viernes, 25 de abril de 2014

El Senado aprueba reforma que limita el fuero militar

Blanca Estela Botello |
Gil Zuarth destacó que más de un año el Senado discutió la forma técnica de dar cauce a las resoluciones de organismos internacionales de derechos humanos y de la Suprema Corte de Justicia frente a delitos cometidos por militares. El Senado aprobó ayer, por unanimidad, la acotación del fuero militar, en donde se establece que los militares que incurran en delitos en contra de civiles serán juzgados en tribunales civiles. Durante la presentación del dictamen, que fue aprobado ayer mismo en comisiones y subido de inmediato al pleno para su votación, el senador Roberto Gil Zuarth, presidente de la Comisión de Justicia, destacó que más de un año el Senado discutió la forma técnica de dar cauce a las resoluciones de organismos internacionales de derechos humanos y de la Suprema Corte de Justicia frente a delitos cometidos por militares. Refirió que como parte de las reformas, resaltan las realizadas al artículo 57 del Código de Justicia Militar, en donde se establece que los militares responderán ante la justicia civil cuando el sujeto pasivo de los delitos sea civil. Este ordenamiento también crea la figura de jueces de ejecución de sentencias en el fuero militar y establece que cuando los militares cometan delitos del fuero común serán ingresados en prisiones comunes, salvo que se trate de un convicto por delitos contra la salud o exista una solicitud expresa del imputado y sea aprobado por el tribunal que dictó sentencia. Se asienta asimismo una excepción, prevista en el artículo 337, que expresa que las conductas establecidas en dicho libro segundo no serán considerados como delitos contra la disciplina militar cuando no se encuentren los militares en campaña. “Lo anterior es así, pues dichas conductas establecen desde su construcción típica a civiles como sujetos pasivos del delito; por tanto, si las conductas descritas en dicho libro segundo se llevaron a cabo cuando los militares no estuvieran en campaña y de ellas resultara en delitos común o federal serán juzgados siempre por tribunales federales ordinarios”, explicó Gil Zuarth. Serán también considerados como delitos contra la disciplina militar, abundo el senador panista, los delitos del orden común o federal cometidos por militares siempre y cuando no tenga la condición de civil el sujeto pasivo que reciente sobre su persona la afectación producida por la conducta delictiva, o la persona titular del bien jurídico puesto en peligro por la acción o la omisión prevista en la ley penal como delito. “Es decir, nunca, en ningún caso, cuando una persona civil esté comprendida e implica en un delito cometido por militares, en ningún caso se juzgara en la jurisdicción militar, siempre serán juzgados en la jurisdicción civil”, detalló Gil Zuarth. Hizo un reconocimiento a las Fuerzas Armadas, las que “por primera vez en la historia de este parlamento comparecieron en audiencia pública para intercambiar puntos de vista, técnicos e institucionales sobre el contenido de esta política pública”. También en tribuna para presentar el dictamen por parte de la Comisión de Defensa Nacional, el senador Fernando Yunes Márquez dijo que el Código de Justicia Militar, que data de 1933, no había tenido una reforma de largo alcance como la aprobada ayer.

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