sábado, 26 de diciembre de 2020

Viola derechos humanos, Comisario de Cuautitlán Izcalli

*Comisario de Seguridad de Izcalli no respeta a Comisión de Derechos Humanos estatal, pues no ha atendido la recomendación de detener una invasión de un particular del área verde Andador Solidaridad.

CUAUTITLÁN IZCALLI, Méx.- El Comisario de Seguridad Pública de Cuautitlán Izcalli, Juan Daniel Ríos Garrido, sigue mostrando su incapacidad y su falta de respeto a instituciones como la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México (CODHEM).


Dicha comisión inició una investigación por los hechos ocurridos el 4 de agosto, cuando vecinos izcallenses solicitaban la intervención del Alcalde, Ricardo Núñez, para detener una invasión de un particular del área verde Andador Solidaridad.


En ese momento, fueron agredidos por elementos de la montada, pertenecientes a la Comisaría de Seguridad Pública, lo cual terminó en una presunta violación a los derechos humanos de la ciudadanía. 


Por tal motivo, la CODHEM en el oficio 400C132200/938/2020 del 22 de octubre de 2020 

pidió al Presidente Municipal que tanto como el Comisario, Juan Daniel Ríos Garrido, y siete elementos de ese cuerpo de seguridad debían comparecer para deslindar la corresponsabilidad de los ya mencionados actos. 

En el oficio se cita al comisario el 30 de octubre a las 10:00 horas, a cuya comparecencia no llegó, por lo que, en un segundo oficio, del 30 de noviembre, la comisión estatal detalla que Ríos Garrido no asistió y tampoco justificó su inasistencia.

La CODHEM agrega que el funcionario municipal firmó la notificación el 26 de octubre por lo que estaba enterado de su presentación. 


De acuerdo con la Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México, el  Artículo 89 establece que “la inasistencia injustificada a las diligencias a las que sea citada la autoridad o el servidor público responsable, en el trámite de la investigación de una queja, lo hará sujeto de una responsabilidad administrativa disciplinaria”.


Por tanto, la CODHEM pidió se instaure el procedimiento administrativo que corresponda y en su caso, se imponga la sanción que resulte aplicable.

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