En sesión presencial, el Pleno de la Cámara de Diputados conoció para trámite de declaratoria de publicidad los dictámenes de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, relativos a las leyes de Ingresos de la Federación y Federal de Derechos, que forman parte del Paquete Económico para el Ejercicio Fiscal 2025.
Ley de Ingresos de la Federación
Establece que el Ejecutivo Federal podrá contratar y ejercer créditos, empréstitos y otras formas del ejercicio del crédito público, incluso mediante la emisión de valores y para el financiamiento del Presupuesto de Egresos de la Federación 2025, por un monto de endeudamiento neto interno hasta por un billón 580 mil mdp.
Autoriza al Ejecutivo Federal para que mediante las referidas formas de ejercicio del crédito público, obtenga un monto de endeudamiento neto externo de hasta 15 mil 500 millones de dólares (mdd) de los Estados Unidos.
Faculta a Petróleos Mexicanos (PEMEX) y a sus empresas productivas subsidiarias para adquirir un monto de endeudamiento neto interno de hasta 143 mil 403.7 mdp y uno externo de hasta 5 mil 512.7 mdd. A su vez, Comisión Federal de Electricidad (CFE) y sus empresas productivas subsidiarias podrán obtener endeudamiento interno de hasta 10 mil 27 mdd y otro externo de 991 mdd.
También, autoriza a la Ciudad de México un endeudamiento neto de 3 mil 500 mdp para el financiamiento de obras contempladas en su Presupuesto de Egresos 2025.
Prevé que la Federación perciba los ingresos por proyectos de infraestructura productiva de largo plazo de inversión financiada directa y condicionada de la CFE por un total de 317 mil 080.8 mdp.
Ley Federal de Derechos
La finalidad de este dictamen es adecuar y actualizar los ingresos en los servicios migratorios, en materia de inspección y vigilancia a cargo de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, minería, telecomunicaciones, medio ambiente y recursos naturales, destino específico por servicios en materia de aeropuertos, zona federal marítimo terrestre, derechos por el uso, explotación o aprovechamiento de aguas nacionales y, espacio aéreo mexicano.
Plantea actualizar diversos conceptos y cuotas para el pago de derechos por la prestación de servicios públicos o por el uso, goce o aprovechamiento de los bienes de dominio de la nación.
Modifica las cuotas por el acceso a las Áreas Naturales Protegidas, a fin de que los derechos reflejen un valor más cercano al impacto real que representa el uso de estos bienes de dominio público de la nación. Exenta del pago de derechos a las personas que utilicen las telecomunicaciones para desempeñar actividades en materia de protección civil, con la finalidad de reconocer su participación durante situaciones de emergencia o desastres naturales como huracanes, inundaciones o temblores.
Determina que se exente a los pueblos y comunidades afromexicanas del pago de derechos por diversos servicios en materia de telecomunicaciones. Implementa medidas tendentes a promover, proteger y garantizar el pleno ejercicio de los derechos humanos y libertades de las personas con discapacidad y personas adultas mayores.
Precisa que se dará certeza jurídica para efectos del pago de derechos por el uso, goce o aprovechamiento de las playas, la zona federal marítimo terrestre y los terrenos ganados al mar o a cualquier otro depósito de aguas marítimas, actualizando el listado de los municipios contenidos en las zonas a que se refiera la Ley, y realiza adecuaciones en materia de minería y agua.
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