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martes, 7 de julio de 2026

Presentan en el Congreso mexiquense iniciativa para concluir la renovación del Poder Judicial en 2028

  • La iniciativa de reforma constitucional presentada por el Diputado Francisco Vázquez armoniza la Constitución local con la reforma judicial federal y prevé concluir la renovación del Poder Judicial estatal en 2028.
  • Además, plantea incorporar una comisión coordinadora integrada por las personas representantes de los comités de evaluación de los tres poderes del Estado (Legislativo, Ejecutivo y Judicial), así como redefinir los procedimientos para la sustitución de vacantes.
  • Pretende un esquema de organización territorial de los comicios mediante regiones judiciales electorales y distritos judiciales electorales, así como una nueva integración de las boletas electorales judiciales.

El Diputado José Francisco Vázquez Rodríguez (MORENA), Presidente de la Junta de Coordinación Política, presentó una iniciativa de reforma constitucional para armonizar la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México con la reforma judicial federal, la cual plantea que la renovación total del Poder Judicial estatal concluya con la elección judicial en 2028 (prevista para 2027) e incorpora una comisión coordinadora integrada por las personas representantes de los comités de evaluación de los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial.

La propuesta también plantea un esquema de organización territorial de los comicios mediante regiones judiciales electorales y distritos judiciales electorales, además de redefinir los procedimientos para la sustitución de vacantes.

Este proyecto legislativo expuesto en sesión de la Diputación Permanente de la LXII Legislatura mexiquense prevé una nueva integración de las boletas electorales judiciales, incorporando elementos que permitan a la ciudadanía identificar con claridad la especialidad jurisdiccional correspondiente, el Poder postulante (Legislativo, Ejecutivo o Judicial) y la condición de persona juzgadora en funciones, además de fortalecer las atribuciones del Tribunal de Disciplina Judicial sobre evaluación, capacitación y actualización permanente de las personas juzgadoras.

De aprobarse por el Pleno legislativo, se especificaría que los cargos de personas juzgadoras del Poder Judicial estatal que no fueron objeto de renovación en la elección judicial de 2025, así como las vacantes correspondientes, se elegirán sin excepción en las elecciones judiciales locales de 2028, de manera coincidente con la elección judicial federal.

Además, pretende actualizar los plazos para la emisión de las convocatorias de los procesos de elección judicial (presidencia, magistraturas del Tribunal Superior de Justicia, magistraturas del Tribunal de Disciplina Judicial y juezas y jueces del Poder Judicial) a más tardar el 30 de abril del año anterior al de la elección judicial que corresponda.

De acuerdo con el proyecto leído por el Legislador Vladimir Hernández Villegas (MORENA), esta temporalidad es acorde con la complejidad de las etapas de evaluación, selección y postulación de candidaturas, lo cual permitiría que los poderes del Estado y las autoridades electorales cuenten con el tiempo suficiente para desarrollar de manera ordenada cada una de las fases del procedimiento, fortaleciendo la certeza jurídica y la adecuada planeación institucional.

Sobre la integración del comité de evaluación de cada poder del Estado, que se conforma por cinco personas reconocidas en la actividad jurídica, refiere que dichas personas elegirían de entre sus integrantes a quien coordine sus trabajos.

Las personas coordinadoras de los tres comités integrarían una comisión coordinadora, responsable de verificar el cumplimiento de los requisitos de las personas participantes, establecer criterios y metodologías homologadas de evaluación, selección y exámenes de conocimientos, y emitir acuerdos que regulen los trabajos de los tres comités.

Cada comité seleccionaría, conforme a los criterios definidos por la comisión coordinadora y observando el principio de paridad de género, a las personas mejor evaluadas que cuenten con los conocimientos técnicos necesarios para el desempeño del cargo y se hayan distinguido por su honestidad, buena fama pública, competencia y antecedentes académicos y profesionales en el ejercicio de la actividad jurídica.

Los comités de evaluación integrarían un listado de las cuatro personas mejor evaluadas para cada cargo. Posteriormente, depurarían dicho listado mediante insaculación pública para ajustarlo a dos personas para cada cargo.

Esos comités tendrían la obligación de garantizar la paridad de género en el listado de personas a insacular por especialidad y distrito judicial, de ser aplicable. Asimismo, observarían la paridad de género en el listado de propuestas posterior a la insaculación. Ajustados los listados, los comités los remitirían a la autoridad que represente a cada poder para su aprobación y envío a la Legislatura.

Cada uno de los poderes postularía dos personas por cada cargo: el Poder Ejecutivo por conducto de la persona titular de la gubernatura; la legislatura las postularía mediante votación calificada de dos tercios de sus integrantes presentes; y el Poder Judicial a través del Pleno del Tribunal Superior de Justicia, por mayoría de dos tercios de sus integrantes presentes.

La legislatura recibiría las postulaciones y remitiría los listados al Instituto Electoral del Estado de México (IEEM) en los plazos que refiera la convocatoria. Una vez que la Legislatura instale el primer periodo ordinario de sesiones del año de la elección que corresponda y las personas aspirantes electas tomen protesta de su encargo ante dicho órgano legislativo, las autoridades electorales no podrían modificar los resultados de la elección ni la asignación de cargos.

La elección se realizaría a nivel regional o distrital. Para tales efectos, el IEEM dividiría el territorio estatal en las regiones judiciales electorales y los distritos judiciales electorales necesarios para que, en ese ámbito territorial, la ciudadanía pueda elegir una candidatura por cada especialidad jurisdiccional de entre las postuladas por cada poder del Estado y, en su caso, de las personas juzgadoras en funciones en el cargo a elegir.

Asimismo, este instituto generaría una lista de candidaturas por especialidad en cada ámbito territorial electoral donde distinga el poder postulante y el género.

Posteriormente, en acto público, asignaría aleatoriamente las candidaturas que correspondan a cada ámbito territorial electoral, garantizando que los poderes postulen en cada ámbito territorial electoral a dos personas del mismo género por especialidad.

Cuando el número de cargos por especialidad sea inferior al número de regiones o distritos judiciales electorales en los que se divida el territorio del Estado, el IEEM asignaría los cargos restantes con sus respectivas candidaturas en dos o más regiones o distritos judiciales electorales de manera aleatoria, a efecto de garantizar que las personas electoras de cada distrito judicial voten por todas las especialidades correspondientes.

Además, efectuaría en cada elección judicial las modificaciones necesarias al marco geográfico electoral para adecuar los distritos y regiones judiciales electorales al número de cargos y especialidades a elegir, lo que hará del conocimiento del Instituto Nacional Electoral. Para el caso de magistraturas del Tribunal de Disciplina Judicial, la elección se desarrollaría conforme al procedimiento anterior.

Las boletas electorales de la elección judicial distinguirían al poder postulante y, cuando corresponda, a las personas juzgadoras en funciones en los cargos a elegir. Asimismo, distinguirían las especialidades que correspondan a cada ámbito territorial y contendrían los nombres completos de las personas candidatas.

Las candidaturas se ubicarían en recuadros para que la ciudadanía señale su preferencia, debiendo elegir una sola candidatura por especialidad. La jornada electoral judicial se celebraría en la misma ubicación donde se realicen las elecciones ordinarias federales o locales de ese año.

Las autoridades electorales adoptarían las medidas necesarias para garantizar que la jornada electoral judicial se desarrolle sin la intervención de personas representantes de partidos políticos y que el escrutinio y cómputo de los votos se realicen en la casilla donde fueron sufragados.

Por otro lado, la iniciativa establece que el Tribunal Superior de Justicia funcionará en Pleno, Sala Constitucional, Sala de Asuntos Indígenas, Salas Colegiadas, Salas Unitarias y Tribunales de Alzada. Asimismo, respecto al procedimiento para la elección de las personas servidoras públicas del Poder Judicial estatal, prevé que el Órgano de Administración Judicial informe a la Legislatura sobre los cargos sujetos a elección, la especialización por materia, la jurisdicción correspondiente, las vacantes definitivas, los retiros programados y demás información necesaria para el desarrollo del proceso.

Asimismo, plantea que, en caso de defunción, renuncia, destitución o ausencia definitiva de una jueza o juez, el Órgano de Administración Judicial declararía vacante el cargo y este debería renovarse para un nuevo periodo en la elección judicial inmediata posterior que corresponda.

También prevé que las licencias de las magistraturas del Tribunal Superior de Justicia y del Tribunal de Disciplina Judicial que excedan de 15 días podrán concederse sin goce de sueldo por la Legislatura o, durante sus recesos, por la Diputación Permanente, mientras que las correspondientes a juezas y jueces del Poder Judicial podrán ser autorizadas por el Órgano de Administración Judicial. En ningún caso las licencias podrán exceder de un año.

Se añade que las personas juzgadoras que aspiren a un cargo de elección distinto al que ostenten deberán separarse del cargo mediante renuncia expresa e irrevocable, la cual tendrían que informar al Órgano de Administración Judicial antes de su registro en el proceso correspondiente. En ese caso, el Órgano de Administración Judicial comunicaría de inmediato la vacante a la autoridad competente para que el cargo sea sujeto a elección.

La iniciativa agrega, entre las funciones del Tribunal de Disciplina Judicial, la de aplicar programas de capacitación y actualización permanente, para lo cual podría coordinarse con las instituciones de formación judicial.

Los transitorios refieren que las personas juzgadoras que concluyan su encargo en 2027 permanecerán en funciones hasta el año 2028, concluyendo su encargo en la fecha en que tomen protesta las personas que emanen de la elección judicial respectiva.

Lo anterior no sería aplicable a las personas que, a la entrada en vigor del decreto, desempeñen la presidencia del Tribunal Superior de Justicia o la presidencia del Tribunal de Disciplina Judicial.

Las personas que resulten electas rendirían protesta ante la Legislatura estatal el 5 de septiembre de 2028 y el Órgano de Administración Judicial las adscribiría al órgano jurisdiccional que corresponda a más tardar el 15 de septiembre del mismo año.

Al tratarse de una reforma constitucional, el Congreso mexiquense tendría que adecuar el marco jurídico dentro de los 30 días naturales siguientes a su entrada en vigor. Entre tanto, se aplicarían de manera directa las disposiciones constitucionales y, supletoriamente, las leyes en materia electoral en todo lo que no se oponga al decreto.

En tanto, el Pleno del Tribunal de Disciplina Judicial emitiría su reglamento interior dentro de un plazo no mayor a 30 días naturales siguientes a la entrada en vigor del decreto, el cual regularía sus competencias, atribuciones, operación, periodicidad de sus sesiones, integración y facultades de sus comisiones y órganos auxiliares, incluyendo los procedimientos de responsabilidad administrativa, la evaluación del desempeño de la función judicial y los conflictos laborales.

Respecto al presupuesto del Poder Judicial, tendría que contemplar recursos suficientes para garantizar el adecuado funcionamiento del Tribunal de Disciplina Judicial y el ejercicio eficaz de sus atribuciones en materia de evaluación, vigilancia y disciplina judicial. El periodo de las personas magistradas del Tribunal Superior de Justicia y las juezas y jueces del Poder Judicial que resulten electos en 2028 durará ocho años, por lo que vencería en 2036.

En la exposición de motivos, el Diputado Francisco Vázquez señala que la iniciativa busca armonizar la Constitución local con la reforma judicial federal, mediante un modelo de elección que fortalezca la legitimidad democrática de los órganos jurisdiccionales y garantice que quienes aspiren a desempeñar funciones jurisdiccionales acrediten conocimientos técnicos, experiencia profesional, honestidad y aptitudes suficientes para el ejercicio de la función judicial.

viernes, 29 de mayo de 2026

Con cambios, Cámara de Diputados aprobó, en lo particular, reforma que aplaza la elección judicial hasta 2028

  • En lo particular, se ratificó con la mayoría calificada de 322 votos a favor, 132 en contra y 22 abstenciones

La Cámara de Diputados aprobó, en lo general y en lo particular con cambios, el dictamen que reforma la Constitución Política para aplazar la elección judicial de 2027 hasta el primer domingo de junio de 2028, y en donde se precisa que la revocación de mandato será el primer domingo de junio del cuarto año del periodo constitucional.


En lo particular, fue ratificado con la mayoría calificada de 322 votos a favor, 132 en contra y 22 abstenciones, con los cambios aceptados por el Pleno, a efecto de que magistradas y magistrados de Sala Superior del Tribunal Electoral que estén en funciones puedan ser elegibles para un nuevo periodo en la elección federal que se celebre en 2028, sobre las secciones en la SCJN y duración en el cargo de magistrados de circuito y jueces de distrito


Revocación de mandato, el primer domingo de junio del cuarto año del periodo constitucional

Se aceptó del Diputado Reginaldo Sandoval Flores (PT) modificación al artículo 35 de la Carta Magna, para que se precise que no va a haber posibilidad de que empaten las elecciones federales con la revocación de mandato. “Va a quedar que sea el primer domingo de junio del cuarto año del periodo constitucional”, y en esa lógica nunca podrá empatarse la revocación de mandato con ninguna elección intermedia federal o la elección constitucional de la presidencia de la República.


Al hablar en contra, el Diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez (PRI) comentó que con la reserva queda claro que ya no será en el mismo momento que haya elecciones federales; sin embargo, se advierte que si se acepta será la revocación el mismo día de la elección en cuatro estados como son Oaxaca, Durango, Hidalgo y Tamaulipas, “lo que contraviene al acuerdo fundamentacional".


La Diputada Lilia Aguilar Gil (PT) argumentó que el centro de la reforma no es la revocación de mandato sino la reforma judicial, y la reserva “aclara que podrán coincidir y la revocación de mandato tendrá que ser en el cuarto año del gobierno del Ejecutivo; es decir, aunque podrán ser coincidentes nunca serán en el periodo intermedio de las elecciones de diputados federales y de congresos locales”.


Por MORENA, la Diputada Antares Guadalupe Vázquez Alatorre se manifestó a favor del dictamen y de la reserva, porque es responderle y cumplirle al pueblo, así como seguir con la lucha de la cuarta transformación. 


Magistradas y magistrados de Sala Superior del Tribunal Electoral podrán ser reelectos en 2028

También se aceptó la reserva del Diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna (MORENA) para modificar el artículo cuarto transitorio del decreto publicado el 15 de septiembre de 2024 en el Diario Oficial de la Federación, a fin de precisar que las magistradas y magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación que se encuentren en funciones a la entrada en vigor del presente decreto, podrán ser elegibles para un nuevo periodo en la elección federal que se celebre en 2028.


Gutiérrez Luna mencionó que con el cambio se salvaguarda el principio de igualdad y no discriminación, ya que se corrige el trato diferenciado e injustificado entre las magistraturas de la Sala Superior y el resto de las personas juzgadoras sujetas al nuevo modelo constitucional de elección judicial, dado que la Sala Superior tutela los derechos político-electorales y la regularidad constitucional de las elecciones, por lo que, al excluir a sus integrantes, se debilita el reconocimiento institucional de esa función estratégica.

Al solicitar el uso de la palabra, el Diputado Ricardo Monreal Ávila, Coordinador del Grupo Parlamentario de MORENA afirmó que “le puedo decir a la Asamblea que lo planteado aquí por el Diputado Sergio Gutiérrez Luna es coincidente con él que está opinando”.


Expresó “que no me sumo al coro de despropósitos y ataques contra funcionarios jurisdiccionales o magistrados. He tenido diferencias con ellos, muchas, a lo largo de mi vida pública y política, pero reconozco su honorabilidad y lo único que planteó Sergio Gutiérrez Luna, es otorgarles el mismo trato que esta Cámara les otorgó a los ministros de la Corte de Justicia de la nación”. 

La Diputada Ana Erika Santana González (PVEM) consideró indispensable que las personas aspirantes acrediten sus conocimientos mediante evaluaciones técnicas estandarizadas en materia jurídica, ética, jurisdiccional y sus capacidades desarrolladas bajo parámetros objetivos, públicos, verificables y homogéneos.  


Del PRI, el Diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez explicó que hace unos meses la titular del Ejecutivo mandó una iniciativa para que no hubiera reelección de diputados, ni alcaldes; sin embargo, hoy están planteando que haya reelección de magistrados. “Algunos de ellos van a llegar a 17 años en el ejercicio de su función. Hay una contradicción con todos los argumentos que ustedes trajeron”. 


Vanessa López Carrillo, Diputada del PT, mencionó que hoy se está legislando para asegurar que cada mexicana y mexicano reciba una boleta clara, entienda por quién vota y ejerza su derecho sin complejidades. Asimismo, agregó que con este dictamen ampliamos los márgenes para que los comités de evaluación operen con rigor popular. 


El Diputado Alfonso Ramírez Cuéllar (MORENA) señaló que con esta reserva se propone que las y los magistrados puedan durar hasta 17 años en el poder. “Por la decencia de la reforma judicial que estamos promoviendo y por la integridad de la iniciativa que presentó la presidenta de la República, les pido que la retiremos porque es una falta grave que trastoca el mandato del artículo 99 de la Constitución”.


También de MORENA, el Diputado Guillermo Rafael Santiago Rodríguez comentó que la reserva plantea que las y los magistrados de la Sala Superior, al igual que en su momento las ministras y ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, puedan participar en la elección. “No es reelección, es abrir la posibilidad de que puedan participar como cualquier ciudadano que cumpla con los requisitos legales y constitucionales”.


La Diputada Irais Virginia Reyes De la Torre (MC) dijo que a los magistrados electorales, con la reforma judicial de 2024, primero les ampliaron el periodo hasta 2027 por tres años más, con esta reforma hasta 2028 un año más, y con esta modificación de reserva se plantea que puedan competir y permanecer más tiempo en el cargo; es decir, van a poder durar en el poder hasta 17 años.


Secciones en la SCJN y duración en el cargo de magistrados de circuito y jueces de distrito

Asimismo, se incluyeron las modificaciones propuestas por el Diputado Leonel Godoy Rangel (MORENA). Se determinó en el artículo 94 que la Suprema Corte de Justicia de la Nación se compondrá de nueve integrantes, ministras y ministros, y funcionará en Pleno; también, con aprobación del Pleno, podrá funcionar en dos secciones. La presidencia de la Corte se renovará cada dos años de manera rotatoria en función del número de votos que obtenga cada candidatura en la elección respectiva, correspondiendo la presidencia a quienes alcancen mayor votación.


El artículo cuarto transitorio se modifica para precisar que las legislaturas de las entidades federativas realizarán las adecuaciones necesarias a sus constituciones para adecuarlas a lo que dispone el presente decreto dentro de los sesenta días naturales siguientes a su entrada en vigor, y dentro de los noventa días naturales para el caso de sus leyes locales.

El nuevo artículo séptimo transitorio subraya que el periodo de las magistradas y magistrados de Circuito y las juezas y jueces de Distrito que resulten electos en la elección que se celebre en el año 2028 conforme al presente decreto, durará ocho años, por lo que vencerá en 2036. Mientras que el octavo transitorio indica que se derogan todas las disposiciones que se opongan a lo dispuesto de este decreto.

De MORENA, la Diputada Rosa Guadalupe Ortega Tiburcio se pronunció a favor de la reserva, porque dota de mayor autonomía a la Suprema Corte de Justicia para crear dos secciones encargadas de dar celeridad a asuntos de menor relevancia, teniendo una mejor función y resolución de los procedimientos.


El Diputado Emilio Suárez Licona (PRI) indicó que la reserva genera incertidumbre institucional y económica, y rechazó modificar el funcionamiento interno de la SCJN. Dijo que las salas o secciones del máximo tribunal permitían una adecuada distribución del trabajo, especialización y definición clara de competencias entre ministros, y la reserva deja en manos del Pleno de la Corte la facultad de definir, mediante acuerdos generales, las competencias de dichas secciones.


El Diputado del PT, Adrián González Naveda, señaló que la reforma no es un invento sino la reivindicación de un proceso histórico y de la democracia popular mexicana. Defendió la importancia de respetar el derecho del pueblo a elegir al Poder Judicial y respetar su autonomía.


Rubén Ignacio Moreira Valdez, Diputado del PRI, planteó que permanezcan las dos secciones o salas, para agilizar la resolución de los problemas, y no concentrar burocracia. Refirió que en la reforma anterior, cuando desaparecieron las dos salas, se concentró todo el trabajo en el pleno de la Corte y hay un gran rezago. No se está resolviendo con la prontitud que se prometió, y además la Corte se quedó con 140 plazas que antes estaban en esas salas.


El Diputado Daniel Murguía Lardizábal (MORENA) expresó que ninguna norma debe asumirse como definitiva, todas las leyes son perfectibles, como esta reforma que define con paso firme el rumbo de la justicia de México, que avanza hacia un modelo moderno con controles institucionales que responde a una demanda histórica de contar con instituciones accesibles, confiables y sensibles a la realidad social para resarcir la confianza en el Poder Judicial.


Por el Grupo Parlamentario del PAN, la Diputada Laura Cristina Márquez Alcalá dijo que la prioridad no debe ser ajustar un calendario que sólo va a evitar la impartición de justicia. Señaló que las salas que retomaba la iniciativa original para agilizar la impartición de justicia, “pero les pareció mejor dejarlo al contentillo”. Destacó la importancia de dar certeza jurídica, legalidad, preservar los principios generales del derecho y funcionar en dos secciones o dos salas como antes, lo cual era un acierto.


En la discusión en lo particular, diputadas y diputados de MORENA, PAN, PVEM, PT, PRI y MC, presentaron diversas reservas, las cuales fueron retiradas, se pidió publicar en el Diario de los Debates, o bien no se admitieron a discusión y, por lo tanto, se desecharon.

El dictamen reforma y adiciona diversas disposiciones de los artículos 35, 94, 96, 98, 100, 116 y 122 de la Constitución Política, y deriva de una iniciativa de la presidenta de la República, Claudia Sheinbaum Pardo, y de diversas propuestas de diputadas, diputados, senadoras y senadores de MORENA, PAN y MC. Se mandó al Senado de la República para sus efectos constitucionales. 

jueves, 21 de mayo de 2026

Aplazar la elección judicial evitará distorsiones entre los sistemas político-electoral y judicial: Senador Ignacio Mier

  • La Secretaria de Gobernación, Rosa Icela Rodríguez, entregó al Congreso la iniciativa para la reformar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

El Presidente de la Junta de Coordinación Política del Senado, Ignacio Mier Velazco, afirmó que la iniciativa de reforma para aplazar las elecciones de personas juzgadoras, que presentó este miércoles el Poder Ejecutivo Federal al Congreso de la Unión, evitará distorsiones entre los sistemas político-electoral y judicial.

Durante la reunión en la que la Secretaria de Gobernación, Rosa Icela Rodríguez Velázquez, entregó la iniciativa a los legisladores, el Coordinador Parlamentario de MORENA indicó que el propósito del proyecto es garantizar el pleno cumplimiento de lo que establece el artículo 39 constitucional, con relación a que los mexicanos elijan a los integrantes de los tres poderes.

Resaltó que se busca evitar la distorsión entre los sistemas político-electoral y el sistema judicial; además, incluye mecanismos de transparencia y de rendición de cuentas.

“Al garantizar que no haya distorsiones -enfatizó el legislador-, se asegura también la estabilidad, al separar en el tiempo la concurrencia de la revocación y la elección de los integrantes del Poder Judicial”, destacó.

En cuanto a la parte logística, Ignacio Mier explicó que se busca facilitar el acceso informado de las y los mexicanos para la elección de los integrantes a distintos cargos del Poder Judicial, conforme a la convocatoria que con anticipación establezca el Instituto Nacional Electoral.

Ignacio Mier Velazco reconoció también la disposición de los integrantes de la coalición, es decir, del Partido Verde Ecologista de México y el Partido del Trabajo, así como la asistencia de la titular de la Secretaría de Gobernación, lo que demuestra no solamente la colaboración de Poderes, sino el objetivo de fortalecer los derechos de las y los mexicanos de elegir a los titulares de los tres Poderes.