viernes, 22 de agosto de 2014

Profesores están impedidos de castigar a alumnos conflictivos

Joel Ruiz | LA CRÓNICA DE HOY.
Pese a cualquier falta disciplinaria de los menores, los maestros están obligados a privilegiar el diálogo. El personal académico y directores de las escuelas de educación básica del Distrito Federal están impedidos para aplicar castigos o sanciones a los menores cuyo comportamiento alteren el orden, agredan a sus compañeros y, en casos extremos, porten armas blancas o intenten vender o distribuir drogas. Incluso están imposibilitados a expulsar al alumno o negarles la prestación del servicio educativo. Así lo establece el Marco para la Convivencia Escolar que distribuyó en las escuelas la Secretaría de Educación Pública y que dicta los lineamientos de comportamiento de los estudiantes, así como las medidas disciplinarias que se pueden aplicar. En el caso de las primarias, se establece un catálogo de faltas y medidas a aplicar por nivel, en el que se privilegia el diálogo como un mecanismo para la resolución de conflictos y, en caso de requerir las medidas disciplinarias, deberán hacerlo con imparcialidad y respeto a la dignidad de los educandos. El documento de 50 cuartillas que se distribuyó todo el personal académico de las escuelas, directores, generales, coordinadores sectoriales, de nivel y operativo, entre otros refiere que el objetivo fundamental es propiciar un clima escolar de armonía y respeto que sea favorable para el desarrollo integral de los alumnos. También precisa que “en ningún caso de una falta de disciplina podrá derivar en medidas que no consideren los derechos y la integridad de niñas, niños y adolescentes. En particular no podrá sancionarse con la negación del servicio educativo o la expulsión de la alumna o alumno. Cuando se trate de faltas que ocasionen lesiones a algún miembro de la comunidad escolar, se hará conocimiento, del padre o tutor del menor que la realizó para que se haga cargo de los gastos de atención médica hasta su total reintegración a la comunidad estudiantil. “En la aplicación de las medidas disciplinarias se deberá tener en cuenta el contexto en que se produjo la falta, así como la edad, los antecedentes de conducta, y las circunstancias personales, familiares o sociales del alumno”, precisa el documento oficial. Con relación al caso del menor Diego, cuyo comportamiento en la escuela José María Mata orilló el pasado miércoles a manifestarse y al cierre de calles para exigir su expulsión, el Marco para la Convivencia Escolar establece ciertos procedimientos a seguir. Dentro del catálogo de faltas se establece el uso de la fuerza para tomar o intentar tomar pertenencias de otros, provocar una lesión a sus compañeros, personal de la escuela o cualquier otra persona e incurrir en agresiones sexual física o forzar a otro a tener actividad sexual. Sobre las medidas disciplinarias que se deben aplicar a este tipo de faltas, se destacan la realización de servicio social o comunitario con anuencia de los padres de familia y con actividades autorizadas por el Consejo Técnico. También se encuentra la reposición del daño, la invitación a los padres del menor para que lleven a su hijo a una institución externa especializada para su atención, “sin que ello se condicione la presencia del alumno en la escuela”. Con el comprobante que extienda la institución se establecerán reuniones de seguimiento periódicas con los padres de familia para evaluar el impacto de las estrategias. En caso de que las lesiones sean graves, los profesores deberán notificar a las autoridades correspondientes, con los padres del menor, en caso de que éstas representen una infracción a la ley.

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