense ha enfrentado sequías severas, lo cual ha complicado el acceso al agua para la mayoría de la población.

Por otro lado, mediante reformas al Código Penal, al Código para la Biodiversidad y a la Ley Orgánica de la Administración Pública, todas estatales, el Legislador Carlos Alberto López Imm planteó penas de tres a nueve años de prisión y de 150 a 200 días multa a quien interrumpa el ciclo hidrológico natural, a través de medios tecnológicos o cualquier otro mecanismo, durante el periodo de lluvias de cada año, establecido por la autoridad competente.

Asimismo, establece que las secretarías del Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible y del Agua supervisarán, verificarán y vigilarán para prevenir, y en su caso, sancionar a quienes interrumpan el ciclo hidrológico natural, por medios tecnológicos o cualquier otro mecanismo que pueda perjudicar el equilibrio ecológico.

Además, la Secretaría del Agua verificará que, en el espacio aéreo, aeronaves pequeñas no tripuladas y tripuladas, en un área de 12 mil 500 pies de altura, no interrumpan el ciclo natural hidrológico alrededor de zonas de recarga de acuíferos, áreas protegidas de reserva natural y ecosistemas sensibles, como humedales y zonas de alta diversidad.

Lo anterior será durante el periodo anual natural de lluvias establecido por la autoridad competente y a excepción de helicópteros, aeronaves comerciales, de emergencia, oficiales, seguridad nacional y pública.

También indica que, si la Secretaría del Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible detectara un riesgo por la interrupción del ciclo hidrológico natural, podrá asegurar, de manera precautoria, los materiales o tecnología que se utilicen, manejen y detonen en la realización de actividades riesgosas que afecten el equilibrio ecológico.

El Diputado Esteban Juárez Hernández (MORENA) lamentó la situación del campo mexiquense, pues el sector rural es de los más afectados, y solicitó su adhesión a la propuesta.

La Parlamentaria Ruth Salinas Reyes (MC) se sumó a la iniciativa y compartió que su bancada presentará un proyecto similar, pues aseguró que del campo toda la población.  

viernes, 23 de diciembre de 2022

Piden regular el bombardeo de nubes para evitar o provocar que llueva

• Diputada Margarita García García (PT) propuso modificar las normas legales en la materia

Con el objetivo de regular la alteración del ciclo hidrológico natural con el uso de tecnologías, así como dictar medidas de seguridad para proteger las actividades agropecuarias, la diputada Margarita García García (PT) impulsa una iniciativa para modificar las normas legales en la materia. 

Propuso adicionar un segundo párrafo al artículo 39 la Ley de Desarrollo Rural Sustentable para que “cuando la Secretaría tenga conocimiento del uso, manejo o instalación de tecnologías que supongan un riesgo a las actividades agropecuarias, dictará las medidas de seguridad y sanción por el incumplimiento de lo establecido en la Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente” ((LGEEPA).

También añadir una fracción XIX al artículo 28 de la LGEEPA para incluir dentro de las obras o actividades que requieren autorización previa de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) en materia de impacto ambiental, la “alteración del ciclo hidrológico natural en las fases de condensación y precipitación, vigilando y dictando el uso, manejo e instalación de tecnologías, utensilios, instrumentos o cualquier otro medio que tengan como fin alterarlo”.

La exposición de motivos de la iniciativa refiere que, debido a las sequías prolongadas de finales de 2021 y principios de 2022, en el estado de Nuevo León se comenzó a utilizar la siembra de nubes con 100 litros de yoduro de plata, con la esperanza de reducir el impacto por la falta de lluvias, debido al cambio climático que ha alterado severamente las épocas de lluvia y sequía en diversos estados del país.

Mientras que, en Puebla y Oaxaca, empresas avícolas y porcícolas contratan avionetas con químicos para inhibir las lluvias; “esta práctica perjudica a municipios de ambos estados y a los agricultores que esperan esta época de lluvia para la producción de la siembra de temporal, lo que representa pérdida de cultivos y muerte en animales de pastoreo”, indica el documento.

Precisa que tanto para bombardear las nubes para que llueva como para inhibirla, no existe regulación alguna, y el único estado que regula esta actividad es Puebla, donde por ley no se puede usar tecnología que provoque o evite las precipitaciones pluviales. 

Esta iniciativa pretende regular el bombardeo de nubes para evitar o provocar que llueva y que esto no se pueda realizar por decisión propia o de algunos “grupos de interés”, sino que esté regulado por las secretarías de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA) y la SEMARNAT.

Destaca la importancia de que sean dichas dependencias las establezcan las reglas y condiciones bajo las cuales se podrán o no realizar estas prácticas, valorar el impacto ambiental y agropecuario; en caso de no ser así, las mismas secretarías establecerán las sanciones impuestas.

La iniciativa se turnó a las comisiones de Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria y a la de Medio Ambiente y Recursos Naturales para su análisis y dictaminación.