• La diputada Núñez Monreal (PT) presentó iniciativa de reformas al artículo 123, apartado B, de la Carta Magna.
• Plantea que el voto de los trabajadores al servicio del Estado para elegir dirigentes sindicales, sea personal, libre y secreto.
La diputada Magdalena del Socorro Núñez Monreal (PT) presentó una iniciativa de reformas al artículo 123, apartado B, de la Constitución Política, para crear el Instituto Nacional de Elecciones Sindicales y establecer que, en la elección de dirigentes, el voto de los trabajadores será personal, libre y secreto.
Plantea que los trabajadores podrán acudir a ese Instituto, que será la autoridad para llevar a cabo y determinar lo concerniente a la elección de directivas sindicales, así como validar el padrón de trabajadores con derecho a voto.
Estipula que sus principios de actuación, facultades y procedimientos quedarán establecidos en su ley orgánica, la cual contemplará los medios de impugnación para garantizar que los procesos electivos sean apegados a derecho. La naturaleza jurídica del Instituto será la de un órgano descentralizado.
Agrega que los estatutos sindicales podrán, de conformidad con lo dispuesto en la ley, fijar modalidades procedimentales aplicables a los respectivos procesos.
La iniciativa, turnada a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen, y a la de Trabajo y Previsión Social, para opinión, señala que el voto personal, libre, directo y secreto no únicamente significa que los trabajadores decidan libremente quién los representa, sino que ello dará vida a liderazgos legitimados y representativos, que tengan fuerza frente a la negociación colectiva.
Precisa que se hace necesaria esta reforma al apartado B, que rige la relación de trabajo entre el Estado y sus servidores o entre los Poderes de la Unión y el Gobierno de la Ciudad de México con sus trabajadores, excepto aquella que por su naturaleza se rige por leyes especiales como es el caso de las Fuerzas Armadas y/o personal que por sus funciones protejan la seguridad pública.
Indica que “a nadie conviene un sindicalismo que no se desarrolle con transparencia, ni democracia, ni pluralidad”.
Considera que es necesario contar con un ente que regule las futuras elecciones sindicales de los agremiados, vigilando que se cumpla lo mandatado tanto en dicho precepto constitucional, como en la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado.
“Se pretende que esta nueva ficción jurídica sea garante de que se plasme en el artículo 123, apartado B, que la votación en elecciones sindicales para los agremiados sea libre, directa y secreta tal y como lo plasma el apartado A de dicho artículo y la Ley Federal del Trabajo, otorgándole esta facultad al Instituto Nacional de Elecciones Sindicales”, subraya.
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