• Diputada Sodi Miranda (PRD) busca reformar el artículo 10 de la Ley Nacional de Ejecución Penal
La diputada Gabriela Sodi Miranda (PRD) impulsa iniciativa
que reforma el artículo 10 de la Ley Nacional de Ejecución Penal, para
establecer que las mujeres privadas de la libertad tengan derecho a recibir los
insumos necesarios para mantener la higiene de sus niñas y niños.
Además, propone que la autoridad penitenciaria deberá
garantizar que en los centros de reclusión para mujeres haya espacios adecuados
para que las hijas e hijos de las mujeres privadas de su libertad vivan en
condiciones de bienestar y sano desarrollo integral.
El documento enviado a la Comisión de Justicia precisa que,
de acuerdo con el Diagnóstico Nacional de Supervisión Penitenciaria 2021 del INEGI,
se reportó que hay 392 menores de seis años que permanecieron con sus madres
privadas de la libertad en los centros federales y estatales, de los cuales
50.5 por ciento son niños y 49.5 por ciento niñas, “viviendo en un entorno
marcado por la precariedad, debido a que ninguna prisión es un espacio digno
para que ellas y ellos puedan desarrollarse de forma adecuada”.
La Ley Nacional de Ejecución Penal, en sus artículos 10 y
36, así como en las Reglas de las Naciones Unidas para el Tratamiento de las
Reclusas y Medidas no Privativas de la Libertad para las Mujeres Delincuentes
(conocidas como las Reglas de Bangkok), se establecen los lineamientos sobre el
correcto tratamiento de las mujeres en prisión y sus hijas e hijos, entre los
cuales se destaca que los centros penitenciarios deben contar con instalaciones
apropiadas para ellas, artículos para satisfacer sus necesidades de higiene
personal, servicios de atención médica y acceso a una alimentación
apropiada.
También, que debe existir perspectiva de género que permita
garantizar sus derechos y evitar tratos indebidos, por lo que el Sistema
Penitenciario está obligado a responder con flexibilidad en pro de las mujeres
embarazadas, lactantes y mujeres con hijas e hijos, mediante la habilitación de
servicios y espacios para el cuidado de las y los niños que vivan dentro del
centro o que las visiten.
De acuerdo con el reporte realizado por la organización
no-gubernamental Reinserta, solo en algunas prisiones mexicanas se cuenta con
dos tipos de servicios especializados para madres y sus hijas e hijos: áreas de
maternidad y espacios para la educación temprana de las y los niños.
Para 2019 se contaba con un registro de 11 áreas de
maternidad en todo el país y San Luis Potosí fue la entidad federativa con más
áreas de maternidad, mientras que Coahuila, Chihuahua, Ciudad de México,
Jalisco, estado de México, Michoacán, Nuevo León, Querétaro y Yucatán, solo
contaban con una.
La exposición de motivos de la iniciativa destaca que
existen 27 espacios de educación temprana para las y los hijos de mujeres
privadas de su libertad que se encuentran en Michoacán (12); por su parte,
Coahuila, Chihuahua, San Luis Potosí y Yucatán tienen dos: mientras que
Chiapas, Ciudad de México, Jalisco, estado de México, Querétaro y Veracruz,
cuentan con uno.
Considera preocupante que los centros penitenciarios de los
demás estados del país no cuenten con condiciones aptas para que niñas y niños
menores de 3 años vivan con sus madres, por lo que deben ser separados al
momento de su nacimiento, lo que vulnera tanto los derechos de las mamás, como
los de sus hijas e hijos.
Por ello, añade, se busca modificar el artículo 10 de la Ley Nacional de Ejecución Penal, con el fin de garantizar que las hijas e hijos que se encuentran con sus madres dentro de los centros penitenciarios, vivan en condiciones de bienestar y sano desarrollo integral, de acuerdo con lo establecido en el artículo 4° constitucional.
No hay comentarios:
Publicar un comentario