• El castigo se aumentará en una mitad cuando se acredite que actuó o fue omiso por discriminación en razón de género
• La diputada Lilia Aguilar Gil (PT) planteó cambios al Código Penal Federal
La diputada Lilia Aguilar Gil
(PT) propuso reformar el Código Penal Federal, a fin de incluir entre los
delitos contra la administración de justicia cometidos por servidores públicos
el omitir o abstenerse injustificadamente de realizar la investigación del
hecho delictuoso de que se trate, negar la calidad de víctima directa,
indirecta o potencial y obstaculizar el ejercicio de los derechos de las
víctimas durante la investigación.
La iniciativa, que modifica la
fracción XXXII y adiciona un párrafo cuarto al artículo 225 del Código,
actualiza una agravante cuando se acredite que el servidor público incurrió en
cualquiera de los supuestos planteados motivado por discriminación en razón de
género.
Las sanciones previstas en esa
fracción determinan una pena de 4 a 10 años y de 100 a 150 días multa, que se
aumentarán en una mitad, en su mínimo y máximo, cuando se acredite que el
servidor público actuó o fue omiso por motivos de discriminación en razón de
género o condiciones personales de la víctima.
El objetivo es que todas las
personas que han sido víctimas de hechos delictivos vean garantizado su derecho
de acceso a la justicia y se erradiquen las malas prácticas en la actuación de
los servidores públicos que atentan contra la dignidad de las personas y la
igualdad con la que deben llevarse a cabo las investigaciones relativas a
delitos, constituyendo verdaderos actos de abuso de poder.
El documento, turnado a las
comisiones de Justicia y de Igualdad de Género, destaca que las víctimas no son
reconocidas como tales pues al momento de formular la denuncia los servidores
públicos encargados ponen en duda la existencia de los hechos delictivos
privándolas de la asistencia que el Estado está obligado a proporcionar y, con
ello, del ejercicio de los derechos que la legislación mexicana les ha
reconocido.
Resalta que muchas mujeres no se
atreven a denunciar debido a la revictimización de las que son objeto cuando
las autoridades centran su interés en la calidad moral o la vida privada de la
víctima y sus familiares, y no en el esclarecimiento del delito y la ubicación
y castigo de los responsables.
La perspectiva de género en el
proceso judicial, afirma, es nula y las autoridades carecen de sensibilidad en
el trato a las víctimas. Las denuncias de delitos contra mujeres y niñas dejan
de procesarse de la manera debida o quedan impunes debido a que el sistema ha
optado por minimizar la violencia contra ellas.
Sostiene que ante la comisión de
delitos ha prevalecido la impunidad sobre las denuncias, la investigación y la
detención y sanción de los delincuentes.
Por ello, indica, “el Estado mexicano sigue teniendo pendiente la tarea de brindar una verdadera defensa a las víctimas y hacer efectivas la protección y el ejercicio de sus derechos, que constantemente son restringidos o anulados, específicamente durante la investigación del delito”.
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