miércoles, 18 de marzo de 2020

A 23 de 125 Bandos Municipales, la CODHEM interpuso acción de inconstitucionalidad

La Comisión de Derechos Humanos del Estado de México (CODHEM) detectó luego del análisis jurídico que, en 23 de los 125 Bandos Municipales 2020, infracciones administrativas que tienen identidad con delitos previstos en el Código Penal estatal vigente, por lo que presentó las acciones de inconstitucionalidad correspondientes ante la Sala Constitucional del Tribunal Superior de Justicia de la entidad.

Jorge Olvera García, titular de la dependencia, destacó que el uso indebido de los sistemas de emergencia, daño en los bienes, maltrato animal, ultrajes y violencia familiar, son algunas de las conductas delictivas que fueron incluidas en los bandos de los municipios de Acolman, Apaxco, Atizapán, Almoloya del Río, Chalco, Chiautla, Chiconcuac, Metepec, Nezahualcóyotl, Nicolás Romero, Otumba, Soyaniquilpan, Sultpec, Tejupilco, Tepetlaoxtoc, Texcalyacac, Tianguistenco, Xonacatlán, Villa del Carbón, Zacualpan, Hueypoxtla, El Oro y Jilotzingo, generando un conflicto de leyes que afectaría a la gente.

El funcionario explicó que el objetivo de estas acciones es dar certeza jurídica a quienes habitan y transitan por los municipios mexiquenses, y protegerlos en su persona, sus bienes, posesiones y ante cualquier acto lesivo que pudiera generar el poder público, al actuar sin el debido mandamiento de la autoridad competente, fundado, motivado y de acuerdo con los procedimientos y formalidades legales.

Aseveró que cada año las municipalidades promulgan la normatividad local y, de acuerdo con sus atribuciones y facultades, la CODHEM la analiza y tiene un plazo de 45 días naturales para presentar acciones de inconstitucionalidad cuando así lo amerite el caso; el análisis de los bandos 2020, reiteró, derivó en 23 acciones presentadas incluso antes de la fecha establecida que es el próximo 21 de marzo del año en curso.

El presidente de la CODHEM resaltó que la acción de inconstitucionalidad es un medio de control constitucional para invalidar alguna norma o precepto que se contrapone a la Constitución o a otro ordenamiento que jerárquicamente esté por encima de los bandos, por lo cual es necesaria la resolución por medio de la sentencia del Tribunal Superior de Justicia.

Olvera García mencionó que al interponerse las acciones de inconstitucionalidad, de inmediato se notifica a los Ayuntamientos para que en un término de ocho días contesten la demanda promovida por la CODHEM.

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