viernes, 16 de diciembre de 2016
Pleno avala armonizar leyes de PEMEX y CFE con normatividad anticorrupción
La Cámara de Diputados aprobó el dictamen que armoniza las leyes de Petróleos Mexicanos (PEMEX) y de la Comisión Federal de Electricidad (CFE) con la nueva regulación en materia de combate a la corrupción, y establece los requisitos para designar a los consejeros independientes de las Empresas Productivas del Estado.
Con 359 votos a favor, 54 en contra y tres abstenciones, se avaló, en lo general, el dictamen que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Petróleos Mexicanos y de la Ley de la Comisión Federal de Electricidad.
En la fundamentación, la presidenta de la Comisión de Energía, diputada Georgina Trujillo Zentella, expresó que las empresas productivas del Estado cuentan con un régimen especial en materia de responsabilidades administrativas, el cual fue respetado en la recién aprobada Ley General de Responsabilidades Administrativas, pero se debe adecuar a los alcances que tiene la nueva legislación en materia de transparencia y de anticorrupción.
Por tanto, se busca adecuar las leyes de PEMEX y de CFE a este nuevo paradigma constitucional y legal que conllevó la reforma en materia de transparencia y de anticorrupción.
Mencionó que el dictamen se divide en dos rubros: los requisitos para designar a los consejeros independientes del Consejo de Administración de las Empresas Productivas del Estado, así como la armonización de las normas de PEMEX y de CFE con la Ley de Responsabilidades Administrativas.
Trujillo Zentella indicó que para la designación de los consejeros independientes, se aclara el requisito de no haber sido servidor público dos años anteriores al nombramiento, mismo que opera cuando la persona haya tenido alguna responsabilidad de carácter académico, docente o de investigación aunque haya sido una pública.
Se precisa el impedimento para ser designado consejero independiente: cuando se tenga una relación comercial importante con la empresa productiva del Estado de la que forme parte. “Se baja el porcentaje al que se refiere la relación con la empresa productiva del Estado, porque estaba en un margen que era prácticamente imposible que pudiera alguien incurrir en ese considerando”.
Destacó que “se hablaba de que esta persona para no poder ser designado consejero independiente, tendría que tener más del 10 por ciento de las ventas totales con PEMEX o con CFE. Era imposible. Ese umbral se está modificando para que quede en el 1 por ciento”.
La diputada Georgina Trujillo argumentó que los consejeros independientes están impedidos de desempeñar durante la responsabilidad que tengan en el consejo, cualquier otro cargo público o privado cuando implique un conflicto de interés.
En el tema de la armonización de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, se establece que el sistema de control interno que los directores generales de ambas empresas implementen, deben considerar forzosamente mecanismos que prevengan y detecten conductas de servidores públicos de PEMEX o de CFE, que impliquen la comisión de faltas administrativas o hechos de corrupción para que sean presentadas las denuncias que correspondan en las instancias y autoridades competentes.
Otro tema se relaciona con la actualización de las atribuciones de las Unidades de Responsabilidades de las Empresas Productivas del Estado, para que apliquen la Ley General de Responsabilidades Administrativas, ya que ahora se les otorgan facultades relativas a investigación, sustanciación y resolución de faltas administrativas.
De igual modo, se plantean cambios a las leyes de las Empresas Productivas del Estado, para garantizar la plena armonización con la Ley General de Responsabilidades Administrativas. Se actualiza la denominación del nuevo Tribunal Federal de Justicia Administrativa en aquellos artículos en donde se hacía referencia a un Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa.
Se sustituye la mención de la Ley Anticorrupción en contrataciones públicas, en las leyes de Petróleos Mexicanos y la Comisión Federal, porque esa norma y ya se abrogó por la Ley General de Responsabilidades Públicas.
Previo a los posicionamientos, se avaló una adenda de la Comisión de Energía, en donde se aclara el requisito de que no debe tener relación comercial importante no solamente el consejero, sino también el representante o apoderado legal de una empresa.
También, se modifica el requisito sobre el parentesco, para dejarlo en la ley tal como estaba en la anterior de PEMEX y CFE. Es decir, afinidad civil o hasta en cuarto grado, así como no ser cónyuge o concubina, o concubinario.
Se solicita a los consejeros independientes que manifiesten por escrito y bajo protesta de decir verdad, que las demás actividades que realizan les dejan el tiempo suficiente para cumplir a cabalidad con su responsabilidad en las Empresas Productivas del Estado.
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