viernes, 18 de agosto de 2017
La SCJN invalidó porciones de 2 Artículos de la Constitución, en materia electoral
En la Capital del país, la Suprema Corte de Justicia invalidó dos porciones de la Constitución, una que regulaba las causas de nulidad de elecciones y otra que limitaba las reelecciones a las que aspiran los diputados locales.
Al anular fragmentos de los artículos 27 y 29 de la carta magna, el pleno de la corte terminó de revisar las impugnaciones en materia electoral, que recibieron trato prioritario ante el inminente inicio del proceso de 2018.
La corte rechazó propuestas para invalidar y, en cambio, avaló que los concejales de las alcaldías representen a “circunscripciones” dentro de las demarcaciones, la inclusión de hasta 34 personas en las listas plurinominales para el Congreso local, y el tope de 40 diputados que un solo partido puede tener en dicho órgano.
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