martes, 25 de agosto de 2015
El Municipio de Naucalpan no fue embargado”: autoridades
• Funcionarios de la Secretaria de Finanzas, que llevarían a cabo la diligencia, desconocían la invalidez del mandamiento de ejecución de fecha 14 de enero de 2015.
• Hasta este momento del día de hoy, todo se encuentra en calma.
Por Mario Ruiz Hernández
Al impedir el presunto embargo de bienes e inmuebles del patrimonio municipal, en resolución del Tribunal de lo Contencioso Administrativo (TRICA), en su segunda sala regional que inválida el mandamiento de ejecución, a la secretaria de finanzas del gobierno estatal.
Autoridades locales, informaron que “el municipio no fue embargado”, tras intentona de funcionarios de la dependencia estatal que pese a la sentencia, colocaron sellos de retención a diversos bienes, propiedad del ayuntamiento.
En un comunicado de prensa oficial, las autoridades municipales resaltan que las personas que acudieron, para llevar a cabo una diligencia de Requerimiento de Pago y/o Embargo al Municipio, desconocían que el 14 enero del 2015 el Contencioso Administrativo en la Segunda Sala Regional resolvió la invalidez del mandamiento de ejecución.
Asimismo, el documento refiere que el vienes 21 de agosto del 2015, el personal de la Secretaria de Finanzas del Estado de México, dejó citatorio previo, para llevar a cabo una diligencia de Requerimiento de Pago y/o Embargo, la cual se desarrolló el día 24 del mismo mes y año, en la que se manifestó la oposición al embargo de bienes del ayuntamiento ya que estos son inembargables, con forme a la Ley de Bienes del Estado de México y Municipios.
Ante la insistencia del ejecutor, de llevar a cabo la diligencia, personal de la Dirección General Jurídico, procedió a solicitar el apoyo a la Dirección de Seguridad Ciudadana para ponerlo a disposición del Agente del Ministerio Publico, toda vez que dicho funcionario estaba excediéndose en sus facultades.
Por otra parte, la oficina de comunicación social reseña todo el procedimiento que en su oportunidad habíamos investigado de la siguiente manera:
Antecedente: Procedimiento Administrativo Común PROPAEM/0285/2008, iniciado por la PROPAEM al H. Ayuntamiento de Naucalpan de Juárez, Estado de México.
Motivo: Realizar actividades que requieren autorización en materia de impacto ambiental, conservación ecológica y protección al ambiente en la zona de la punta del Parque de los Remedios.
Determinación: La Autoridad Estatal dictó Sentencia de fecha primero de septiembre del 2008 que determinó la multa de 500 días de salario mínimo vigente en la región.
A través del Mandamiento de Ejecución número 203113014/ME143/2014 de fecha 25 de febrero del 2014, la Secretaria de Finanzas dicto el Acta de Requerimiento de Pago y/o Embargo 27 de febrero del 2014.
Se promovió el Juicio Contencioso Administrativo en la Segunda Sala Regional al cual le recayó el número de expediente 74/2014 fiscal, en el que se resolvió mediante sentencia de fecha 14 enero del 2015 la invalidez lisa y llana del mandamiento de ejecución.
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