jueves, 31 de marzo de 2016

Ciudadanos mexiquenses son quienes eligen a su representante: Juana Bonilla

· La iniciativa propuesta pretende facilitar al ciudadano su preferencia del voto, y clarificar la función de clasificar y contabilizar los sufragios.
La Diputada perredista, Juana Bonilla Jaime presentó ante el pleno la Iniciativa de Decreto que tiene como fin reforma el artículo 12 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, a fin de incorporar la figura de candidaturas comunes. Con el objetivo planteado, la legisladora del sol azteca afirmo que la renovación de los poderes Legislativo y Ejecutivo se realizará mediante elecciones libres, auténticas y periódicas, además resaltó que los partidos políticos son entidades de interés público; por lo que la ley determina las normas y requisitos para su registro legal, específicas de su intervención en el proceso electoral, derechos, obligaciones y prerrogativas que les corresponden. Con lo anterior, Juana Bonilla dejo claro que la Ley General de Partidos Políticos que otorga libertad a las legislaturas locales para establecer y regular diversas formas de participación, otorgará la posibilidad a los partidos políticos para participar en los procesos electorales locales con “otras formas” de participación o asociación de los partidos políticos para postular candidatos, en el marco de la Constitución como por la Ley General de Partidos Políticos a los congresos estatales. Considerando lo expuesto la legisladora perredista explicó: ”...los procesos electorales componen un mecanismo de democracia política, en la que la ciudadanía en ejercicio del derecho que les concede la Carta Magna, son quienes eligen a quienes habrán de gobernarlos y representarlos”. A finalizar, la representante del Sol azteca, subrayó en el objetivo de la iniciativa como medio para facilitar al ciudadano manifestar su preferencia del voto, y clarificar la función de clasificar y contabilizar los sufragios, a las autoridades electorales que desempeñan esta función, toda vez que se acreditarán los votos a cada uno de los partidos políticos que postulan la candidatura común, conforme a lo establecido en su convenio.

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