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martes, 21 de julio de 2026

SEMARNAT revoca concesión en Playa Las Cocinas, Punta de Mita

  • Se propondrá una nueva ruta para la restauración ambiental y el control de la erosión que permita el libre tránsito en la playa

La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) del Gobierno de México informa que, como resultado de una revisión técnica, jurídica y administrativa, determinó revocar la concesión de Zona Federal Marítimo Terrestre (ZOFEMAT) otorgada a Cantiles de Mita S.A. de C.V. en Playa Las Cocinas, en Punta de Mita, Nayarit, al acreditarse incumplimientos a las bases de la concesión por la ejecución de obras e instalaciones no autorizadas por la Dirección General de Zona Federal Marítimo Terrestre y Ambientes Costeros (DGZFMTAC) de la SEMARNAT, conforme lo establece la legislación en la materia.

Derivado de esta determinación, la dependencia definió replantear el proyecto mediante una nueva ruta de acción que permita atender las afectaciones ambientales identificadas, promoviendo al mismo tiempo la protección de los ecosistemas costeros y el libre tránsito por la playa.

La decisión es el resultado del trabajo coordinado entre la SEMARNAT, la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA), la Fiscalía General de la República (FGR), así como de los análisis técnicos realizados por especialistas de la DGZFMTAC, de la Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental (DGIRA) y de la Unidad Coordinadora de Oficinas de Representación y Gestión Territorial de la SEMARNAT (UCORGT).

Asimismo, la SEMARNAT sostuvo un proceso de diálogo con habitantes de la comunidad y autoridades locales, cuyos planteamientos fueron incorporados al análisis técnico para definir una alternativa que concilie la protección ambiental, la seguridad de la zona y el interés público.

Como parte de esta nueva ruta, se evalúa el mejor procedimiento de restauración que técnicamente resulte necesario y conveniente que incluya dentro del programa integral de restauración ambiental la recuperación de la vegetación costera y rehabilitación del sitio, privilegiando soluciones basadas en la naturaleza y garantizando el libre tránsito. 

La SEMARNAT reafirma que la protección de los ecosistemas costeros, la justicia ambiental y el acceso y libre tránsito a las playas son prioridades del Gobierno de México, por ello, continuará trabajando de manera coordinada con las autoridades competentes y con la comunidad para asegurar el cumplimiento de la legislación ambiental y la recuperación de este importante espacio costero.

viernes, 22 de mayo de 2026

SEMARNAT informa sobre la conclusión del procedimiento ambiental relacionado con el proyecto “Perfect Day” en Mahahual, Quintana Roo


La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), a través de la Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental (DGIRA), llevó a cabo el análisis técnico, ambiental y jurídico correspondiente a los tres proyectos vinculados al desarrollo turístico denominado “Perfect Day”, promovidos en Mahahual, municipio de Othón P. Blanco, Quintana Roo, por Royal Caribbean a través de dos razones sociales: Cielo Asoleado S. de R.L. de C.V. y Promociones Turísticas Mahahual, S.A. de C.V. 

Los tres procedimientos sometidos a un análisis ambiental riguroso por parte de la DGIRA corresponden a:
  • El proyecto “Perfect Day”.
  • El proyecto “Beach Club Perfect Day México, Mahahual, Quintana Roo”.
  • Los trámites relacionados con el proyecto “Construcción de un Muelle para Cruceros de Uso Privado, Terminal Portuaria en Mahahual, Quintana Roo”. 
Derivado de la revisión técnica realizada por la DGIRA, se identificó que dichos proyectos guardaban relación funcional, operativa y ambiental entre sí, por lo que la autoridad ambiental determinó la necesidad de analizarlos de manera integral y no fragmentada, a fin de valorar adecuadamente sus posibles impactos acumulativos y sinérgicos sobre los ecosistemas costeros y marinos de la región. 

En el caso del proyecto “Perfect Day”, ingresado el 9 de diciembre de 2025 mediante Manifestación de Impacto Ambiental en modalidad regional (MIA-R), el promovente planteó la demolición de infraestructura existente y la construcción y operación de un parque acuático integrado por seis secciones: Hideaway, Arrival, Family Cove, Loco Waterpark, Área de Servicios y Áreas Naturales. 

El desarrollo contemplaba playas y ríos artificiales, canal artificial para trajineras, infraestructura de apoyo, una Planta de Tratamiento de Aguas Residuales (PTAR) con pozo de inyección y una Planta de Ósmosis Inversa (POI) para abastecimiento de agua potable, con pozos de extracción y disposición de salmuera. El proyecto se planteaba sobre una superficie total de 82.58 hectáreas, incluyendo 16.38 hectáreas sujetas a cambio de uso de suelo. 

Como parte del procedimiento de evaluación ambiental:
  • El 9 de diciembre el promovente ingresó la Manifestación de Impacto Ambiental (MIA).
  • El 8 de enero de 2026 se incluyó el archivo electrónico de la MIA en el portal electrónico de la SEMARNAT (www.semarnat.gob.mx/gob.mx/transparencia/constramite.html)
  • El 30 de enero de 2026 la DGIRA determinó realizar consulta pública.
  • El 19 de febrero de 2026 se requirió información adicional a la promovente.
  • El 23 de febrero al 23 de marzo de 2026 se desarrolló el proceso de consulta pública. 
  • El 31 de marzo de 2026 se llevó a cabo una reunión pública de información en Mahahual, Quintana Roo. 
Durante el proceso de consulta pública se registraron 14,411 comentarios ciudadanos en el Sistema Nacional de Trámites (SINAT), relacionados con los posibles impactos ambientales y sociales asociados al proyecto. 

Asimismo, la Secretaría recibió solicitudes ciudadanas relacionadas con la publicación de la videograbación y el acta certificada de la reunión pública de información celebrada en Mahahual. 

Durante el análisis técnico y ambiental del proyecto “Perfect Day”, la DGIRA identificó diversos elementos relevantes, entre ellos:
  • Presencia de vegetación de manglar dentro de la poligonal del proyecto. 
  • Posibles incumplimientos respecto de las distancias previstas en la NOM-022-SEMARNAT-2003; que se refiere a la protección de manglares por la proximidad de las obras.
  • Posibles afectaciones derivadas de intrusión salina asociadas a la Planta de Ósmosis Inversa; 
  • Riesgos de alteración al balance hidrológico del acuífero.
  • Insuficiencia de medidas de prevención, mitigación y compensación ambiental. 
  • Así como ausencia de análisis suficientes sobre posibles afectaciones a ecosistemas acuáticos y arrecifales dentro de la zona de influencia del Área Natural Protegida Reserva de la Biosfera Caribe Mexicano.
  • La posible afectación de especies enlistadas en la NOM 059 de SEMARNAT.
  • En relación con los arrecifes de coral si bien están en condiciones de vulnerabilidad, se están recuperando lentamente debido a impactos ambientales anteriores.
Adicionalmente, la DGIRA identificó que la promovente mantenía ingresados otros dos proyectos vinculados al desarrollo “Perfect Day”, específicamente “Beach Club Perfect Day México, Mahahual, Quintana Roo” y “Muelles Crucero Privados”, por lo que técnicamente resultaba inviable analizar dichos proyectos de forma independiente. 

Respecto del proyecto “Beach Club Perfect Day México, Mahahual, Quintana Roo”, ingresado el 24 de febrero de 2026 mediante MIA-R, contemplaba obras de infraestructura turística y marítima, incluyendo áreas administrativas, albercas, cabañas, caminos, estaciones de servicio, dragado, conformación de una caleta artificial e instalación de estructuras marinas. 

Durante su revisión técnica, la DGIRA identificó 33 impactos ambientales sin la presentación de medidas para mitigar, prevenir y compensar dichos impactos, entre otros:
  • Incidencia de vegetación de manglar dentro del predio.
  • Posibles afectaciones a ecosistemas arrecifales y acuáticos. 
  • Impactos asociados a generación de aguas residuales, manejo de salmuera, residuos sólidos, ruido y remoción de vegetación.
  • Alteraciones hidrológicas derivadas de cimentaciones y estructuras.
  • Así como insuficiencia de las medidas propuestas para prevenir, mitigar y compensar impactos ambientales. 
El 9 de marzo de 2026 la DGIRA notificó un oficio de prevención a la promovente para requerir información adicional. Posteriormente, el 13 de mayo de 2026 la autoridad ambiental emitió el acuerdo administrativo mediante el cual se determinó desechar la solicitud correspondiente, debido a que la información presentada no atendió adecuadamente los requerimientos formulados ni permitió identificar con claridad los posibles efectos ambientales significativos y las medidas necesarias para evitar desequilibrios ecológicos. 

En relación con el proyecto “Construcción de un Muelle para Cruceros de Uso Privado, Terminal Portuaria en Mahahual, Q. Roo”, la DGIRA identificó la existencia de dos trámites distintos relacionados con el mismo objeto de intervención:
  • Un Aviso de No Requerimiento de autorización en materia de impacto ambienta.
  • Una solicitud de modificación de proyecto para modernización de infraestructura portuaria. 
Durante el análisis técnico se identificaron inconsistencias sustantivas entre ambos procedimientos, ya que mientras uno planteaba actividades de mantenimiento y rehabilitación, el otro contemplaba la demolición parcial, ampliación y construcción de nueva infraestructura sobre el mismo muelle. 

Mediante acuerdo administrativo de fecha 20 de mayo de 2026, la DGIRA no autorizó la modificación del proyecto relativo a dicho muelle.

Como ha señalado públicamente la Secretaria Alicia Bárcena, el proyecto “Perfect Day” no será aprobado.

Posteriormente, el 19 de mayo de 2026, la promovente presentó formalmente el desistimiento del procedimiento de evaluación ambiental del proyecto “Perfect Day”, por lo que la DGIRA realizó las actuaciones administrativas correspondientes para concluir el procedimiento conforme a derecho y de acuerdo con la legislación ambiental aplicable. 

La SEMARNAT reitera que las decisiones en materia ambiental se toman con base en criterios técnicos, jurídicos y científicos, privilegiando la protección de los ecosistemas y el interés público. Igualmente, que la protección del Sistema Arrecifal Mesoamericano, los manglares, acuíferos y ecosistemas costeros del Caribe mexicano constituye una prioridad ambiental para el Gobierno de México.

México impulsa un desarrollo sustentable que armonice el crecimiento económico y turístico con la protección de los ecosistemas y el patrimonio natural del país.

La Secretaría refrenda su compromiso con una política ecológica y ambiental humanista sustentada en criterios técnicos, científicos, preventivos y de legalidad.

miércoles, 20 de septiembre de 2023

Cámara de Diputados aprueba reformas para proteger los humedales

México es hogar de una gran variedad de humedales, que desempeñan un papel crucial en la conservación de la biodiversidad y en la regulación de los recursos hídricos. Se estima que estos ecosistemas han perdido 87 por ciento de su extensión por lo que se requiere visibilizar sus beneficios e importancia ecológica.

Los humedales son importantes ecológicamente porque proveen de hábitat, alimento, refugio y áreas de crianza, por ello, la Cámara de Diputados avaló en lo general con 409 votos a favor, reforma a la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, para establecer acciones para la preservación, conservación y protección de estos ecosistemas.

Al respecto, la diputada Adriana Bustamante Castellanos (MORENA) indicó que, al no estar debidamente regulada la conservación y protección de los humedales en la legislación, es necesario proteger los recursos naturales de la nación en beneficio de las y los mexicanos y de las futuras generaciones.

De acuerdo con datos de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, informó la legisladora, existen 142 humedales de importancia internacional, y abarcan una superficie de 8 millones de hectáreas en nuestro país, sin embargo, en México se ya perdió 67 por ciento de estos ecosistemas.

En la discusión en lo particular, el dictamen se aprobó con 397 votos, con las reservas presentadas por la diputada Marisol García Segura (MORENA) a fin de fortalecer el mecanismo para la protección de los sitios Ramsar con la información mínima necesaria que deberán contener los programas de manejo.

Cabe destacar que la reforma establece que se considerarán de utilidad pública, la formulación y ejecución de acciones de preservación, conservación y protección de los humedales de importancia internacional y, en su caso, la restauración de los mismos.

El proyecto de decreto que se remitió al Senado, se define que los humedales de importancia internacional o sitios Ramsar, deberán disponer de un programa de manejo de acuerdo a los tratados internacional, además de que deberán promover la coordinación de los tres órdenes de gobierno.

Asimismo, señala que será facultad de la federación la administración y manejo de los humedales de importancia internacional que se encuentren en áreas naturales protegidas de competencia de la federación.

martes, 27 de abril de 2021

Publica Diario Oficial de la Federación decreto que acota el cambio de uso de suelo en terrenos forestales

• El documento reforma la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, y entrará en vigor hoy martes.

Por Mario Ruiz Hernández

VALLE DE MÉXICO, a 27 de abril del 2021.-El Diario Oficial de la Federación (DOF), publicó ayer lunes el decreto que reforma la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, para acotar el cambio de uso de suelo en terrenos forestales.

El documento, que reforma los artículos 18, 20, 24, 93, 97 y 99 de dicha legislación, entrará en vigor este martes 27 abril.

Establece que no se podrá otorgar autorización de cambio de uso del suelo en terrenos “forestales donde la pérdida de cubierta forestal fue ocasionada por incendio, tala o desmonte”, sin que hayan pasado 20 años y se acredite a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) que la vegetación forestal afectada se ha regenerado.

Tratándose de terrenos ubicados en territorios indígenas, la autorización de cambio de uso de suelo además deberá acompañarse de medidas de consulta previa, libre, informada culturalmente adecuada y de buena fe, en los términos de la legislación aplicable. Para ello, la Semarnat se coordinará con el Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas.

Señala que las diversas instancias del Gobierno Federal, de las entidades federativas y de los municipios no otorgarán apoyos o incentivos económicos para actividades en terrenos forestales cuyo cambio de uso de suelo no haya sido autorizado por la Semarnat.

Estipula que la Semarnat sólo podrá autorizar el cambio de uso de suelo en terrenos forestales por excepción, previa opinión técnica de los miembros del Consejo Estatal Forestal de que se trate, con base en estudios técnicos justificativos que demuestren:

Que la biodiversidad de los ecosistemas que se verán afectados se mantenga, y que la erosión de los suelos, “la capacidad de almacenamiento de carbono”, el deterioro de la calidad del agua o la disminución en su captación se mitiguen en las áreas afectadas por la remoción de la vegetación forestal.

Además, la Semarnat, con la participación de la Comisión Nacional Forestal, coordinará con la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural la política de uso del suelo para estabilizar su uso agropecuario, con el desarrollo de prácticas sustentables que eviten que la producción agropecuaria crezca a costa de los terrenos forestales.