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viernes, 24 de enero de 2025

PROFEPA impone clausura parcial temporal a predio por relleno de escombros cercano al Lago de Chapala

* Informa SEMARNAT que la autoridad municipal de Jocotepec no cuenta con permiso ambiental para realizar obra civil en dicho lugar


En atención a la información difundida en medios de comunicación y redes sociales, en la que se observa que camiones de carga arrojan escombros a un predio próximo al Lago de Chapala, tanto la SEMARNAT como la PROFEPA dieron atención al tema, a partir de sus respectivas facultades.

Inspectores de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente en Jalisco impusieron una clausura parcial temporal a un predio pegado al Lago de Chapala, ubicado en San Juan Cosalá, en el municipio de Jocotepec, que estaba siendo utilizado como sitio de relleno de residuos de manejo especial (escombros).

El 22 de enero, personal de la Procuraduría realizó una visita de inspección y vigilancia en materia de impacto ambiental, encontrando el lugar referido relleno con escombros pese a ser una zona federal, por lo que, por principio precautorio, se determinó imponer como medida de seguridad la clausura parcial temporal.

Asimismo, la SEMARNAT dio a conocer que la autoridad municipal de Jocotepec no cuenta con permiso ambiental por parte de la dependencia para realizar obra civil en el predio citado.

La Secretaría explicó que en 2019, la Cooperativa S.C.P.P. Lagunas de Cosala S.C. de R.L. solicitó un permiso para rehabilitar un área recreativa sin fines de lucro en el Lago de Chapala, sobre el malecón San Juan Cosalá, actividad que no implicaba la remoción de vegetación ni la realización de obra civil en la zona federal.

Al respecto, la autoridad ambiental respondió que por las características descritas no requerían presentar una Manifestación de Impacto Ambiental. Sin embargo, la obra que se está llevando a cabo y en particular el relleno del Lago con cascajo y escombros sí representan una violación a la ley ambiental y en ningún momento fueron autorizadas.

En el artículo 28 de la Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y artículo 5 de su Reglamento en materia de la Evaluación el Impacto Ambiental, se establecen de manera general los sectores cuyas obras o actividades requieren previa autorización a su realización en materia de impacto ambiental por parte de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, actividades entre las que se encuentran las siguientes:

I.- Obras hidráulicas, vías generales de comunicación, oleoductos, gasoductos, carboductos y poliductos. Incluye obras para el depósito o relleno con materiales para ganar terreno al mar o a otros cuerpos de aguas nacionales como el Lago de Chapala.

X.- Obras y actividades en humedales, ecosistemas costeros, lagunas, ríos, lagos y esteros conectados con el mar, así como en sus litorales o zonas federales. En el caso de actividades pesqueras, acuícolas o agropecuarias se estará a lo dispuesto por la fracción XII de este artículo;

XIII.- Obras o actividades que correspondan a asuntos de competencia federal, que puedan causar desequilibrios ecológicos graves e irreparables, daños a la salud pública o a los ecosistemas, o rebasar los límites y condiciones establecidos en las disposiciones jurídicas relativas a la preservación del equilibrio ecológico y la protección del ambiente.

Aunado a lo anterior, el Lago de Chapala es un humedal catalogado como un sitio Ramsar desde el 02 de febrero de 2009, dada su importancia ecológica internacional, situación que imprime mayor atención y protección a este cuerpo lagunar, desde los tres niveles de gobierno

La autoridad ambiental dará seguimiento al caso e informará de manera oportuna en caso de que así se requiera.

miércoles, 11 de octubre de 2023

Impulsa bancada del PRD la clausura de tiraderos a cielo abierto

°Autoridades estatales y municipales deberán prevenir la creación de estos sitios.

°Solo 30 por ciento de las 17 mil toneladas diarias que genera el Edoméx es tratada en sitios que cumplen con la normatividad.

Al señalar que el Estado de México es una de las entidades que más residuos sólidos urbanos produce al día, con aproximadamente 17 mil toneladas de desechos, de los cuales soló 30 por ciento son tratados en lugares que cumplen con la normatividad, el grupo parlamentario del PRD propuso reformas al Código para la Biodiversidad estatal para fortalecer y ampliar las atribuciones de las autoridades estatales y municipales en cuanto a la clausura de tiraderos a cielo abierto.

La propuesta de los Diputados y las Diputadas Omar Ortega Álvarez, Fernando González Mejía, Viridiana Fuentes Cruz y María Elida Castelán Mondragón, coordinador e integrantes de la bancada del PRD, respectivamente, detalla que el Poder Ejecutivo, a través de la Secretaría del Medio Ambiente, deberá formular e instrumentar un programa maestro con enfoque estatal y regional que prevenga y detenga la creación de tiraderos a cielo abierto.

De acuerdo con la iniciativa expuesta por el Legislador Fernando González, se trata de fomentar el saneamiento, clausura y recuperación de estos lugares, incluyendo los que se encuentren abandonados o en desuso, y en donde se priorice la inversión pública o privada para aquellos casos que, por su impacto ambiental, deban clausurarse de manera inmediata, de acuerdo con lo que determine la autoridad competente.

También se deberán impulsar las actividades de reciclaje a partir de los materiales recuperados de los residuos; fomentar el aprovechamiento y el manejo integral de los residuos generados por el sector primario para eliminar la utilización de empaques excesivos; desarrollar e instrumentar estrategias intersectoriales de producción y consumo sustentable; incorporar mecanismos efectivos para mantener los residuos separados hasta que lleguen a los sitios de disposición final y darles un manejo adecuado; promover acciones de durabilidad, reparación y doble uso de productos, así como impulsar a los productos sostenibles. La iniciativa será analizada por la Comisión de Protección Ambiental y Cambio Climático.