jueves, 16 de febrero de 2017
Por impedir el derecho al voto a mujeres casadas, en Oaxaca, el TEE invalidó la elección de octubre pasado
En Oaxaca, Wilfrido López Velásquez presidente del Tribunal Estatal Electoral (TEEO), informó que se invalidó la elección que se realizó en octubre del año pasado, en San Juan Achiutla, localidad ubicada en la región mixteca, por impedir a las mujeres casadas ejercer su derecho a voto, para elegir a sus autoridades municipales.
El magistrado explicó este caso, que calificó de “sorprendente”, en la época actual, a partir de que el ex presidente municipal de Achiutla no permitió votar a las mujeres casadas, con el argumento de que, en el matrimonio, “el marido es quien elige”.
Agregó que la ex autoridad municipal vulneró el principio de igualdad y progresividad, así como el derecho de las mujeres de votar y ser votadas para integrar el cabildo local.
López Vásquez expuso que un grupo de 21 mujeres agraviadas por la exclusión demandaron ante este órgano la nulidad de la elección por haber sido segregadas, entre otros argumentos, porque “el voto del esposo anulaba el de la cónyuge, es decir, la opinión de él, cancelaba la de ellas”.
En esa elección sólo se le permitió votar a hombres, y mujeres solteras y viudas”, subrayó.
En opinión de las agraviadas, el Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (IEEPCO) omitió esta ofensa, por lo que iniciaron el juicio de impugnación para garantizar el voto igualitario.
López Vásquez agregó que los integrantes del Tribunal coincidieron en que la elección de Achiutla incurrió en una flagrante violación al derecho fundamental de las ciudadanas de votar y ser votadas, consignados en diversos preceptos constitucionales, legales y de tratados internacionales suscritos y ratificados por nuestro país.
Al quedar acreditado que la elección por el sistema de usos y costumbres, vulneró el derecho político electoral de las mujeres, se decretó la nulidad del acta de asamblea y dejar sin efectos los cargos del nuevo cabildo, que tomó protesta el uno de enero pasado”.
En consecuencia, el TEEO ordenó al Instituto Estatal Electoral, a través de la Dirección de Sistemas Normativos Indígenas, convoque a elección extraordinaria en San Juan Achiutla, para el periodo 2017-2019.
Una vez que se emita la convocatoria se concede un plazo de 30 días naturales para que la autoridad responsable lleve a cabo la elección extraordinaria, garantizando materialmente el pleno derecho de las mujeres de votar y ser votadas en condiciones de igualdad.
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