• Modificó las
leyes del Seguro Social y del ISSSTE
• También avaló
opinión a iniciativa en materia de enfermedades de trabajo
La Comisión de Seguridad Social, que preside la diputada
Angélica Ivonne Cisneros Luján (MORENA), aprobó tres dictámenes con proyecto de
decreto en materia de prestaciones de maternidad, y seguridad social para
periodistas por cuenta propia, así como la opinión a una iniciativa sobre
enfermedades de trabajo.
En reunión ordinaria, avaló adicionar un último párrafo al
artículo 94 de la Ley del Seguro Social, y un último párrafo al artículo 39 de
la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del
Estado (ISSSTE) en materia de prestaciones en caso de fallecimiento de madres
aseguradas.
Propone establecer que, en el supuesto de que la madre
falleciera en el parto o puerperio, las prestaciones referidas en las
fracciones II y IV podrán ser ejercidas por la persona cónyuge, concubinaria,
quien ejerza la patria potestad o la guarda y custodia por resolución judicial.
La prestación referida en la fracción III podrá ser ejercida por la persona
cónyuge, concubinaria o quien ejerza la patria potestad, siempre y cuando sea
asegurada.
La diputada Angélica Ivonne Cisneros Luján (MORENA) explicó
que se busca reconocer el derecho humano a la alimentación y la supervivencia
de las y los recién nacidos, en caso de que la madre asegurada fallezca, al
otorgar facilidades y prestaciones de maternidad a quien se queda a su cuidado,
las cuales están establecidas en las leyes y que consisten en ayuda por seis
meses para lactancia, capacitación, descansos extraordinarios y una canastilla.
El segundo dictamen fue el referente a la reforma del
artículo 46 de la Ley del Seguro Social, a fin de eliminar el intento de
suicidio de la categoría de riesgos no considerados de trabajo.
La diputada Cisneros Luján señaló que este proyecto se ha
robustecido porque había quedado pendiente, a la luz de la nueva tabla de
enfermedades que ya considera la salud mental.
Asimismo, se aprobó el proyecto de dictamen que reforma y
adiciona diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social, en materia de
seguridad social para periodistas por cuenta propia.
Plantea establecer en la fracción V del artículo 12, que son
sujetos de aseguramiento del régimen obligatorio las personas periodistas por
cuenta propia.
Además, adiciona el artículo 26 A para especificar que los
sujetos de aseguramiento a los que se refiere la fracción V del artículo 12 son
las personas físicas que ejerzan en territorio nacional el periodismo, sin
contar con un patrón ni percibir un salario por la labor periodística que
desempeñan, reconocidas en el Censo de Personas Periodistas por Cuenta Propia,
que gozarán de acceso universal y no discriminatorio a los seguros que
comprende el régimen obligatorio, de conformidad con el artículo 11 de esta
Ley, a través de la incorporación al Censo de Personas Periodistas por Cuenta
Propia que se beneficiarán del programa que emita el Ejecutivo Federal por
conducto de la Secretaría de Gobernación y en coordinación con el Instituto.
También agrega el Artículo 26 B, en el que estipula que el
Instituto y la Secretaría de Gobernación emitirán los lineamientos para
integración del censo y de la ejecución y operación del programa de
aseguramiento, mismos que deberán publicarse en el Diario Oficial de la
Federación y contener, por lo menos, las reglas de integración y funcionamiento
de un Comité Consultivo de carácter honorífico, integrado por personas
periodistas y comunicadoras que se hayan desempeñado en forma destacada en el
medio.
Tendrá las funciones de definir y verificar el cumplimiento
de los criterios de elegibilidad para la incorporación al Censo de Personas
Periodistas por Cuenta Propia y los plazos correspondientes; integrar y
mantener actualizado este Censo y conocer las solicitudes de incorporación;
además, las reglas para la habilitación y el funcionamiento de una plataforma
digital de registro accesible en la que las personas postulantes podrán llenar
y validar información personal y conocer el sentido del dictamen correspondiente.
Al respecto, la diputada Cisneros Luján informó que este
dictamen propone otorgar seguridad social a personas periodistas
independientes, en los términos que ya ha sido aprobado como programa emitido
por la Presidencia de la República, y que la intención es que quede debidamente
legalizada esta política pública, a través de la Ley del Seguro Social.
También se aprobó el proyecto de opinión en el que las y los
integrantes de la Comisión de Seguridad Social consideran que la iniciativa con
proyecto de decreto que adiciona un numeral 162 al artículo 513 de la Ley
Federal del Trabajo, resulta idónea y procedente; sin embargo, debe armonizarse
respecto de lo dispuesto en la Ley del ISSSTE.
La diputada Cisneros Luján dijo que la propuesta de
adicionar la tabla de enfermedades ya fue dictaminada en la Comisión de Trabajo
y Previsión Social y por el Pleno; no obstante, hubo un desfase de fechas, ya
que la Comisión tomó como opinión positiva la que votó la Comisión de Seguridad
Social respecto de la propuesta del Ejecutivo Federal.
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