viernes, 2 de enero de 2015

Regalazo de año nuevo a morosos; les condonan multas e impuestos

Ruth Barrios Fuentes |
El Gobierno del Distrito Federal (GDF) informó, a través de la Gaceta Oficial, sobre la condonación parcial del pago del Impuesto Predial en el 2015 a jubilados, además de que se exentarán las multas de tenencia vehicular automóviles con adeudos del 2012, así como aquellos de modelo anterior al 2002. De acuerdo con el documento, publicado el 31 de diciembre, se condona el 30 por ciento del impuesto a los jubilados, pensionados por cesantía en edad avanzada, por vejez, por incapacidad, por riesgos de trabajo, por invalidez, así también a las viudas y huérfanos pensionados y a los adultos mayores sin ingresos fijos y escasos recursos. En la Gaceta Oficial, el gobierno local también exenta del 100 por ciento las multas fiscales, recargos y gastos de ejecución por la omisión del pago de los impuestos Predial; sobre Adquisición de Inmuebles, sobre Espectáculos Públicos, sobre Loterías, Rifas, concursos y sobre nóminas. De igual manera se exoneran el 100 por ciento en las multas de Tenencia o Uso de Vehículos y por la Prestación de Servicios de Hospedaje, además de los derechos por el suministro de agua, de descarga a la Red de Drenaje y aquellos que están en el Artículo 264 del Código Fiscal del Distrito Federal. El gobierno local indicó que la condonación de la tenencia vehicular será aplicable para los vehículos con adeudos de los ejercicios fiscales 2012 y posteriores, así como aquellos modelo anterior a 2002. Para los vehículos cotizados en un precio menor a 250 mil pesos podrán hacerse acreedores a recibir el beneficio del subsidio del 100 por ciento de la tenencia en caso de estar al corriente con los pagos anteriores. Las autoridades fijaron un plazo para obtener los beneficios, los cuales serán aplicables del 1 de enero hasta el 31 de marzo de 2015. De igual forma, la Secretaría de Finanzas dio a conocer el programa general con el que se condona el pago del Impuesto Predial para la regularización fiscal de condominios. Así se condona el 100 por ciento los adeudos del Impuesto Predial respecto a los inmuebles que se hayan constituido bajo la modalidad de Regimen de Propiedad de Condominio hasta el 31 de diciembre de 2009 y que no estén registrados en el Padrón Catastral respectivo. Para poder acceder a este beneficio es necesario presentar una solicitud por escrito del 1 de enero al 30 de junio de 2015 junto con la Declaración de Valor Catastral y Pago del Impuesto Predial, con los bimestres de los que solicite la condonación. Los beneficios se dan en un año que es electoral, donde se elegirán a los nuevos jefes delegacionales y a los diputados de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF).

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