miércoles, 9 de noviembre de 2016
En Amanalco, la PROFEPA clausuró construcción por estar en Área Natural Protegida
En el Estado de México la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) impuso la clausura total temporal de obras y actividades de construcción en domicilio conocido del Rancho Santa Elena, en el municipio de Amanalco de Becerra, por estar ubicadas dentro del polígono del Área Natural Protegida (ANP) con categoría de Área de Protección de Recursos Naturales Zona Protectora Forestal de los Terrenos Constitutivos de las Cuencas de los Ríos Valle de Bravo, Malacatepec, Tilostoc y Temascaltepec.
Durante una visita de inspección, se observó la construcción de una obra en una superficie aproximada de 130 m², la cual mostró un avance de aproximadamente 40%, cimentación de base de piedra con excavaciones de profundidad de un metro, donde se levantaron paredes de block con una altura promedio de 2.50 metros e instalación de infraestructura sanitaria, afectando el suelo natural.
Terminada la revisión y que no se exhibió la autorización correspondiente en materia de cambio de uso de suelo en terrenos forestales, que expide la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), se impuso como medida de seguridad la clausura total temporal.
Esta zona del ANP forma parte de la Región Hidrológica del Balsas, una de las más importantes del país y proporciona una serie de servicios ambientales al captar y abastecer de agua a las poblaciones locales y a la Zona Metropolitana del Valle de México a través del Sistema Cutzamala. Además, la obra se localiza en una zona de pastizales que constituyen uno de los ecosistemas más extensos del mundo, los cuales proveen servicios y productos como alimentos, forraje y energía, son el hábitat de numerosas especies, muchas de ellas de importancia forestal no maderable, que contribuyen al almacenamiento de agua y carbono.
De conformidad con los artículos 163 fracción I y VII, así como 165 fracción II de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, el responsable puede hacerse acreedor a una multa equivalente de 100 a 20,000 veces la Unidad de Medida y Actualización a quien cometa las infracciones mencionadas.
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
No hay comentarios:
Publicar un comentario