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jueves, 30 de julio de 2026

Publica DOF acuerdo del INE para el monitoreo de noticiarios en el Proceso Electoral Federal 2026-2027

  • Se establece la metodología, el catálogo de programas y los requerimientos técnicos para el monitoreo de noticiarios de radio y televisión durante las precampañas y campañas federales
  • Incorpora nuevas variables de análisis con perspectiva de género e interseccionalidad y amplía el catálogo a más de 500 programas en todo el país

El Diario Oficial de la Federación (DOF) publicó el acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) mediante el cual se ordena la realización del monitoreo de noticiarios de radio y televisión durante las etapas de precampaña y campaña en el marco del Proceso Electoral Federal 2026-2027, con lo cual el instrumento adquiere plena fuerza jurídica y visibilidad pública.

Cabe recordar que el acuerdo plantea una metodología con 14 variables de análisis, entre ellas tiempos de transmisión, género periodístico, valoración de la información, igualdad de género y no discriminación, Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género (VPMRG), presencia de estereotipos relacionados con grupos en situación de discriminación y mecanismos discursivos indirectos de descalificación de personas precandidatas o candidatas.

El catálogo aprobado incluye 59 noticiarios de mayor audiencia para la etapa de precampaña y 489 para la etapa de campaña, además de 10 programas de espectáculos o revista y cuatro de debate, opinión y análisis, alcanzando un total de 73 espacios monitoreados en precampaña y 503 en campaña.

De la misma forma, el acuerdo instruye a la Secretaría Ejecutiva del Instituto a emitir la convocatoria dirigida a instituciones de educación superior para realizar el monitoreo, anexando la metodología, el catálogo y los requerimientos técnicos en los convenios de colaboración, lo que asegura la participación académica en el análisis de contenidos y fortalece la transparencia del proceso.

La publicación en el DOF marca el inicio formal de la aplicación de este mecanismo, cuyos resultados serán difundidos cada 15 días en el portal del INE, permitiendo a la ciudadanía conocer de manera objetiva y sistemática el tratamiento que los medios otorgarán a partidos, coaliciones y candidaturas.

viernes, 17 de julio de 2026

Avanza publicación de convenios entre Secretaría de las Mujeres y entidades para recursos destinados a Alertas de Violencia de Género

  • Con la emisión progresiva en el Diario Oficial de la Federación (DOF) de estos instrumentos jurídicos se da seguimiento al financiamiento en territorio para la atención de las violencias contra las mujeres
  • Los recursos, por más de 131 millones de pesos, forman parte del Programa para la Prevención y Detección de las Violencias Feminicidas y la Atención a las Causas
  • Las entidades se comprometen a transparentar su ejercicio mediante fiscalización federal e informes técnicos

El Gobierno de México avanza en la formalización y publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF) de los convenios específicos de colaboración con las entidades federativas, mediante los cuales se garantiza la asignación y el ejercicio de los recursos destinados a atender las Alertas de Violencia de Género contra las Mujeres (AVG).

A través de estos mecanismos, coordinados por la Secretaría de las Mujeres por conducto de la Subsecretaría del Derecho a una Vida Libre de Violencias, se establecen las metas técnico-operativas y los lineamientos presupuestales para robustecer las acciones locales de prevención, seguridad y acceso a la justicia. 

El proceso de publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF) se realiza de manera progresiva, con la emisión, a la fecha, del instrumento correspondiente al estado de Baja California, al que se le asignaron 8 millones 279 mil 391 pesos para la ejecución del proyecto. 

Estos recursos públicos ascienden a más de 131 millones de pesos a nivel nacional para el actual ejercicio fiscal y forman parte del Programa para la Prevención y Detección de las Violencias Feminicidas y la Atención a las Causas, que articula esfuerzos con los Centros de Justicia para las Mujeres y los Espacios de Refugio Especializados.

El presupuesto destinado para las Alertas de Violencia de Género tiene por objetivo el fortalecimiento de la investigación ministerial, la contratación de personal profesional con perspectiva de género para la atención y acompañamiento a víctimas y para el desarrollo de acciones de prevención en los municipios bajo declaratoria de alerta.

En cumplimiento a las reglas establecidas en los convenios, las instancias responsables en las entidades federativas asumen la obligación de transparentar el gasto mediante la entrega de informes parciales y finales de avance físico-financiero, así como reportes detallados de cierre de ejercicio. 

El control, aplicación y ejercicio de estos recursos públicos federales se mantendrán bajo la estricta vigilancia de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno y la Auditoría Superior de la Federación.

La articulación de estos subsidios con los gobiernos locales consolida una estrategia de protección integral que coloca los recursos del Estado de manera honesta, eficiente y directa en las regiones de mayor vulnerabilidad.

Bajo la conducción de la Presidenta Claudia Sheinbaum Pardo, el Gobierno de México refrenda su compromiso con la justicia territorial y la erradicación de las causas estructurales que reproducen la violencia feminicida.

lunes, 29 de junio de 2026

Presidenta Sheinbaum firma convocatoria para consulta de iniciativa de Ley General de Derechos de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos

  • Para su consulta con las 16 mil 728 comunidades de los 69 pueblos indígenas y el pueblo afromexicano del país, la ley se traducirá en las 68 lenguas indígenas que se hablan en el país
  • Tras ser aprobada por los pueblos originarios, la ley será enviada a la Cámara de Diputados el 12 de octubre en el marco del Día de la Nación Pluricultural

La Presidenta de México, Claudia Sheinbaum Pardo, firmó la convocatoria para someter a diálogo y consulta, con las 16 mil 728 comunidades de los 69 pueblos indígenas y el pueblo afromexicano del país, la propuesta de iniciativa de la Ley General de Derechos de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos, que tiene por objetivo promover, proteger, garantizar e implementar sus derechos.

“Por primera vez en la historia del México independiente hay un reconocimiento pleno de los derechos de los pueblos. Ese es el primer punto. Ahí mismo viene el tema de la discriminación, porque se garantizan todos los derechos, colectivos e individuales. Pero el tercero, que es igual de importante, es la parte del pensamiento de los gobiernos de la Cuarta Transformación, que es el Humanismo Mexicano. Que tiene un pilar en las grandes civilizaciones que existían antes de que llegaran los españoles, de que nos invadieran los españoles, y que persisten hasta ahora".

“Ahora que vino el rey de España, el Jefe del Estado español, después del debate del perdón, que nosotros seguimos pensando que el perdón es lo mejor que pudiera haber porque engrandece a los pueblos, pero el rey dio un paso al hablar de los abusos de La Conquista y por eso el recibirlo aquí. Pero en esa reunión lo que yo le insistí muchísimo es que el perdón, y más allá del propio perdón, lo más importante para México es la identidad que representa para todas y todos los mexicanos el reconocimiento de los pueblos”, puntualizó en la conferencia matutina: “Las Mañaneras del Pueblo”.

Explicó que la convocatoria se publica en el Diario Oficial de la Federación (DOF), para que posterior a su consulta y aprobación por parte de los pueblos indígenas y afromexicanos, se presente a la Cámara de Diputados el 12 de octubre en el marco del Día de la Nación Pluricultural.

“Es un ejercicio único en la historia de México y es un reconocimiento de lo que significa para México reconocer la grandeza cultural de México, que viene de hace miles de años”, agregó.

La Jefa del Ejecutivo Federal señaló que en los gobiernos de la Cuarta Transformación hay un reconocimiento pleno de los derechos de los pueblos indígenas y afromexicanos, por ello, por primera vez se les ha asignado un presupuesto que se entrega directamente a través del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social para los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas (FAISPIAM).

El Director General del Instituto Nacional de Pueblos Indígenas, Adelfo Regino Montes, explicó que esta iniciativa reconoce a los pueblos indígenas y afromexicanos como sujetos de derecho público con personalidad jurídica y patrimonio propio, para que puedan ejercer su libre determinación, autonomía y participen en la vida pública nacional. Detalló que la propuesta incluye ocho libros y un régimen transitorio:
  • Pueblos y Comunidades Indígenas como sujetos de derecho público: Se establecen los principios y las bases para que de manera colectiva se constituyan y ejerzan su personalidad jurídica, asuman las facultades y funciones derivadas por dicho reconocimiento y tengan una relación de respeto y coordinación con todas las autoridades del Estado mexicano.
  • Libre determinación y autonomía de los pueblos indígenas: Se define el régimen constitucional de la autonomía indígena, para que sea realmente eficaz en los niveles comunitario, municipal y regional, y en las diversas materias establecidas en la Constitución Federal, como la restitución de tierras, la propiedad intelectual colectiva, los Planes de Justicia y los caminos artesanales, asegurando sus derechos de participación y representación en la vida pública nacional.
  • Pueblos y Comunidades afromexicanas: Se desarrollan los principios y normas para que ejerzan su carácter de sujetos de derecho público y su derecho de autonomía, bajo un enfoque de inclusión y evitando cualquier tipo de discriminación y racismo.
  • Derechos de las mujeres, niñez, adolescencia y juventud indígena y afromexicana: Se garantizan sus derechos mediante un conjunto de acciones afirmativas y reparatorias, que fortalezcan su participación política, propiedad y posesión de la tierra y una vida libre de violencias, a fin de alcanzar la igualdad sustantiva.
  • Personas migrantes, adultas mayores y con discapacidad indígenas y afromexicanas: Se determinan sus derechos individuales para garantizar su inclusión y su desarrollo integral con justicia y dignidad.
  • Consulta y Consentimiento Libre, Previo e Informado: Se establecen las bases, metodologías y procedimientos para la efectiva implementación del derecho a la consulta, con la finalidad de obtener el consentimiento o, en su caso, llegar a un acuerdo justo sobre las medidas administrativas y legislativas que puedan afectarles.
  • Distribución de competencias y coordinación de la Federación, las entidades federativas, los municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México: Su objetivo es que haya una buena coordinación entre los diversos niveles de gobierno para garantizar el cumplimiento de sus derechos, y su desarrollo integral, intercultural y sostenible.
  • Responsabilidades, procedimientos, delitos, sanciones y juicio de amparo indígena y afromexicano: Tiene el propósito de que todos los agravios cometidos en su contra sean debidamente sancionados y que sus derechos inalienables sean tutelados por el juicio de amparo indígena y afromexicano.
  • Informó que la ley se traducirá en las 68 lenguas indígenas que se hablan en el país con apoyo de la Universidad de las Lenguas Indígenas de México y del Instituto Nacional de Lenguas Indígenas.
La Consejera Jurídica del Ejecutivo Federal, Luisa María Alcalde, explicó que la consulta se realizará en las 16 mil 728 comunidades de los 69 pueblos indígenas y el pueblo afromexicano, con el objetivo de recibir opiniones, sugerencias y planteamientos sobre la iniciativa. Este proceso se divide en cinco etapas:
  • Publicación de la convocatoria en el DOF.
  • Hasta el 6 de agosto se informará a las comunidades sobre el contenido de la ley.
  • Del 7 de agosto al 13 de septiembre cada comunidad hará una deliberación en 82 asambleas regionales y siete mesas de trabajo.
  • Del 21 de septiembre al 11 de octubre se realizará un estudio y adecuación de la iniciativa.
  • Presentación formal al Congreso de la Unión el 12 de octubre en el marco del Día de la Nación Pluricultural.

viernes, 15 de agosto de 2025

INEGI: Pobreza Multidimensional


En 2024, en México 38.5 millones de personas se encontraban en situación de pobreza multidimensional; 7.0 millones estaban
en situación de pobreza extrema

  • El INEGI por primera vez realiza la medición de la pobreza multidimensional, atribución conferida por la reforma constitucional publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 20 de diciembre de 2024, y reglamentada con la reforma a leyes secundarias, que entró en vigor el 17 de julio de 2025.
  • En 2024, la población en situación de pobreza fue de 29.6 %: en México, 3 de cada 10 personas no tenían garantizado el ejercicio de al menos uno de sus derechos sociales, como educación, salud, seguridad social, vivienda y alimentación y su ingreso mensual por persona no fue suficiente para adquirir una canasta alimentaria, bienes ni servicios necesarios.
  • Entre 2022 y 2024, la población en situación de pobreza multidimensional pasó de 46.8 a 38.5 millones: la disminución fue de 8.3 millones de personas. La población en situación de pobreza extrema se redujo de 9.1 a 7.0 millones.
  • Entre 2022 y 2024 aumentó el porcentaje de población vulnerable por carencias sociales en 2.7 puntos porcentuales para ubicarse en 32.2 % en 2024, a pesar de que se redujeron las carencias por acceso a educación, salud, seguridad social, vivienda y alimentación.
I. antecedentes

La medición oficial de pobreza en México responde a la necesidad de contar con información confiable y comparable, en el tiempo y en el espacio, sobre el estado del desarrollo social del país para formular, implementar y dar seguimiento a la política pública. Con base en los principios de la Ley General de Desarrollo Social (LGDS), la medición se diseñó con perspectiva multidimensional y enfoque de derechos. El Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (CONEVAL) realizó la medición de la pobreza multidimensional entre 2008 y 2022 con una periodicidad bienal, a nivel nacional y por entidad federativa. Para el ámbito municipal la periodicidad fue quinquenal. 

La reforma constitucional que se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 20 de diciembre de 2024 y las reformas de las leyes secundarias que entraron en vigor el 17 de julio de 2025 mandataron la extinción del CONEVAL y la transferencia de las funciones de medición de pobreza y evaluación integral de la política de desarrollo social al Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI). Dichas funciones se enmarcan en los principios de independencia, objetividad, transparencia y rigor técnico. Con el fin de asegurar la continuidad y consistencia de la serie que inició en 2016, esta medición se realizó en apego a los Lineamientos y criterios generales para la definición, identificación y medición de la pobreza y su anexo único (Metodología para la Medición de la Pobreza en México), que emitió el CONEVAL.

De acuerdo con la metodología, la medición de la pobreza multidimensional cuenta con tres espacios analíticos: derechos sociales, bienestar económico y contexto territorial. El primero se refiere a los elementos mínimos o esenciales para el ejercicio de los derechos sociales (educación, salud, seguridad social, vivienda y alimentación). El segundo incorpora el ingreso como medio para satisfacer las necesidades alimentarias y no alimentarias. El tercer espacio analítico se refiere al contexto territorial, que da cuenta de aspectos que trascienden el ámbito individual e incorpora elementos relacionales y del entorno. Para efectos de la medición, se consideran los derechos sociales y el bienestar económico. Por su naturaleza, el contexto territorial se reporta con indicadores complementarios.  

El INEGI, a través de la Coordinación General de Medición de Pobreza y Evaluación Integral de la Política de Desarrollo Social (de reciente creación), realizó un análisis detallado de la información de la Encuesta Nacional de Ingresos y Gastos de los Hogares (ENIGH) 2024 y aplicó los mismos criterios y procesos que realizaba el CONEVAL para la identificación y medición de la pobreza. Además, en el marco de su autonomía técnica y de gestión, el INEGI mantuvo todos los mecanismos de transparencia y replicabilidad que, históricamente, han caracterizado la medición de la pobreza multidimensional.
Los resultados, que se ponen a disposición de las personas usuarias, ofrecen un diagnóstico actualizado de las condiciones de vida de la población y permiten hacer comparaciones en el tiempo y en el espacio. Asimismo, identifican desigualdades entre grupos de población y desafíos pendientes para el desarrollo social del país.

II. principales resultados

La población en situación de pobreza multidimensional es aquella cuyos ingresos son insuficientes para adquirir los bienes y los servicios que requiere para satisfacer sus necesidades y no tiene garantizado el acceso a alguno de los derechos sociales de educación, salud, seguridad social, vivienda y alimentación. 

Para identificar a la población en situación de pobreza multidimensional se considera a quienes presentan carencia en al menos uno de los seis indicadores —rezago educativo, acceso a los servicios de salud, acceso a la seguridad social, calidad y espacios de la vivienda, servicios básicos en la vivienda y acceso a la alimentación nutritiva y de calidad— y tienen un ingreso inferior a las líneas de pobreza, según ámbito rural y urbano. Dichas líneas de pobreza por ingreso equivalen al valor monetario mensual de la canasta alimentaria más la canasta no alimentaria, por persona. 

Para identificar a la población en situación de pobreza extrema se considera a quienes presentan tres carencias o más y tienen un ingreso inferior a las líneas de pobreza extrema por ingresos, según ámbito rural y urbano, equivalentes al valor monetario mensual de la canasta alimentaria, por persona (ver cuadro 1).


III. pobreza multidimensional

En 2024, a nivel nacional, el porcentaje de la población en pobreza multidimensional fue 29.6 %, es decir, 3 de cada 10 personas en México se encontraban en esta situación.

Al comparar con 2022, en 2024 el porcentaje de la población en situación de pobreza multidimensional disminuyó 6.8 puntos porcentuales (ver cuadro 1).

En 2024, las cinco entidades federativas con los porcentajes más altos de población en situación de pobreza multidimensional fueron Chiapas, con 66.0 %; Guerrero, con 58.1 %; Oaxaca, con 51.6 %; Veracruz, con 44.5 %; y Puebla, con 43.4 por ciento. En contraste, las cinco entidades con los porcentajes más bajos fueron Baja California, con 9.9 %; Baja California Sur, con 10.2 %; Nuevo León, con 10.6 %; Coahuila, con 12.4 %; y Sonora, con 14.1 % (ver mapa 1).


IV. pobreza extrema

En 2024, el porcentaje de población en situación de pobreza extrema fue 5.3 %, lo que representa una reducción de 9.1 a 7.0 millones de personas entre 2022 y 2024. Sin embargo, destaca que el número de carencias promedio de esta población se mantuvo en 3.8 carencias (ver cuadro 1).

Las cinco entidades con los porcentajes más altos de población en situación de pobreza extrema, en 2024, fueron Chiapas, con 27.1 %; Guerrero, con 21.3 %; Oaxaca, con 16.3 %; Veracruz, con 8.8 %; y Puebla, con 7.3 por ciento. En cambio, las cinco entidades con los porcentajes más bajos fueron Baja California, con 0.4 %; Nuevo León, con 0.5 %; Aguascalientes, con 0.6 %; Coahuila, con 0.8 %; y Colima, con 1.0 % (ver mapa 2).

1 Estos porcentajes tienen un nivel de precisión moderado (el coeficiente de variación se ubicó en el rango de [15,30) por ciento), a excepción de Baja California que tiene un nivel de precisión bajo (coeficiente de variación de 30 por ciento en adelante).


V. carencias sociales

El espacio de los derechos sociales, contemplado en la medición de pobreza multidimensional, permite identificar a las personas que no cuentan con los elementos mínimos para acceder a estos.

Como se muestra en la gráfica 1, en 2024 todas las carencias sociales se redujeron. No obstante, las personas vulnerables por carencias sociales aumentaron de 37.9 en 2022 a
41.9 millones en 2024.


VI. rezago educativo

En 2024, a nivel nacional, 24.2 millones de personas presentaron rezago educativo. Entre 2022 y 2024, el porcentaje de la población con esta carencia pasó de 19.4 a 18.6 por ciento. En términos absolutos, el número de personas disminuyó 0.8 millones. En 2024, en el ámbito urbano, 15.1 millones de personas presentaron esta carencia. En el rural, la cifra fue de 9.2 millones.

Entre 2022 y 2024, el rezago educativo se redujo en 25 entidades. En puntos porcentuales, dicho rezago disminuyó en Michoacán (3.2), Querétaro (3.1) e Hidalgo (2.0). Por su parte, seis entidades aumentaron su rezago educativo, principalmente en: Chiapas pasó de 31.1 a 34.0 %; Oaxaca, de 29.1 a 30.5 %; y Veracruz, de 25.5 a 26.3 por ciento. Finalmente, Tabasco se mantuvo como en 2022 (17.9 %).

VII. carencia por acceso a los servicios de salud

En 2024, a nivel nacional, 44.5 millones de personas presentaron la carencia por acceso a servicios de salud. Entre 2022 y 2024, el porcentaje de la población con carencia por acceso a los servicios de salud a nivel nacional disminuyó de 39.1 a 34.2 por ciento. En 2024, 30.6 millones de personas presentaron esta carencia en el ámbito urbano. En el ámbito rural, la cifra fue de 13.9 millones de personas.

2 De las 25 reducciones, cinco fueron estadísticamente significativas.
La disminución de Hidalgo no es estadísticamente significativa.

Entre 2022 y 2024, la carencia por acceso a los servicios de salud se redujo en 27 entidades federativas. La entidad con mayor reducción fue Oaxaca (de 65.7 a 43.9 %). Siguieron Guerrero (de 52.7 a 38.9 %) y Tabasco (de 44.8 a 35.1 %). Por su parte, en cinco entidades aumentó la carencia: las de mayor incremento fueron Baja California Sur (de 17.3 a 19.6 %) y Colima (de 21.9 a 24.0 %).

VIII. carencia por acceso a la seguridad social

En 2024, a nivel nacional, 48.2 % de la población presentó la carencia por acceso a seguridad social. Entre 2022 y 2024, esta carencia disminuyó dos puntos porcentuales: pasó de 50.2 a 48.2 % de la población. En 2024, en el ámbito urbano, 41.5 millones de personas presentaron esta carencia; en el rural, 21.2 millones.

Entre 2022 y 2024, la carencia por acceso a la seguridad social se redujo en 28 entidades federativas. Los tres estados con mayores disminuciones fueron Querétaro (de 43.2 a 37.4 %), Guanajuato (de 50.2 a 46.0 %) y Zacatecas (de 57.0 a 52.9 %). En contraste, San Luis Potosí (de 48.2 a 51.2 %), Colima (de 35.9 a 37.3 %) y Guerrero (de 71.6 a 72.6 %) fueron las entidades que presentaron un mayor aumento en dicha carencia.

IX. carencia por calidad y espacios de la vivienda

En 2024, a nivel nacional, 7.9 % de la población presentó carencia por calidad y espacios de la vivienda. Entre 2022 y 2024, el número de personas con esta carencia pasó de 11.7 a 10.3 millones de personas. En 2024, 5.8 millones de personas presentaron esta carencia en el ámbito urbano y 4.5 millones en el ámbito rural.

Entre 2022 y 2024, esta carencia disminuyó en 27 entidades federativas. Los estados con mayor reducción en la carencia por calidad y espacios de la vivienda fueron Quintana Roo (de 14.0 a 10.4 %), Nayarit (de 10.8 a 7.7 %) y Chiapas (de 22.1 a 19.0 %). En contraste, las entidades federativas con mayores aumentos de esta carencia fueron Baja California Sur (de 8.6 a 10.9 %), Colima (de 4.7 a 6.0 %) y Michoacán (de 10.3 a 11.1 %).

X. carencia por acceso a los servicios básicos en la vivienda

En 2024, a nivel nacional, 18.4 millones de personas presentaron carencia por acceso a los servicios básicos en la vivienda. Entre 2022 y 2024, el porcentaje de la población con esta carencia disminuyó de 17.8 a 14.1 por ciento. En 2024, en el ámbito urbano, 5.9 millones de personas presentaron esta carencia; en el rural, 12.5 millones.

4 De las 27 disminuciones, 16 fueron estadísticamente significativas.
5De las 28 reducciones, cinco fueron disminuciones estadísticamente significativas.
6Diferencias estadísticamente no significativas.
7De las 27 disminuciones, tres fueron estadísticamente significativas.
8De las entidades federativas listadas, solo Quintana Roo tuvo un cambio estadísticamente significativo.

Entre 2022 y 2024, en todas las entidades federativas —con excepción de Colima— se redujo la carencia por acceso a servicios básicos en la vivienda. Los estados con mayor disminución de dicha carencia fueron Quintana Roo (de 22.5 a 12.0 %), Tabasco (de 43.9 a 33.8 %) y Veracruz (de 37.4 a 28.5 %).

XI. carencia por acceso a la alimentación nutritiva y de calidad

En 2024, a nivel nacional, 14.4 % de la población presentó la carencia por acceso a la alimentación nutritiva y de calidad. Entre 2022 y 2024, el número de personas con esta carencia pasó de 23.4 a 18.8 millones de personas. En 2024, 12.6 millones de personas presentaron esta carencia en el ámbito urbano, en comparación con 6.1 millones en el ámbito rural.

Entre 2022 y 2024, todas las entidades federativas —excepto Chihuahua— redujeron la carencia por acceso a la alimentación nutritiva y de calidad. Los estados con mayores reducciones en el porcentaje de población que presentó esta carencia fueron Veracruz (de 21.6 a 14.2 %), Aguascalientes (de 15.6 a 8.7 %) y Tabasco (de 38.9 a 32.7 %).

XII. bienestar económico

En el espacio del bienestar económico se identifica a las personas cuyos ingresos son insuficientes para adquirir los bienes y servicios que requieren para satisfacer sus necesidades de forma mensual. Para la operacionalización de este indicador, se toman como base las Líneas de Pobreza por Ingresos (LPI) y las de Pobreza Extrema por Ingresos (LPEI), según ámbito rural y urbano.

En 2024, a nivel nacional, 46.0 millones de personas tenían un ingreso inferior a las LPI. Lo anterior significa que 35 de cada 100 personas en México no contaban con los recursos monetarios suficientes para adquirir los bienes y servicios para satisfacer sus necesidades (alimentarias y no alimentarias) al mes.

Entre 2022 y 2024, el porcentaje de la población con un ingreso inferior a las LPI (valor monetario de la canasta alimentaria más la canasta no alimentaria por persona al mes) se redujo de 43.5 a 35.4 por ciento. En términos absolutos, el cambio fue de 56.1 a 46.0 millones de personas.

En 2024, a nivel nacional, 12.1 millones de personas contaban con un ingreso inferior a las LPEI (valor monetario de la canasta alimentaria por persona al mes).

Entre 2022 y 2024, el porcentaje de la población que reportó un ingreso inferior a las LPEI pasó de 12.1 a 9.3 por ciento. Esto representó un cambio de 15.5 a 12.1 millones de personas que no pudieron adquirir los productos de la canasta alimentaria.

9 De las 31 disminuciones, 18 fueron estadísticamente significativas.
10 De las 31 disminuciones, 18 fueron estadísticamente significativas.

En el marco de la medición de la pobreza multidimensional 2024, la ENIGH permitió, por primera vez, la identificación de la población afrodescendiente en situación de pobreza, carencia y/o vulnerabilidad.

Como en su momento el CONEVAL, el INEGI hace del conocimiento público una nota técnica en la que se detallan los análisis que se realizaron a la ENIGH y los procedimientos que se llevaron a cabo para procurar la comparabilidad. Con lo anterior se aseguró la continuidad y consistencia de la medición. Asimismo, y con el fin de mantener la transparencia y la replicabilidad de la medición, el INEGI publica los programas de cálculo en Stata, R y Python. Finalmente, en seguimiento a los estándares de calidad que rigen al Instituto en el manejo de microdatos, se publican por primera vez errores estándar para todos los indicadores.

Las estimaciones de pobreza a nivel nacional, por entidad federativa y por grupos de población, además de infografías por entidad federativa, están disponibles en https://inegi.org.mx/desarrollosocial/pm/

jueves, 9 de enero de 2025

SEMARNAT presenta Ventanilla Electrónica Ambiental

* La Ventanilla Electrónica Ambiental tiene el objetivo de facilitar el acceso ágil, transparente y eficiente de las personas a los trámites y servicios ambientales digitalizados


Se publicó hoy en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Acuerdo por el que se da a conocer la Ventanilla Electrónica Ambiental (VEA) de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), la cual tiene como objetivo facilitar el acceso ágil, transparente y eficiente de las personas a los trámites y servicios ambientales digitalizados, mediante una plataforma digital integral que centraliza, automatiza y simplifica los procesos administrativos.

Entre otras bondades, la VEA promueve también la sostenibilidad, la innovación tecnológica y el cumplimiento normativo en la interacción entre la dependencia federal y la sociedad.

El sitio web propone un esquema de ingreso, evaluación y resolución de trámites utilizando medios digitales que permiten agilizar los procesos de atención, así como dar trazabilidad al intercambio de información entre las y los funcionarios públicos y las personas promoventes.

Esta herramienta tecnológica es el primer paso hacia la digitalización de trámites en la SEMARNAT ya que alojará los trámites que se digitalicen. Los primeros 11 trámites digitales estarán disponibles a partir del 5 de febrero.

Con el lanzamiento de la VEA, la SEMARNAT avanza en el cumplimiento del compromiso 17, de los 100 compromisos de la Presidenta Claudia Sheinbaum Pardo para continuar con la Cuarta Transformación, al impulsar el proceso de simplificación y digitalización de trámites más importante de la historia de México.

lunes, 9 de diciembre de 2024

INEGI: Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC)

ÍNDICE NACIONAL DE PRECIOS AL CONSUMIDOR (INPC) 
Noviembre de 2024 

El Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) da a conocer los resultados del Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC). Su objetivo es medir la variación de los precios de una canasta de bienes y servicios representativa del consumo de los hogares mexicanos que adquiere una o un consumidor urbano promedio. 

En noviembre de 2024, el INPC aumentó 0.44 % respecto al mes anterior. Con este resultado, la inflación general anual se ubicó en 4.55 por ciento. En el mismo mes de 2023, la inflación mensual fue de 0.64 % y la anual, de 4.32 por ciento. 

El índice de precios subyacente incrementó 0.05 % a tasa mensual y 3.58 % a tasa anual. El índice de precios no subyacente registró un alza de 1.73 % mensual y de 7.60 % anual. 

Al interior del índice subyacente, a tasa mensual, los precios de las mercancías descendieron 0.27 % y los de servicios crecieron 0.35 por ciento. 

Dentro del índice no subyacente, a tasa mensual, los precios de los productos agropecuarios subieron 0.62 % y los de energéticos y tarifas autorizadas por el gobierno, 2.64 por ciento. Lo anterior, en mayor medida, por la conclusión del subsidio al programa de tarifas eléctricas de temporada de verano en 11 ciudades del país donde el INPC tiene cobertura.

Cuadro 1 
VARIACIÓN E INCIDENCIA DEL ÍNDICE NACIONAL DE PRECIOS AL CONSUMIDOR Y SUS COMPONENTES 
noviembre de los años que se indican
1/ La incidencia se refiere a la contribución, en puntos porcentuales, de cada componente del INPC a la inflación general. Esta se calcula utilizando los ponderadores de cada subíndice, así como los precios relativos y sus respectivas variaciones. En ciertos casos, la suma de los componentes de algún grupo de subíndices puede presentar discrepancias por efectos de redondeo. 
2/ Incluye alimentos procesados, bebidas y tabaco. No incluye productos agropecuarios. 
3/ Incluye vivienda propia, renta de vivienda, servicio doméstico y otros servicios para el hogar. 
4/ Incluye loncherías, fondas y taquerías, restaurantes y similares, servicio de telefonía móvil, mantenimiento de automóvil, consulta médica, servicios turísticos en paquete, entre otros. 
Fuente: INEGI. Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC), 2024.

NOTA TÉCNICA 

ÍNDICE NACIONAL DE PRECIOS AL CONSUMIDOR 
Noviembre de 2024 

El Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) da a conocer los resultados del Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC). Su finalidad es obtener la evolución de los precios de los bienes y servicios representativos que consumen las familias en México y que adquiere una o un consumidor urbano promedio. 

ÍNDICE NACIONAL DE PRECIOS AL CONSUMIDOR 

En noviembre de 2024, el INPC incrementó 0.44 % a tasa mensual. En el mismo mes de 2023, creció 0.64 por ciento. 

Gráfica 1 
VARIACIÓN DEL ÍNDICE NACIONAL DE PRECIOS AL CONSUMIDOR 
noviembre de los años que se indican 
(variación porcentual mensual)
Fuente: INEGI. Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC), 2024. 

En el siguiente cuadro se presentan las variaciones e incidencias del INPC y sus componentes.

Cuadro 1 
VARIACIÓN E INCIDENCIA DEL ÍNDICE NACIONAL DE PRECIOS AL CONSUMIDOR Y SUS COMPONENTES 
noviembre de los años que se indican
1/ La incidencia se refiere a la contribución, en puntos porcentuales, de cada componente del INPC a la inflación general. Esta se calcula utilizando los ponderadores de cada subíndice, así como los precios relativos y sus respectivas variaciones. En ciertos casos, la suma de los componentes de algún grupo de subíndices puede presentar discrepancias por efectos de redondeo. 
2/ Incluye alimentos procesados, bebidas y tabaco. No incluye productos agropecuarios. 
3/ Incluye vivienda propia, renta de vivienda, servicio doméstico y otros servicios para el hogar. 
4/ Incluye loncherías, fondas y taquerías, restaurantes y similares, servicio de telefonía móvil, mantenimiento de automóvil, consulta médica, servicios turísticos en paquete, entre otros. Fuente: INEGI. Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC), 2024. 

COMPONENTES DEL ÍNDICE NACIONAL DE PRECIOS AL CONSUMIDOR 

En noviembre de 2024, la variación mensual de los índices subyacente1 y no subyacente fue de 0.05 y 1.73 %, respectivamente. En el mismo mes de 2023, fue de 0.26 y 1.81 por ciento. 

1 La inflación subyacente se obtiene eliminando, del cálculo del Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC), los bienes y servicios cuyos precios son más volátiles, o bien, que su proceso de determinación no responde a condiciones de mercado. Así, los grupos que se excluyen son agropecuarios, energéticos y tarifas autorizadas por distintos órdenes de gobierno.

Gráfica 2 
VARIACIÓN DE LOS ÍNDICES DE PRECIOS SUBYACENTE Y NO SUBYACENTE 
noviembre de los años que se indican 
(variación porcentual mensual)
Fuente: INEGI. Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC), 2024. 

En el penúltimo mes de 2024, la variación anual del INPC fue de 4.55 % y la de los índices subyacente y no subyacente, de 3.58 y 7.60 %, respectivamente. En el mismo mes del año anterior, el INPC aumentó 4.32 % y sus componentes, 5.30 y 1.43 %, en ese orden. 

Gráfica 3 
VARIACIÓN DEL ÍNDICE NACIONAL DE PRECIOS AL CONSUMIDOR Y SUS COMPONENTES 
a noviembre de 2024 
(variación porcentual anual)
Fuente: INEGI. Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC), 2024. 

A continuación, se presentan los principales productos genéricos cuyas variaciones de precios destacaron por su incidencia sobre la inflación general. 

Cuadro 2 
VARIACIÓN E INCIDENCIA DEL ÍNDICE NACIONAL DE PRECIOS AL CONSUMIDOR PRODUCTOS GENÉRICOS CON MAYOR INCIDENCIA 
noviembre de 2024
}
1/ La incidencia se refiere a la contribución, en puntos porcentuales, de cada componente del INPC a la inflación general. Esta se calcula utilizando los ponderadores de cada subíndice, así como los precios relativos y sus respectivas variaciones. 
2/ El programa de tarifas eléctricas de temporada cálida terminó su periodo de vigencia durante noviembre en las siguientes ciudades: Mexicali, Cd. Juárez, Culiacán, Chihuahua, Hermosillo, Matamoros, Colima, La Paz, Huatabampo, Jiménez y Esperanza. 
Fuente: INEGI. Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC), 2024. 

En los siguientes cuadros, se muestran las entidades federativas y ciudades en las que el INPC alcanzó las mayores variaciones durante noviembre de 2024. 

Cuadro 3 
VARIACIÓN DEL ÍNDICE NACIONAL DE PRECIOS AL CONSUMIDOR ENTIDADES FEDERATIVAS CON MAYOR VARIACIÓN
 noviembre de 2024
1/ Las desagregaciones del INPC solo tienen valor informativo. 
Fuente: INEGI. Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC), 2024

Cuadro 4 
VARIACIÓN DEL ÍNDICE NACIONAL DE PRECIOS AL CONSUMIDOR CIUDADES CON MAYOR VARIACIÓN
noviembre de 2024
1/ Las desagregaciones del INPC solo tienen valor informativo. 
Fuente: INEGI. Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC), 2024. 

A continuación, se muestra el comportamiento de los subíndices que integran el INPC, para noviembre de 2024, según la Clasificación del Consumo Individual por Finalidades (CCIF) 2 que se utiliza internacionalmente para los índices de precios al consumidor. 

2 Organización Internacional del Trabajo, Fondo Monetario Internacional, Organización de Cooperación y Desarrollo Económicos, Oficina Estadística de las Comunidades Europeas, Naciones Unidas, Banco Mundial. Manual del Índice de Precios al Consumidor: Teoría y Práctica, p. 26.

Cuadro 5 
VARIACIÓN DEL ÍNDICE NACIONAL DE PRECIOS AL CONSUMIDOR CLASIFICACIÓN DEL CONSUMO INDIVIDUAL POR FINALIDADES 
noviembre de 2024 
(variación porcentual quincenal, mensual y anual)
1/ Incluye aparatos eléctricos para el cuidado personal, artículos de maquillaje, cremas y productos para higiene dental, cremas para la piel, entre otros. Fuente: INEGI. Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC), 2024. 

En la primera y segunda quincena de noviembre de 2024, el INPC registró niveles de 137.510 y 137.339, respectivamente. Esto implicó una caída quincenal de 0.12 por ciento. 

Por último, el Índice de Precios al Consumidor de la Canasta de Consumo Mínimo (IPCCCM) 3 tuvo un alza mensual de 0.54 % y de 4.23 % a tasa anual. En el mismo periodo de 2023, creció 0.76 y 3.92 %, en ese orden.

3 El propósito de la Canasta de Consumo Mínimo (CCM) es dar seguimiento a las variaciones de los precios de 170 bienes y servicios que la conforman, contenidos en las canastas alimentarias y no alimentarias del Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (CONEVAL). El diseño de la CCM se elaboró conjuntamente entre el CONEVAL y el INEGI. La metodología puede consultarse en: https://www.inegi.org.mx/app/biblioteca/ficha.html?upc=702825196929

NOTA METODOLÓGICA 

El INPC es un indicador económico que mide la variación promedio de los precios de una canasta de bienes y servicios representativa del consumo de los hogares del país a lo largo del tiempo. Estas variaciones de precios repercuten de manera directa en el poder adquisitivo y en el bienestar de las y los consumidores, por lo que el INPC es un indicador trascendente y de interés general para la sociedad. La tasa de crecimiento del INPC permite medir la inflación de un periodo a otro.

Las principales características metodológicas del INPC son:

• Periodo de referencia del INPC 
Es la segunda quincena de julio de 2018=100. Periodo en el que el índice se iguala a 100.0 y a partir del cual se comparan los precios. 

• Canasta de bienes y servicios 
La canasta está integrada por una muestra de alrededor de 123 mil artículos y servicios específicos, agrupados en 292 productos genéricos.4 Con lo anterior, se tiene una cobertura de 88 ramas de actividad económica, correspondientes a 17 sectores (agropecuario, industrial y de servicios) de acuerdo con el «Sistema de Clasificación Industrial de América del Norte» (SCIAN) 2023. 

• Estructura de ponderación 
Define la participación del gasto de un bien o servicio en la canasta representativa del consumo de los hogares del país. 

• Muestreo de puntos de venta
Los puntos de venta son las unidades económicas o establecimientos donde las y los investigadores de precios cotizan cuánto cuestan los productos específicos de la canasta del INPC, que integran los 292 productos genéricos. De estos, los establecimientos de 235 genéricos se seleccionaron mediante un muestreo probabilístico, mientras que los 57 restantes, con un muestreo no probabilístico. El muestreo probabilístico se aplica para los genéricos que son ofertados en muchos y diversos tipos de establecimientos y para los cuales es posible construir un marco muestral. En el muestreo no probabilístico, se consideran los servicios cuyas tarifas autoriza o regula el gobierno, los que solo cuentan con uno o pocos oferentes por lo que no es necesario aplicar un muestreo probabilístico, o bien, aquellos bienes o servicios para los que no se cuenta con un marco de muestreo.

• Cobertura geográfica de las cotizaciones 
Las cotizaciones de precios se realizan en una muestra de establecimientos ubicados en 55 áreas geográficas de las 32 entidades federativas del país. Cada mes se cotizan, en promedio, 341 mil precios de los bienes y servicios específicos de los 292 genéricos. 

4 Producto genérico: conjunto de bienes o servicios de la canasta del INPC relativamente homogéneos, con un uso final común. Se compone de productos específicos o variedades con características similares.

Las cotizaciones de alimentos se realizan dos veces durante la quincena que se reporta. Para el resto de los productos se obtienen los precios por lo menos una vez en dicho periodo. 

• Cálculo del INPC 
El Código Fiscal de la Federación, en su artículo 20-Bis, fracción V, establece que el INPC se calculará utilizando la fórmula de Laspeyres. En una primera etapa, se calculan los índices elementales por genérico y área geográfica mediante el índice de Jevons. En una segunda, se calculan los índices de precios de nivel superior con el índice de Laspeyres. 

• Publicación de resultados 
El cálculo y divulgación del INPC se hace quincenal y mensualmente. Se publica los días 10 y 25 de cada mes en el Diario Oficial de la Federación (DOF), o el día hábil anterior, en caso de que estas fechas sean sábado, domingo o día festivo. El día 25 de cada mes se publica el cálculo de la primera quincena del mes y el día 10 se difunde el índice que corresponde al dato mensual y a su segunda quincena. Un día antes de su publicación en el DOF, se difunden en la página del INEGI junto con un comunicado de prensa. La difusión del INPC está acompañada por el documento metodológico el cual considera los elementos conceptuales y metodológicos del índice.

Herramientas de análisis 

El INEGI invita a conocer y hacer uso de las herramientas para el análisis y entendimiento de los índices nacionales de precios, disponibles en la sección «Herramientas» del apartado «Índice Nacional de Precios al Consumidor» de su página: https://www.inegi.org.mx/programas/inpc/2018/default.html#Herramientas

• Calculadora de inflación. 
Permite calcular la tasa de inflación de un índice de precios en un intervalo. Calcula dos tipos de tasas de inflación porcentuales: la implícita, entre cualesquiera dos fechas, y la tasa de inflación porcentual promedio, en un periodo. 

• Caleidoscopio. 
Muestra la forma en que las y los consumidores, en promedio, distribuyen su gasto en 8 grupos y 36 subgrupos, así como las variaciones en los precios de los mismos. • Mapa de precios. Presenta, en forma dinámica, las variaciones anualizadas de los precios por ciudad, entidad y región, así como la participación o peso que tienen estos en el INPC. 

• Consulta de precios promedio. 
Permite consultar y exportar el precio promedio mensual de cada uno de los productos específicos utilizados para el cálculo del INPC. 

Mediante los índices de precios, el INEGI genera la presente información y la da a conocer con base en el Calendario de Difusión de Información Estadística y Geográfica y de Interés Nacional.

Para más detalle del diseño conceptual y metodológico del INPC, consúltese la página del INEGI: https://www.inegi.org.mx/programas/inpc en el apartado «Documentación». En la misma liga se pueden consultar los tabulados de resultados del índice (por agregados geográficos, clasificadores, entre otros), series históricas, precios promedio y las herramientas de análisis del indicador.

jueves, 5 de diciembre de 2024

Llaman a extender apoyo fiscal a estados de la frontera sur

* Persisten desafíos de justicia social y disparidad que justifican la necesidad de una extensión temporal de los beneficios en esa zona


El Pleno del Senado de la República aprobó un punto de acuerdo por el que solicita al gobierno de México que extienda la vigencia de los estímulos fiscales en materia de Impuesto Sobre la Renta (ISR) e Impuesto al Valor Agregado (IVA) en la frontera sur del país, por considerar que aún existen pendientes en materia de justicia y disparidad con estados del norte.

La propuesta del Senador Óscar Cantón Zetina, de Morena, recibió trámite de urgente resolución. Con ella, busca que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) modifique el artículo primero transitorio del Decreto en materia de estímulos fiscales en la región fronteriza sur, publicado el 30 de diciembre de 2020 en el Diario Oficial de la Federación (DOF) extendiendo el periodo de vigencia al 31 de diciembre de 2030.

En el decreto mencionado, se concedieron estímulos fiscales a diversos municipios de Quintana Roo, Chiapas, Campeche y Tabasco en materia de ISR e IVA.

Ello como un esfuerzo del anterior gobierno para implementar herramientas enfocadas a fomentar el desarrollo de los contribuyentes de la región, con el objetivo de incentivar la inversión, potenciar la productividad y fortalecer la generación de empleo para cerrar brechas históricas de desigualdad.

En el documento se menciona que, si bien el decreto vigente hasta el 31 de diciembre de 2024 ha buscado fomentar la inversión, generar empleos y reducir la desigualdad, la realidad es que aún persisten desafíos que justifican la necesidad de una extensión temporal de los beneficios ficales vigentes en esa zona, como son razones de justicia social y la disparidad con respecto a los estados del norte.

viernes, 4 de octubre de 2024

Evitarán GEM y RENAPO robo de identidad en expedición de licencias de conducir en el EdoMéx

* La SEMOV tendrá acceso electrónico a la información registrada en la Clave Única de Registro de Población (CURP)


* Acuerdan disminuir el tiempo de espera durante la emisión de licencias de conducir del servicio particular o público


Para mejorar la seguridad, evitar el robo de identidad y disminuir los tiempos de espera durante la emisión de licencias de conducir del servicio particular o público, la Secretaría de Movilidad del Estado de México (SEMOV), firmó un convenio de coordinación con la Dirección General del Registro Nacional de Población (RENAPO) para consultar la Base de Datos Nacional de la Clave Única de Registro de Población (BDNCURP).

Alejandro Palacios Estrada, Director del Registro de Licencias y Operadores de la SEMOV, informó que, a través de este convenio, la Secretaría de Movilidad podrá verificar de forma electrónica la autenticidad de la información que se encuentra registrada en el CURP y evitar duplicidad o errores durante el trámite de la licencia.

Mencionó que actualmente la CURP se transcribe de manera manual y, aunque este mecanismo es funcional, no permite detectar de manera oportuna y eficaz posibles inconsistencias en datos personales como: nombre completo, sexo, fecha y lugar de nacimiento, así como referencias de registro civil.

Destacó que, con la validación automatizada en línea de este documento, será posible detectar inconsistencias desde etapas tempranas del proceso de emisión de licencias, garantiza trazabilidad de la identidad de la persona, asegura una correspondencia biunívoca entre la clave y el contribuyente, mejora la atención en módulo, todo a favor del contribuyente.

La incorporación de estos mecanismos al proceso de expedición de licencias de conducir de la SEMOV resulta relevante, ya que, conforme a lo establecido en el Reglamento de Tránsito del Estado de México, uno de los requisitos que debe cumplir el solicitante, nacional o extranjero, para la obtención de licencias o permisos para conducir en cualquiera de las modalidades existentes, es exhibir la CURP.

Palacios Estrada recordó que la CURP contiene 18 elementos de un código alfanumérico, de modo que esta clave es considerada la llave de acceso a los trámites y servicios que ofrecen las dependencias de la administración pública a nivel federal, estatal o municipal.

Por último, mencionó que este convenio ya fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), con fecha 25 de diciembre del presente año, mismo que puede ser consultado en: https://www.diariooficial.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5739624&fecha=25/09/2024#gsc.tab=0.

miércoles, 25 de septiembre de 2024

La Cámara de Diputados declaró el 1º de octubre de cada seis años como día de descanso obligatorio

• Se armoniza la Ley Federal del Trabajo con el artículo 83 de la Constitución Política


La Cámara de Diputados aprobó, con 398 votos a favor, la minuta con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción VII del artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo, para establecer el 1º de octubre de cada seis años como día de descanso obligatorio con motivo de la transmisión del Poder Ejecutivo Federal, en lugar del 1º de diciembre.

El artículo transitorio subraya que el presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

El documento que se canalizó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales, se consideró de urgente resolución y se sometió a discusión y votación de inmediato, con fundamento en los artículos 59 numeral 3 y 82 numeral 2 del Reglamento de la Cámara de Diputados.

La finalidad de la reforma es armonizar la Ley Federal del Trabajo con el artículo 83 de la Constitución Política, para establecer que el 1° de octubre de cada seis años será día de descanso obligatorio, cuando corresponda la transmisión del Ejecutivo Federal, con motivo de la toma de protesta de la o el titular de ese Poder.

El artículo 83 de la Constitución precisa que el Presidente o Presidenta entrará a ejercer su encargo el 1º de octubre y durará en él seis años, por lo que está desarmonizada la fracción VII del artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo que prevé los días 1 de diciembre como de descanso obligatorio.

lunes, 12 de agosto de 2024

Avala Comisión de Puntos Constitucionales reforma para que las y los trabajadores reciban una pensión justa por vejez

• Determina que tendrán derecho a que la pensión sea igual al promedio del salario del último año de cotización


La Comisión de Puntos Constitucionales aprobó un dictamen que reforma el artículo 123 constitucional para establecer que toda persona trabajadora tiene derecho a recibir una pensión justa por vejez.

Precisa que las personas trabajadoras con sesenta y cinco años de edad que empezaron a cotizar a partir del 1° de julio de 1997 en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y las que estén bajo el régimen de cuentas individuales que cotizan en el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), tendrán derecho a que su pensión por vejez sea igual al promedio de salario del último año de cotización, hasta por un monto equivalente al promedio registrado en el IMSS en los términos que establezca la ley.

La reforma, aprobada con 38 votos a favor, en lo general, y en lo particular con 31 votos a favor, 8 en contra y cero abstenciones, en los artículos transitorios establece que el decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

Menciona que el salario a que hace referencia el párrafo tercero del artículo 123 de la Constitución Política es de dieciséis mil setecientos setenta y siete pesos con sesenta y ocho centavos, que equivale al salario mensual promedio registrado en 2023 en el Instituto Mexicano del Seguro Social actualizado por la inflación estimada para el año 2024. Este monto se actualizará el 1° de enero de cada año, de acuerdo con la inflación estimada para ese año.

El Congreso de la Unión, argumenta, deberá reformar las leyes correspondientes para adecuarlas al contenido del presente decreto en un plazo que no excederá de noventa días naturales a partir de su entrada en vigor. Además, determina derogar todas las disposiciones que se opongan a las reformas establecidas en el presente decreto.

En lo particular, se aceptó la reserva del diputado Marcos Rosendo Medina Filigrana (Morena) para agregar vejez, considerar el salario del último año de cotización, así como modificar y derogar transitorios que hacían referencia al Fondo de Pensiones para el Bienestar y que las instituciones de seguridad social del Gobierno Federal, en Coordinación con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, deberían hacer las adecuaciones reglamentarias.

Explicó que la reserva busca adicionar el concepto por vejez para que no sólo sea una pensión justa, sino que sea considerada un beneficio social por llegar a una etapa diferente de la vida.

Respecto a los transitorios, detalló que el primero ha quedado sin materia, toda vez que el Fondo de Pensiones está vigente desde el 1 de junio de 2024, así como la eliminación de los relativos a la financiación, donde se definía que esa dependía del cambio de naturaleza jurídica de algunos órganos autónomos o desconcentrados. También ha sido rebasado al existir una legislación secundaria aprobada por el Pleno desde el mes de abril.

Para hablar en favor y contra de esta reserva, intervinieron los Diputados Héctor Saúl Téllez Hernández (PAN) e Ismael Brito Mazariegos (MORENA).

Los Diputados Mario Alberto Rodríguez Carrillo (MC) y Santiago Torreblanca Engell (PAN) presentaron propuestas de reservas, las cuales no se admitieron a discusión.

El dictamen, que deriva de una iniciativa presentada el 5 de febrero de 2024 por el Ejecutivo Federal y diversas propuestas de diputadas y diputados, se remitió a la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados para sus efectos legales.

Participación de diputadas y diputados

La Diputada Angélica Ivonne Cisneros Luján (MORENA) señaló que esta reforma consiste en elevar a rango constitucional que toda persona trabajadora tiene derecho a recibir una pensión por vejez justa y que en este primer momento es quienes empezaron a cotizar a partir del 1º de julio de 1997 en el IMSS y los que se han visto afectados por cuentas individuales en el ISSSTE. “Claro que tenemos muchas más cosas por reformar en esta materia, pero empecemos aprobando esta reforma para que las personas tengan una pensión justa”.

Héctor Saúl Téllez Hernández, Diputado del PAN, cuestionó quién puede estar en contra de que haya una pensión digna, justa y garantizada para miles de trabajadores y Acción Nacional jamás va a regatear el apoyo a las y a los trabajadores; sin embargo, afirmó, hay claroscuros en la iniciativa, ya que el tema esencial está en los mecanismos de financiamiento que tendrá el Fondo de Pensiones para el Bienestar, pues algunas de las fuentes serán remanentes de los fondos del Poder Judicial de la Federación, los recursos de los órganos autónomos y las empresas que administra el Ejército.

La Diputada del PRI, Laura Lorena Haro Ramírez, celebró esta reforma, pero pidió ir más allá y establecer que la pensión a adultos mayores sea a partir de los 60 años y que se analicen detenidamente los transitorios, ya que ahí puede estar “el dardo envenenado”, porque estos hablan de que los recursos se obtendrán con la eliminación de los órganos autónomos, reguladores, descentralizados, desconcentrados y unidades administrativas, entre otras.

Por el PVEM, el Diputado Armando Antonio Gómez Betancourt dijo que se deben hacer los cambios necesarios para que los trabajadores puedan acceder a una pensión digna al momento de retirarse equivalente al 100 por ciento de su último salario. “Se trata de contar con recursos que complementen el monto de las pensiones que se otorgarán a los trabajadores que cotizan a partir de 1997 y que hoy no tienen las condiciones de recibir una que les permita satisfacer sus necesidades más básicas”.

Mario Alberto Rodríguez Carrillo, Diputado de MC, respaldó propuestas que buscan ampliar beneficios para la población y para tener mayor pensión, justa y digna; sin embargo, aclaró, es recomendable considerar los 130 modelos de pensiones que existen en el país y la reforma debió haber tratado de cerrar la brecha entre los que menos perciben en su pensión y los que más perciben, pues el Estado tiene una incidencia directa. “Reconocemos que es un avance”.

jueves, 1 de agosto de 2024

El Santuario Playa Rancho Nuevo, en Tamaulipas, ya cuenta con Programa de Manejo

• Establece estrategias de conservación para preservar las condiciones de los lugares en que anidan y desovan las tortugas lora, verde, laúd y caguama

• Esta playa es la más importante para anidación de la tortuga lora

• Es el primero elaborado para los Santuarios de anidación de tortugas marinas en el país


La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) publicó hoy en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Programa de Manejo del Santuario Playa Rancho Nuevo, en los municipios de Aldama y Soto la Marina, Tamaulipas.

Este instrumento sirve para determinar las actividades, acciones y lineamientos para la conservación y el manejo sustentable del Área Natural Protegida (ANP), administrada por la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (CONANP).

Es el primero elaborado para los Santuarios de anidación de tortugas marinas en el país, lo cual representa un gran logro para la conservación de la tortuga lora, ya que es la playa más importante para su anidación en todo el mundo. En ella se registra alrededor del 90 por ciento del total de la anidación anual, con alrededor de 12 mil anidaciones por temporada.

La tortuga lora es considerada una especie endémica del Golfo de México, es la única que realiza su anidación durante el día y, al igual que las tortugas golfinas del Pacífico, anidan de manera sincrónica y masiva, lo que se conoce como fenómeno de arribazón o arribada.

Entre otras acciones para preservar las condiciones del Santuario Playa Rancho Nuevo, el Programa de Manejo establece estrategias de conservación para preservar las condiciones de los lugares en que anidan y desovan las tortugas lora, verde, laúd y caguama.

Por último, con este instrumento la SEMARNAT y la CONANP fortalecen las acciones para que el país siga siendo uno de los más importantes en la conservación de tortugas marinas, así como proteger el lugar donde se estableció el primer campamento tortuguero hace 58 años. Generamos bienestar conservando territorios.

martes, 23 de julio de 2024

Piden crear el Consejo General de Seguridad y Atención al Cambio Climático

• Será un órgano especializado de la SEMARNAT sobre reacción y alerta para la seguridad y atención de efectos adversos al cambio climático


El Diputado Braulio López Ochoa Mijares (MC) presentó una iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Cambio Climático, con el propósito de crear el Consejo General de Seguridad y Atención al Cambio Climático (CONGSACC), a fin de dar alerta y atención a los efectos de este fenómeno.

La iniciativa, turnada a la Comisión de Cambio Climático y Sostenibilidad, tiene por objeto la creación de un órgano especializado desconcentrado y definir sus funciones, responsabilidades y procedimientos generales sobre reacción y alerta institucional para la seguridad y la atención de los efectos adversos al cambio climático en su carácter de emergencia para México.

La propuesta, reforma el artículo 40 y adiciona una fracción VI al artículo 3° de dicho marco legal, para crear el Consejo General de Seguridad y Atención al Cambio Climático, que estará subordinado a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) y se regirá por su reglamento interior aprobado por el Presidente de República.

Puntualiza que el CONGSACC estará conformado por las personas integrantes de la Comisión Intersectorial de Cambio Climático, los Titulares de las Secretarías de Seguridad Ciudadana y Defensa Nacional, una persona representante de cada uno de los sectores que forman parte del Consejo de Cambio Climático, pueblos originarios, comunidades afrodescendientes, juventudes, social-ambiental, así como los titulares de las comisiones de cambio climático del Senado de la República y de la Cámara de Diputados.

Añade que será presidido por la persona Titular de la SEMARNAT y sesionará de forma anual, para revisar las condiciones de vulnerabilidad y gestión de riesgos climáticos del país y de forma extraordinaria cuando se presenten emergencias relacionadas con los efectos adversos del cambio climático, a fin de proponer y elaborar planes de atención, respuesta inmediata y protección civil, mismos que serán coordinados por la SEMARNAT, en colaboración con la Secretaría de Gobernación (SEGOB) y el Centro Nacional de Prevención de Desastres.

Entre las competencias que tendrá el nuevo organismo están dictar medidas contra el cambio climático tendientes a prevenir y combatir los efectos nocivos del deterioro ambiental y el equilibrio ecológico, la contaminación ambiental, y la reducción de los gases de efecto invernadero, las cuales serán revisadas por el Congreso de la Unión.

También, dictaminar los planes y medidas presentadas por las autoridades correspondientes para atender las declaratorias de Emergencia, protección de los derechos humanos durante situaciones de contingencia y riesgos derivados de los efectos adversos al cambio climático.

Además, reconocer los impactos y riesgos diferenciados sobre grupos vulnerables y establecer medidas específicas para la protección de sus derechos humanos, aprobar y publicar en el Diario Oficial de la Federación (DOF) a través de la Semarnat las declaratorias de Emergencia.

Asimismo, el Congsacc deberá revisar y hacer recomendaciones conforme la evidencia científica sobre las solicitudes de declaratorias de Emergencia que reciba la Semarnat que atenten contra la seguridad nacional.

“Promoverá y apoyará la creación e implementación de las instancias, mecanismos, instrumentos y procedimientos técnico-operativos de servicios y logística para prevenir y atender la eventualidad de un riesgo relacionado con el cambio climático o el peligro que representan los agentes perturbadores y la vulnerabilidad climática”, enfatiza la iniciativa.

Aunado a lo anterior, el nuevo organismo tendrá que difundir los resultados de los trabajos que realice, así como toda la información pública que tienda a la generación, desarrollo y consolidación de una cultura climática, ordenar medidas para la actualización del Atlas Nacional de Vulnerabilidad al Cambio Climático y para el aprovechamiento, conservación, recuperación de los servicios ecosistémicos que resulten estratégicos para los procesos de adaptación, mitigación y resiliencia.

De igual modo, podrá elaborar, publicar y difundir un informe anual sobre los riesgos sociales, económicos, sanitarios, ambientales y para la seguridad nacional derivados de este fenómeno, hacer recomendaciones sobre los ejercicios presupuestales anuales con el objeto de orientar y asegurar recursos para atender los efectos adversos, promover la constitución de fondos de las entidades federativas para la prevención y atención de emergencias relativas a los efectos negativos del cambio climático, entre otras facultades.

martes, 20 de febrero de 2024

Plantean reforma para garantizar que las personas con algún trastorno mental cuenten con cobertura de servicio médico

• El Diputado Abramo Masso (PRI) presentó una iniciativa con ese propósito

El Diputado Jericó Abramo Masso (PRI) impulsa una iniciativa con el objetivo es garantizar que las personas afectadas con alguna enfermedad mental, cuenten con una cobertura de seguro para soportar los gastos que realizan en el tratamiento de trastornos como depresión, ansiedad, bipolaridad, esquizofrenia, comportamiento alimentario, comportamiento disruptivo u otros con efectos discapacitantes. 

La propuesta, enviada a la Comisión de Salud, adiciona un segundo párrafo al artículo tercero transitorio del decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en materia de salud mental y adicciones, publicado el 16 de mayo de 2022 en el Diario Oficial de la Federación (DOF). 

Los cambios buscan establecer que “corresponderá a la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas emitir las disposiciones de carácter general, con previa opinión de la Secretaría de Salud, al que las instituciones de seguros se deberán sujetar, a efecto de ofrecer planes de protección específicos a personas diagnosticadas con algún trastorno mental por parte de una institución pública del Sistema Nacional de Salud, estableciendo cláusulas tipo de uso obligatorio para los contratos de seguro en materia de salud mental”.

El documento señala que el 16 de mayo de 2022 se publicó en el DOF el decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en materia de salud mental y adicciones, con cambios sustanciales al modelo tradicional de atención.

Este nuevo modelo que establece un enfoque y una atención novedosa en el cuidado de la salud mental y en la prevención de las adicciones, al considerar que estas tendrán un carácter prioritario dentro de las políticas de salud, conforme al artículo 4o. constitucional y a los tratados internacionales en materia de derechos humanos.

De esta forma, se reconoce el grave problema que hay en el país para las personas que padecen alguna afectación en su salud mental, situación que se agravó durante la pandemia del virus SARS-CoV-2.

Por ello, el Diputado Abramo Masso resalta que la atención y el cuidado de una persona diagnosticada con una enfermedad mental requiere de los servicios de profesionales en la materia, así como del suministro de medicamentos especializados, situación que implica la erogación de sumas económicas importantes, en detrimento del patrimonio de quienes no pueden ni siquiera sufragar sus gastos del día a día.

Argumenta que en nuestro país no existe una cifra exacta de personas que tienen depresión, ansiedad, bipolaridad, esquizofrenia, entre otros muchos, que son causantes de discapacidad si no son tratados oportuna y adecuadamente y, peor aún, que no hayan sido diagnosticados. 

Por ello, concluye, es necesario fortalecer las acciones que ya está ejecutando el Gobierno de México, a través de las instituciones públicas del Sistema Nacional de Salud, a fin de atender a personas con alguno de estos padecimientos.