viernes, 22 de agosto de 2014
Valida la Corte homologar IVA en la frontera
Dennis A. García |
Al considerar que la homologación del impuesto al valor agregado (IVA) en las fronteras, que pasó del 11 al 16 por ciento, no viola la garantía de equidad tributaria, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló su constitucionalidad.
Con nueve votos a favor y uno en contra, el máximo tribunal declaró infundada la acción de inconstitucionalidad promovida por diputados y senadores de oposición que buscaban la invalidez del decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de diciembre de 2013, relacionado a la homologación del IVA en todo el país.
De acuerdo con los inconformes, homologar el IVA en la frontera viola el principio de razonabilidad legislativa porque se basa en razones “falaces e inadecuadas” propuestas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).
Luego de cuatro sesiones en que los ministros debatieron el tema, el único que estuvo en contra fue el ministro Alberto Pérez Dayán, quien consideró que el Congreso de la Unión no justificó de manera clara y suficiente la reversión del trato diferenciado a las fronteras adoptado desde hace casi 20 años.
“Cuando la norma es de primera creación y esa genera un régimen jurídico especial para toda la República y hay un cambio, una modificación sustancial y hay un cuestionamiento de seguridad jurídica mediante una acción de inconstitucionalidad, lo que puede hacer y debe hacer este tribunal es evaluar esas razones”, mencionó en la sesión pasada.
Al fijar su postura, la ministra Margarita Luna Ramos señaló que la tasa diferenciada correspondió a una medida extrafiscal que buscaba apoyar la competitividad económica de los estados que tienen frontera con Estados Unidos.
Desde la sesión del martes pasado, el presidente del máximo tribunal, ministro Juan Silva Meza, fijó su postura en el sentido de que la Suprema Corte de Justicia no es controlador de la calidad de las leyes, sino de su constitucionalidad.
A finales de diciembre del año pasado, la Comisión de receso de la SCJN admitió a trámite la acción de inconstitucionalidad número 40/2013 promovida por los legisladores.
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