martes, 12 de enero de 2016
Emite la CNDH recomendación al IMSS por la muerte de una mujer en Oaxaca
PROCESO MÉXICO, DF (apro).- La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió una recomendación dirigida al director general del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), José Antonio González Anaya, por el caso de inadecuada atención médica en agravio de una mujer de 78 años de edad, quien perdió la vida el 9 de julio de 2013 en la Unidad Médica Rural 290, en el municipio de San Simón Almolongas, Oaxaca.
En un comunicado, el organismo precisó que luego de analizar las evidencias acreditó violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud y a la vida, atribuibles a un médico del nosocomio mencionado.
Por ello, recomendó al IMSS reparar el daño al hijo y familiares de la agraviada, que incluya el pago de una compensación y la atención psicológica que corresponda, así como la inscripción en el Registro Nacional de Víctimas, a fin de que en lo conducente tengan acceso al Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral que prevé la Ley General de Víctimas.
También se solicitó realizar un exhorto al personal médico de dicha Unidad para que entregue copia de la certificación y recertificación tramitada ante los Consejos de Especialidades Médicas, para acreditar la actualización, experiencia y conocimientos suficientes para brindar un servicio médico adecuado y profesional, e impartir un curso de capacitación y formación en materia de derechos humanos, y del conocimiento, manejo y observancia de las normas oficiales.
De igual manera, colaborar con la CNDH en la queja y denuncia que presente ante el Órgano Interno de Control en el IMSS y la Procuraduría General de la República, respectivamente, contra el médico involucrado en los hechos.
El organismo precisó que debido a la repentina aparición de una marca que le producía sensación de comezón en su mejilla derecha, el 9 de julio de 2013 la mujer acudió a la citada Unidad Médica Rural, con el objeto de obtener un pase para que un especialista la valorara y pudiera tratar su malestar.
Fue atendida por un médico, quien luego de evaluarla y conocer que la paciente contaba con antecedentes de asma bronquial, además de que cursaba un cuadro de bronco espasmos (constricción de los bronquios y bronquiolos) en campos pulmonares y frecuencia cardiaca a la baja, le diagnosticó urticaria.
El médico administró a la mujer hidrocortisona por vía intramuscular, pero aproximadamente diez minutos después presentó anafilaxia (reacción alérgica generalizada, de instauración rápida y que puede llegar a ser mortal).
En ese momento la agraviada se desvaneció y el médico le aplicó adrenalina y maniobras de resucitación que no produjeron efecto alguno, por lo que salió del consultorio y se dirigió a las oficinas del ayuntamiento de San Simón Almolongas para solicitar una ambulancia que arribo 10 minutos después.
La agraviada, que en ese momento ya presentaba coloración azulosa por falta de oxigenación en los tejidos, fue trasladada al Hospital del IMSS en Miahuatlán, pese a que le advirtieron al médico que ya había fallecido.
La CNDH concluyó que el médico es responsable de la muerte de la mujer al no haber diagnosticado de manera oportuna la anafilaxia, pese a que los datos clínicos que presentaba, como urticaria, broncoespasmos y disminución de la frecuencia cardiaca, lo establecían así.
El galeno –agregó– no realizó un adecuado manejo terapéutico al no suministrar adrenalina por vía intravenosa o intramuscular cada cinco minutos y no llevar un registro de los signos vitales de la agraviada, además de que abandonó a su paciente.
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