jueves, 27 de agosto de 2015
Ordenan al SAT revelar pagos de Korenfeld por uso indebido de helicóptero
PROCESO El Servicio de Administración Tributaria (SAT) debe entregar los documentos que comprueben todos los pagos realizados por el exdirector general de la Comisión Nacional del Agua (Conagua), David Korenfeld, por el uso indebido de un helicóptero del organismo.
Así lo ordenó el pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) al resolver un recurso de revisión interpuesto por un particular a quien el SAT le indicó que la información solicitada se encontraba clasificada como reservada “por cuestiones de secreto fiscal”.
En su impugnación ante el órgano de transparencia, el particular argumentó que el propio Korenfeld fue quien reveló haber realizado el pago correspondiente por el uso que hizo de la aeronave.
Sin embargo, en alegatos el SAT confirmó su respuesta inicial y manifestó que el derecho de acceso a la información es un derecho humano en el que debe prevalecer el principio de máxima publicidad, “en tanto no afecte otras esferas jurídicas”.
Al analizar el caso, la comisionada ponente Areli Cano señaló que si bien en principio se actualizaba la clasificación invocada por el SAT, debido a que es información obtenida de la aplicación de disposiciones tributarias, al encontrarse pública en el expediente administrativo 0016/2015 de la Secretaría de la Función Pública, la protección del secreto fiscal era improcedente, pues “se impediría al particular ejercer su derecho al acceso a la información que ya era de carácter público”.
Además puntualizó que el pago realizado por el entonces director general de Conagua no es una contribución que el SAT hubiera recaudado, sino el pago de un aprovechamiento, es decir, “un ingreso que percibe el Estado por funciones de derecho público distintos de las contribuciones”.
Asimismo, destacó que divulgar la información permite evaluar la gestión de los servidores públicos y favorece la rendición de cuentas a los ciudadanos, ya que “obliga a los primeros a conducirse con transparencia, honestidad, lealtad, cooperación, austeridad, sin ostentación y con una clara orientación al interés público”.
Así, a propuesta de la comisionada, el pleno del INAI aprobó por unanimidad revocar la respuesta del SAT e instruirle a que, en un plazo máximo de 10 días hábiles, entregue al particular los documentos que comprueben “todos los pagos realizados por Korenfeld a la Tesorería de la Federación por el uso indebido de un helicóptero.
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