domingo, 2 de febrero de 2014

El SAT revela relación de 98 contribuyentes que facturan operaciones inexistentes

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) incluyó información de contribuyentes con créditos cancelados en la nueva actualización de la lista de causantes incumplidos publicada este sábado 1 de febrero. En el Distrito Federal, el organismo fiscalizador, informó que también publicó en su portal en Internet www.sat.gob.mx la relación de 98 contribuyentes que presuntamente facturan operaciones inexistentes. Señaló que se actualizó la lista de contribuyentes, exceptuados de la reserva fiscal en términos del artículo 69 del Código Fiscal de la Federación (CFF), la cual fue publicada por primera vez el 1 de enero pasado. En esta ocasión, se incluyen nombre, razón social y RFC, de cuatro mil 986 contribuyentes adicionales. De estos 749 corresponden a créditos firmes, 46 a créditos exigibles, mil 214 a créditos cancelados, cinco con sentencia condenatoria ejecutoria y dos mil 972 no localizados que tienen incumplimiento sistemático en sus obligaciones fiscales. Con motivo de esta misma actualización se disminuirán, de la lista de no localizados, dos mil contribuyentes que no tiene incumplimiento sistemático. Además, se separa de la relación de contribuyentes incumplidos, a los no localizados; esto, para distinguirlos de aquellos que se ubicaron en alguno de los otros supuestos del artículo 69 del CFF. Sobre la cancelación de créditos, explicó que esta acción se realiza cuando se determina la insolvencia del deudor; es decir, cuando no tiene bienes de su propiedad, o cuando el monto del adeudo es menor a la inversión que se requiere hacer para cobrarlo. "La cancelación no extingue la obligación del deudor frente al fisco, si con posterioridad a la cancelación se localizan bienes, éstos son susceptibles de ser embargados", subrayó. Por otra parte, apuntó que la nueva actualización también se publicó en la página de internet del SAT la notificación a otros 98 contribuyentes que presuntamente facturan operaciones inexistentes. Con la publicación, se considerará que las operaciones contenidas en los comprobantes fiscales expedidos por estos contribuyentes, no producen efecto fiscal alguno, refirió el Servicio de Administración Tributaria.

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