viernes, 3 de abril de 2015

Exclusividad de mujeres como agentes de tránsito, discrimina a los hombres

· El género no puede ser factor para evitar corrupción, sería aceptar que varones no podrían desempeñar cargos públicos en el Estado; PRD propone se reforme minuta.
Con el propósito de garantizar la igualdad de oportunidades para que mujeres y hombres intervengan activamente en la vida social, económica, política y jurídica del Estado, sin distinción alguna; el diputado Marco Antonio Cruz Cruz (PRD), presentó una iniciativa para que eliminar exclusividad que las mujeres sean agentes de tránsito. “Modificar la fracción I del artículo 8.19 Bis del Código Administrativo del Estado de México, pues transgrede los derechos a la igualdad y a la no discriminación, dado que en la conceptualización de "agentes de tránsito" define con esa calidad únicamente a las mujeres, excluyendo al diverso género de la posibilidad de tener dicho cargo…” explicó. Además, el diputado perredista señaló que incluso los Tribunales Colegiados de Circuito han señalado que esta norma, más que impulsar al género femenino mediante una oportunidad laboral, genera la exclusión del masculino en el ejercicio de la función como agente de tránsito en el Estado de México. “También Tribunales Colegiados de Circuito han señalado que esta norma no es razonable, pues coincidimos que el género de las personas no puede ser considerado como un factor determinante para evitar actos de corrupción, ya que sería tanto como aceptar que los varones no podrían desempeñar cargos públicos en el Estado…” expuso. Finalmente, el diputado Marco Antonio Cruz señaló que es por ello que el Grupo Parlamentario del PRD considera necesario reformar dicha norma a fin de eliminar cualquier referencia que constituya algún tipo de discriminación, asimismo, evitar agravios sociales a las personas a las que se les ha negado de manera injusta una fuente de empleo por razones de género y, en consecuencia, se les ha privado la oportunidad de obtener ingresos para sus familias.

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