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viernes, 17 de julio de 2026

Cámara de Diputados: Comisión de Defensa Nacional rechaza reforma sobre artificios pirotécnicos

  • Argumenta que el marco jurídico vigente ya incluye las medidas de seguridad para prevenir riesgos derivados de esa actividad

La Comisión de Defensa Nacional, que preside el Diputado Luis Arturo Oliver Cen (MORENA), aprobó por 13 votos a favor, cuatro en contra y una abstención un dictamen en sentido negativo a la iniciativa que planteaba adicionar disposiciones a la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, en materia de artificios pirotécnicos.


El Diputado Oliver Cen explicó que la reforma buscaba reforzar la seguridad en las actividades relacionadas con artificios pirotécnicos mediante la incorporación de criterios expresos de ubicación territorial, distancias mínimas de seguridad y medidas de supervisión para fábricas, talleres y almacenes.

Mencionó que la propuesta proyectaba que estos establecimientos se ubiquen lejos de centros de población y que la Secretaría de la Defensa Nacional contara con atribuciones más específicas para emitir lineamientos técnicos que reduzcan los riesgos para la población y regulen la operación de este tipo de instalaciones.

“La Comisión determinó desechar la iniciativa al considerar que las disposiciones propuestas ya se encuentran implícitamente contempladas en el marco jurídico vigente”, subrayó el legislador.

El documento por el que se desecha la iniciativa que buscaba adicionar un párrafo al artículo 39, otro al artículo 45 y un artículo 45 Ter, concluye que no existe un vacío normativo que justifique dicha reforma.

Detalla que el marco jurídico vigente ya prevé permisos, medidas de seguridad, verificación de instalaciones y participación de autoridades federales, estatales y municipales para prevenir riesgos derivados de la actividad pirotécnica, por lo que los objetivos perseguidos por la iniciativa pueden alcanzarse mediante instrumentos reglamentarios y administrativos sin necesidad de modificar la ley.

“Por las razones anteriormente expuestas, la Comisión de Defensa Nacional considera improcedente la iniciativa materia del presente dictamen”, puntualiza.

Estima que la propuesta contiene disposiciones de naturaleza eminentemente técnica y administrativa, cuya regulación corresponde al Reglamento de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos y a las disposiciones administrativas que emitan la Secretaría de la Defensa Nacional y las autoridades de protección civil, por lo que su incorporación al texto legal resulta innecesaria.

Además, genera duplicidad normativa, ya que pretende incorporar a la ley aspectos relacionados con la ubicación territorial, distancias de seguridad, cercanía a centros de población y evaluación de riesgos que actualmente forman parte de las facultades de las autoridades encargadas de autorizar y supervisar dichos establecimientos.

lunes, 26 de enero de 2026

Plantean en la Cámara de Diputados prohibir producción y comercialización de fuegos artificiales que contengan fósforo blanco

  • Las diputadas Ballesteros Mancilla y Reyes De la Torre y el Diputado Sánchez Rivera (MC) solicitaron reformar la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos

Con el objetivo de prohibir la producción o fabricación, manipulación o uso y la comercialización de artículos pirotécnicos, fuegos artificiales o municiones que contengan fósforo blanco, las diputadas Laura Iraís Ballesteros Mancilla, Iraís Virginia Reyes De la Torre y el Diputado Miguel Ángel Sánchez Rivera (MC) suscriben una iniciativa que reforma la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos.

Establece que los artificios pirotécnicos deben diseñarse, fabricarse y entregarse bajo estándares previstos por la Secretaría de la Defensa Nacional, que aseguren la mínima exposición a riesgos para la vida, salud humana y medio ambiente, evitando daños a la propiedad y cumpliendo con reglas de seguridad y buenas prácticas en todas sus etapas, incluida la previa a su uso. 

Para ello, se requiere la aplicación de técnicas de producción que reduzcan los riesgos inherentes y minimicen los impactos ambientales. Asimismo, los artificios deberán tener el número de permiso del laboratorio que los fabricó en el empaque. 

En la exposición de motivos, consideran que el uso de pirotecnia representa un riesgo real tanto para la salud de las personas como para los animales y el medio ambiente. 

Refieren que la Organización Mundial de la Salud señala que los fuegos artificiales liberan gases contaminantes como el monóxido de carbono que deteriora la atmósfera, ya que los mismos tardan entre dos y tres días en disiparse. 

De acuerdo con la OMS, el fósforo blanco es utilizado en aplicaciones militares y usos industriales en la producción de ácido fosfórico y fosfatos, aunque su uso como rodenticida o en fuegos artificiales ha decrecido. 

Señalan que la exposición al fósforo blanco es peligrosa por cualquier vía (ingestión, inhalación, contacto con piel o mucosas). Provoca quemaduras profundas, efectos térmicos y químicos y puede penetrar tejidos llegando incluso a los huesos.

A lo anterior, se suma la limitada regulación y supervisión en la producción, almacenamiento, comercialización y uso de estos productos, lo que explica la frecuencia de accidentes, principalmente explosiones, que ocasionan pérdidas humanas, personas heridas y la destrucción parcial o total de talleres y viviendas donde se manipulan estos materiales.

Con la base de datos de accidentes relacionados con sustancias peligrosas, elaborada a partir de información del Centro Nacional de Comunicación y Operación (CENACOM), la pirotecnia representa la segunda causa de incidentes. 

Mencionan que entre 2003 y 2021 se contabilizaron 649 sucesos. Los años con mayor incidencia fueron en 2019 y 2021, ambos con 84 accidentes, seguidos de 2020 con 64 y 2017 con 60 casos registrados. 

Además, la mayoría de los accidentes con pirotecnia ocurren durante la fabricación, especialmente en talleres clandestinos, los cuales concentran el 40.8 por ciento de los casos al operar sin autorización de la SEDENA, mientras que los talleres registrados representan solo el 11.6 por ciento de los incidentes. 

También destacan los accidentes vinculados con el uso, almacenamiento y transporte, 13.1 por ciento sucede en viviendas donde se guarda pirotecnia, 12.5 por ciento en eventos masivos como celebraciones religiosas, y otros en la vía pública, principalmente durante traslados o peregrinaciones. 

Advierten que México necesita una regulación nueva en materia de pirotecnia que permita seguir celebrando las tradiciones, sin poner en riesgo a las comunidades ni al medio ambiente.

La iniciativa, turnada a la Comisión de Defensa Nacional, plantea modificar los artículos 41 Bis y 41 Ter de la ley antes referida.

lunes, 19 de febrero de 2024

Piden que sea requisito para licencia de portación de armas no haber sido condenado por delito en contra de mujeres

• La Diputada Ascencio Ortega (MORENA) plantea reformar la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos

La Diputada Reyna Celeste Ascencio Ortega (MORENA) busca reformar la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, a fin de incorporar como requisito para expedir la licencia de portación de armas, en el caso de personas físicas, no haber sido condenado por delito violento cometido en contra de mujeres, niñas y niños.

La iniciativa, de modificación al inciso D) de la fracción I del artículo 26 de dicha ley, precisa que la finalidad es evitar, en algún grado, los crímenes violentos con armas de fuego cometidos en contra de estos sectores de la población.

Resalta que un arma de fuego y una persona violenta es la peor combinación que puede existir, por lo que las mujeres y las familias que se encuentran con alguien así corren un grave peligro, debido a que en cualquier momento pueden ser gravemente agredidas.

Un arma de fuego potencializa el daño y agresión que se pueden ejercer en contra de una mujer; es por ello que el Estado debe garantizar que este tipo de instrumentos no estén disponibles para agresores de mujeres.

El documento, remitido a la Comisión de Defensa Nacional, menciona que, de acuerdo con especialistas y estudios, el acceso a armas de fuego ha aumentado la violencia y los crímenes cometidos en perjuicio de este grupo.

Precisa que, según el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), en seis de cada 10 feminicidios se utiliza un arma de fuego. “En cuanto a los medios utilizados en el homicidio, el arma de fuego es utilizada en más de la mitad de este tipo de defunciones.

Afirma que la violencia feminicida con el uso de armas de fuego ha aumentado: “A principios de la década de los 2000, tres de cada 10 mujeres eran asesinadas de esta manera, pero en 2010 pasaron a representar 54.3 por ciento”.

Por otro lado, agrega, 125 mil mujeres denunciaron haber sido amenazas por sus parejas con un arma de fuego o blanca. De éstas, 25 mil fueron agredidas con arma de fuego. “El uso de armas de fuego para asesinar a las mujeres se ha incrementado en un 13.4 por ciento en las viviendas, durante los últimos cinco años”.

Ante ello, la legisladora considera que la reforma es necesaria para “atender un problema social que estamos viviendo, es una medida proporcionada a las previsiones que ya existen y resulta idóneo para evitar que personas con claros antecedentes de violencia tengan acceso a un arma de fuego, ya sea en lo individual o como parte de una corporación que tiene una licencia colectiva”.