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miércoles, 1 de julio de 2026

Servidores de la Salud continúan con visitas médicas domiciliarias y gratuitas del Programa Salud Casa por Casa

  • Salud Casa por Casa tiene como objetivo dar seguimiento a la salud de adultos mayores y personas con discapacidad

La Secretaria de Bienestar, Leticia Ramírez Amaya, informó que servidores de la salud continúan realizando visitas domiciliarias y gratuitas a adultos mayores y personas con discapacidad derechohabientes de las Pensiones para el Bienestar como parte del Programa Salud Casa por Casa.

Servidoras y servidores de la salud, recorren de manera permanente todos los rincones del país para dar seguimiento a la salud de los adultos mayores y personas con discapacidad en sus domicilios para dar seguimiento a su salud de manera periódica”, puntualizó la Secretaria Leticia Ramírez.

Leticia Ramírez explicó que los servidores de la salud están capacitados de acuerdo a los Protocolos Nacionales Médicos (PRONAM), para dar seguimiento a problemas de hipertensión, diabetes, sobrepeso, enfermedad renal y otros.

Abundó que los derechohabientes de las Pensiones para el Bienestar han recibido hasta tres visitas médicas domiciliarias. Los servidores de la salud acuden a los domicilios de los derechohabientes con su maletín donde llevan los instrumentos médicos adecuados para tomar signos vitales, valoración nutricional, detecciones y pruebas rápidas, agudeza visual y auditiva.

Precisó que las personas que están siendo visitadas, ya cuentan con su expediente clínico con información sobre antecedentes, vacunas, enfermedades, estudios clínicos, visitas al médico, medicamentos, alimentación, actividad física y salud emocional.

Ramírez Amaya precisó que el programa Salud Casa por Casa, fortalece a las Pensiones para el Bienestar de Personas con Discapacidad y para Adultos Mayores, ya que da seguimiento a la salud de los derechohabientes.

miércoles, 6 de noviembre de 2024

Inicia entrega de apoyos de las Pensiones para el Bienestar de Personas con Discapacidad y Adultos Mayores; corresponden a noviembre-diciembre de 2024

* Elevan a rango constitucional estos programas, por lo cual, los Gobiernos Federal y estatal deberán garantizar su entrega


* No es obligatorio retirar el dinero en el día señalado, ya que permanece seguro en la cuenta del Banco del Bienestar


La Secretaría de Bienestar del Gobierno de México anunció el calendario de pagos de las Pensiones para el Bienestar de Personas con Discapacidad y para Personas Adultas Mayores, correspondiente al bimestre noviembre-diciembre de 2024.

Estos programas consisten en la entrega de un apoyo bimestral de 3 mil 100 pesos y 6 mil pesos, respectivamente, con el propósito de elevar el nivel de vida de las y los beneficiarios.

En el caso del programa para Personas con Discapacidad, se tiene una participación bipartita, ya que el Gobierno del Estado de México que encabeza la Maestra Delfina Gómez Álvarez aporta el 50 por ciento de los recursos.

Este año se elevaron a rango constitucional estos programas, por lo cual, los Gobiernos federal y estatal deberán garantizar su entrega, para ello, el calendario está organizado alfabéticamente, de acuerdo con la inicial del primer apellido:

Lunes 4 de noviembre, la letra A;

Martes 5 de noviembre, la letra B;

Miércoles 6 y jueves 7 de noviembre, la letra C;

Viernes 8 de noviembre, las letras D, E y F;

Lunes 11 y martes 12 de noviembre, la letra G;

Miércoles 13 de noviembre, las letras H, I, J y K;

Jueves 14 de noviembre, la letra L;

Viernes 15 y martes 19 de noviembre, la letra M;

Miércoles 20 de noviembre, las letras N, Ñ y O;

Jueves 21 de noviembre, las letras P y Q;

Viernes 22 y lunes 25 de noviembre, la letra R;

Martes 26 de noviembre; la letra S;

Miércoles 27 de noviembre, la letra T, U y V.

Jueves 28 de noviembre, las letras W, Y, X y Z.

En estas fechas se hará la dispersión, pero no es obligatorio retirar el dinero en el día señalado, ya que permanece seguro en la cuenta del Banco del Bienestar.

martes, 7 de mayo de 2024

La Cámara de Diputados aprobó en lo general la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar

• El dictamen recibió 252 votos a favor, 212 en contra y 4 abstenciones
• Se procedió a la discusión, en lo particular, de los artículos reservados


Por 252 votos a favor, 212 en contra y cuatro abstenciones, la Cámara de Diputados aprobó, en lo general y en lo particular de los artículos no reservados, el dictamen que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones secundarias para la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar.

Su propósito es recibir, administrar, invertir y entregar los recursos que le sean aportados; será constituido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público como un fideicomiso público no considerado entidad paraestatal, en el cual el Banco de México actuará como fiduciario.

Las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores), las instituciones que realicen funciones similares de naturaleza pública, así como las administradoras prestadoras de servicio, deberán transferir los recursos de las Subcuentas de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez, al momento en que los trabajadores cumplan 70 años, sin necesidad de resolución judicial, al Fondo de Pensiones para el Bienestar, debiendo notificar de cada traspaso al Instituto Mexicano del Seguro Social el mismo día en que se realice. Esto no será aplicable a los recursos de los trabajadores que cuenten con una relación laboral activa ante el Instituto.

Estipula que en caso de que la o el trabajador cumpla 70 años sin que éste o sus beneficiarios hubieren ejercido su derecho a recibir los recursos de la Subcuenta de Vivienda, el INFONAVIT deberá transferir dichos recursos al Fondo de Pensiones para el Bienestar. Esto no será aplicable para los trabajadores en activo.

Para el caso de las y los trabajadores del Estado, el PENSIONISSSTE o las administradoras, así como las administradoras prestadoras de servicio, deberán transferir dichos recursos, al momento en que los trabajadores cumplan 75 años, sin necesidad de resolución judicial, al Fondo de Pensiones para el Bienestar. Esto no será aplicable a los recursos de los trabajadores que cuenten con una relación laboral activa ante el ISSSTE.

El documento reforma y adiciona las leyes del Seguro Social, del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público, y del decreto por el que se extingue el Organismo Público Descentralizado denominado Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero, y abroga su Ley Orgánica, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 29 de mayo de 2023.

La Diputada Karla Yuritzi Almazán Burgos (MORENA), en funciones de la presidencia de la Mesa Directiva, informó que para la discusión en lo particular se presentaron propuestas de modificación a la denominación de la Legislatura, proemio, metodología y a la denominación del proyecto de decreto del dictamen; al artículo 302 de la Ley del Seguro Social, y a los artículos 37, 39 y 43 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.

Asimismo, a los artículos 192, 251 y Cuadragésimo Octavo Transitorio de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, al 18 y 81 Bis de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, al 19 Quáter de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y al artículo primero y 78 de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público.

También, fueron reservados los artículos 7 y 10 del decreto por el que se extingue el Organismo Público Descentralizado denominado Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero y se abroga su Ley Orgánica, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 29 de mayo de 2023, así como los artículos transitorios Primero, Segundo, Cuarto, Quinto, Sexto, Séptimo, Noveno, Décimo y Décimo Primero, y la leyenda “Palacio legislativo de San Lázaro a 18 de abril del 2024”.

Fondo de Pensiones para el Bienestar es solidario

Al fundamentar el dictamen, la presidenta de la Comisión de Seguridad Social, Diputada Angélica Ivonne Cisneros Luján (MORENA), indicó que el documento, aprobado por mayoría en la instancia legislativa el pasado 18 de abril, reforma diversos ordenamientos para crear el Fondo de Pensiones para el Bienestar y su objetivo es que los trabajadores y trabajadoras que se han visto afectados por el sistema de cuentas individuales que administran las Afores puedan jubilarse con el cien por ciento de su salario promedio de cotización, hasta un monto máximo del salario mensual promedio registrado en el IMSS.

Indicó que se reconoce que los trabajadores y trabajadoras derechohabientes del IMSS que ingresaron a laborar en 1997, con posterioridad a la reforma que creó el sistema de cuentas individuales, así como los trabajadores al Servicio del Estado que están en el régimen de cuentas individuales, se han visto afectados al momento de su jubilación, toda vez que este sistema cuando mucho les cubre el 45 por ciento de su salario, lo que provoca un empobrecimiento en una etapa de la vida en la que se tienen muchas necesidades como consecuencia de la vejez.

El Fondo de Pensiones para el Bienestar, dijo, se concibe como un fondo solidario y complementario al monto de la pensión que ofrecen las Afores y se propone que se constituya como un fideicomiso público, cuyo fiduciario sea el Banco de México.

Las fuentes de ingresos que se considera para la creación del Fondo de Pensiones son diversas, destacando, entre ellas, el 75 por ciento de los ingresos que obtenga el Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado, la recuperación de adeudos que entidades tienen con las instituciones federales de seguridad social con las que han signado convenios para el otorgamiento de diversas prestaciones, los recursos de las subcuentas inactivas de retiro por cesantía en edad avanzada y vejez gestionadas por las Afores y que desde 2020 se legisló que debían ser enteradas al IMSS e ISSSTE, así como los rendimientos de las inversiones realizadas.

Cisneros Luján destacó que, con relación a los recursos de las cuentas inactivas, se garantiza que ya no haya incumplimiento de las Afores para su entrega a las instituciones de seguridad social, como hasta hoy ha sucedido, y se garantiza la imprescriptibilidad del derecho de las y los trabajadores, así como de sus beneficiarios, a reclamar los fondos en cualquier momento, incluyendo los intereses generados.

Relató que el dictamen establece con precisión, tanto en la Ley del Seguro Social como en la Ley del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y en la Ley del ISSSTE, que no serán aplicables al Fondo de Pensiones los recursos de las cuentas individuales de aquellos trabajadores que cuentan con una relación laboral activa.

Dijo que se plantean adiciones a la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro para fortalecer el derecho de información de las y los trabajadores respecto al nivel de ahorro que deberá reflejarse en los estados de cuenta que emitan las Afores, así como respecto de los recursos que sean transferidos al Fondo de Pensiones.

Aclaró que el decreto no reforma el sistema de cuenta individuales que manejan las Afores, pero sí busca beneficiar a quienes tienen sus ahorros en dichas cuentas, complementando el monto raquítico de las pensiones que estas ofrecen.

“Hay que seguir avanzando en la justicia social para aquellos trabajadores que, a pesar de cumplir con los requisitos para jubilarse, no lo hacen porque de un mes a otro sus ingresos se ven drásticamente disminuidos con la consecuente pérdida de su calidad de vida. El eje central del Fondo es su carácter solidario y complementario a las raquíticas pensiones que hoy ofrecen las afores”, subrayó.

Se está aprobando un fondo complementario a las Afores

El Diputado Moisés Ignacio Mier Velazco (MORENA) destacó que hoy es un día importante porque se está aprobando un fondo complementario a las Afores, dado que estas actualmente “te condenan, después de 30 años de trabajo, a tener una pensión miserable del 40 por ciento”.

Consideró que las y los trabajadores merecen vivir dignamente para que el último tramo de su vida sea con autonomía y tengan una pensión digna. La Afore, afirmó, quedará en el porcentaje establecido y el complemento vendrá del Fondo de Pensiones.

Falso, que se establezca una pensión equivalente al último sueldo

Del PAN, el diputado Santiago Torreblanca Engell dijo que es falso que la reforma busca que la pensión sea equivalente al último salario promedio de cotización. “Es una mentira, es otra iniciativa que no quieren que pase, porque si Morena hubiera querido establecer la pensión al último sueldo no hubieran mandado la iniciativa a una reforma constitucional; la hubiera mandado a la legislación secundaria”.

La iniciativa, relató, tiene un vicio inconstitucional grave porque el artículo 123, tanto en su apartado A como en su apartado B, establece que existirá un fondo de vivienda y lo constituye como tal, por lo que, preguntó, por qué se está ignorando esta disposición, ya que deciden que también los fondos de vivienda serán trasladados a ese fideicomiso.

La reforma amenaza con despojar a trabajadores sus ahorros

El Diputado Tereso Medina Ramírez (PRI) subrayó que la reforma amenaza con despojar a millones de trabajadores mexicanos de sus ahorros. El problema es que confisca el ahorro de los trabajadores mayores de 70 o 75 años, enviándolos a un Fondo de Pensiones junto con sus subcuentas de vivienda y pretende tomar las cuentas de las y los trabajadores que no han sido reclamadas.

Sostuvo que la reforma no aborda el problema de fondo, no modifica las semanas de cotización necesarias para obtener una pensión, lo que significa que muchos trabajadores se verán excluidos. Hay falta de transparencia en el manejo de los recursos del Fondo, ya que no se establece cómo operará. La propuesta no beneficiará a los 45 millones de trabajadores, solo a 8 mil 400 este año.

Es falso que las pensiones se vayan a expropiar

María De Lourdes Macías Martínez, diputada del PVEM, aseguró que es falso que las pensiones se vayan a expropiar, y los pensionados que no logran forjar un patrimonio al llegar a los 60 años es porque han sido víctimas de un sistema que no garantiza estabilidad laboral ni prestaciones sociales.

Estimó que el de las pensiones es un problema complejo que afecta a millones de personas cuando llegan al final de la vida laboral y se ven obligadas a seguir trabajando, ya sea porque no pueden acceder a una pensión o porque la que tienen no les permite satisfacer sus necesidades.

Va a beneficiar al pueblo a futuro

Del PT, el diputado Gerardo Fernández Noroña señaló que la reforma va a beneficiar al pueblo a futuro, porque hoy la gente que se pensiona recibe solo el 30 por ciento de su salario y los bancos siguen “disfrutando” de los seis billones de pesos del ahorro de las y los trabajadores.

Explicó que solo 40 mil millones de pesos de esos seis billones irán al Fondo de Pensiones para garantizar que, a partir de 2027, las y los trabajadores que se pensionen reciban el 30 por ciento de su salario y con dicho fondo el otro 70 por ciento, y se liquiden con el cien por ciento su salario.

El dictamen no es para todos los pensionados ni cotizantes

El Diputado Mario Alberto Rodríguez Carrillo (MC) expresó que no apoyan el dictamen porque no abarca el cien por ciento de pensionados ni de cotizantes, tampoco tiene una modificación de gran calado en las aportaciones patronales que puedan beneficiar de raíz a lo largo de lo que puedan dar los rendimientos en la pensión.

Puntualizó que no modifica ni interviene ninguna de las más de 130 cuentas que hay en términos de diferentes modalidades de pensión. “Este dictamen está dirigido a la población del IMSS e ISSSTE, pero no a toda la población de pensionados ni cotizantes, sólo para una porción pequeña de la reforma de 1997”.

Se pretende disfrazar de legalidad “un verdadero atraco”

La Diputada Edna Gisel Díaz Acevedo (PRD) hizo notar que las personas con esfuerzo, constancia, disciplina y muchos años de trabajo han generado estos ahorros, y lo que se pretende con el dictamen es disfrazar de legalidad “un verdadero atraco”.

Manifestó que se está deformando la ley, contraviniendo la Constitución y los elementales principios generales del derecho y el proceso legislativo, porque la legislación en vigor es superior a la iniciativa que se presenta, y no queda claro qué es una cuenta activa y qué es una inactiva.

Posturas a favor y en contra

El Diputado René Figueroa Reyes (PAN) expresó que una vez más se busca realizar un desfalco a las y a los trabajadores mexicanos con este Fondo de Pensiones y apropiarse del dinero de la gente. Hay lagunas en la redacción del dictamen para disponer de manera arbitraria de los recursos, no se establece ni el tiempo ni el monto que recibirán las y los trabajadores. “Es una reforma demagógica, electoral e inconstitucional”.

Por MORENA, la Diputada Erika Vanessa del Castillo Ibarra afirmó que se plantea un fondo que no prescriba y que las y los trabajadores que cotizan al IMSS o ISSSTE puedan recibir más pensiones. “Estamos haciendo que las Afores no prescriban, porque estábamos condenados con las reformas de 1997 y 2007 a que caducaban a los diez años de estar activas y los bancos se las quedaban”.

Sue Ellen Bernal Bolnik, diputada del PRI, aseveró que el dictamen pretende robar a las y a los trabajadores los ahorros de toda su vida laboral, a partir de los 70 años, así como a sus familias. “Se quiere confiscar el ahorro para el retiro del Fondo de Vivienda. No hay complemento a las pensiones y los apoyos estarán sujetos a la disponibilidad de recursos en ese Fondo”.

miércoles, 24 de abril de 2024

Cámara de Diputados da trámite de publicidad a seis dictámenes; uno de ellos crea el Fondo de Pensiones para el Bienestar


En sesión presencial, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados emitió la declaratoria de publicidad de seis dictámenes relativos a la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar, delincuencia marítima, inscripciones de Honor en el Recinto de la Cámara de Diputados, Día Nacional de la Porcicultura, vivienda para personas adultas mayores y Atlas de Riesgo.

Fondo de Pensiones para el Bienestar

De la Comisión de Seguridad Social se dio curso del dictamen que reforma diversos ordenamientos legales para crear el Fondo de Pensiones para el Bienestar, cuyo propósito será recibir, administrar, invertir y entregar los recursos que le sean aportados conforme a las disposiciones aplicables, pudiendo establecerse aportaciones adicionales a su patrimonio.

Dicho Fondo será constituido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público como un fideicomiso público no considerado entidad paraestatal, en el cual el Banco de México actuará como fiduciario.

El documento precisa que las Administradoras de Fondos para el Retiro (AFORE), las instituciones que realicen funciones similares de naturaleza pública, así como las administradoras prestadoras de servicio, deberán transferir los recursos de las Subcuentas de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez, al momento en que los trabajadores cumplan 70 años, sin necesidad de resolución judicial, al Fondo de Pensiones para el Bienestar, debiendo notificar de cada traspaso al Instituto Mexicano del Seguro Social el mismo día en que se realice. Esto no será aplicable a los recursos de los trabajadores que cuenten con una relación laboral activa ante el Instituto.

Estipula que en caso de que la o el trabajador cumpla 70 años sin que éste o sus beneficiarios hubieren ejercido su derecho a recibir los recursos de la Subcuenta de Vivienda, el INFONAVIT deberá transferir dichos recursos al Fondo de Pensiones para el Bienestar. Esto no será aplicable para los trabajadores en activo.

Para el caso de las y los trabajadores del Estado, el PENSIONISSSTE o las administradoras, así como las administradoras prestadoras de servicio, deberán transferir dichos recursos, al momento en que los trabajadores cumplan 75 años, sin necesidad de resolución judicial, al Fondo de Pensiones para el Bienestar. Esto no será aplicable a los recursos de los trabajadores que cuenten con una relación laboral activa ante el ISSSTE.

El documento reforma y adiciona las leyes del Seguro Social, del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público, y del decreto por el que se extingue el Organismo Público Descentralizado denominado Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero, y abroga su Ley Orgánica, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 29 de mayo de 2023.

Se homologan disposiciones de las leyes del Seguro Social, del ISSSTE y del INFONAVIT para garantizar la imprescriptibilidad de los ahorros que las y los trabajadores logren acumular tanto en la Subcuenta de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez como en la Subcuenta de Vivienda o del Fondo de la Vivienda, según corresponda, así como establecer las disposiciones necesarias para la debida operación del fondo de pensiones.

En los transitorios del dictamen se señala que el Fondo de Pensiones para el Bienestar brindará a los institutos de seguridad social los recursos necesarios para procurar que las y los trabajadores que alcancen los 65 años de edad y cuya pensión sea igual o menor al monto equivalente al salario promedio registrado en el Instituto Mexicano del Seguro Social, reciban un complemento a las obligaciones del Gobierno Federal con relación a la pensión que se obtenga conforme a las disposiciones aplicables.

Lo anterior, siempre y cuando hayan iniciado la cotización en términos de la Ley del Seguro Social a partir del día primero de julio de 1997, así como para quienes se encuentren bajo el régimen de cuentas individuales que cotizan en el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado. Dicho complemento estará sujeto a la suficiencia del Fondo, así como a las reglas que determine la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Reformas en materia de delincuencia marítima

De la Comisión de Marina se dio publicidad al dictamen por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de las leyes Orgánica de la Armada de México, Orgánica de la Administración Pública Federal, Nacional Sobre el Uso de la Fuerza y la Federal para Prevenir y Sancionar los Delitos Cometidos en Materia de Hidrocarburos, así como de los códigos Nacional de Procedimientos Penales y el Penal Federal, en materia de delincuencia marítima.

Se establece que son atribuciones de la institución militar implementar, en nombre del Estado mexicano y a través de sus unidades de superficie y aeronavales en la Zona Económica Exclusiva mexicana y Alta Mar, el derecho de visita y de persecución en términos de lo previsto en la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, así como las acciones de abordaje, registro e inspección de buques y embarcaciones y, en general, las medidas estipuladas en los tratados internacionales de los que el Estado mexicano es parte en materia de combate de actos ilícitos cometidos en el mar.

Señala que corresponde a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana implementar las acciones y medidas establecidas en los tratados internacionales de los que el Estado mexicano es parte en materia de combate de actos ilícitos cometidos en el mar.

Estipula pena de uno a nueve años de prisión y de 300 a tres mil días multa, al que desde un buque o embarcación arroje al mar contaminantes, materiales peligrosos, residuos peligrosos o realice el hundimiento de embarcaciones que causen un riesgo de daño o dañen los recursos naturales, la flora, la fauna, la calidad del agua, los ecosistemas o al ambiente.

Reglamento para las Inscripciones de Honor

De la Comisión de Régimen, Reglamento y Prácticas Parlamentarias, cumplió trámite de publicidad el proyecto de decreto por el que se expide el Reglamento para las Inscripciones de Honor en el Recinto de la Cámara de Diputados, y se reforma el artículo 262 del Reglamento de la Cámara de Diputados.

Expone que las inscripciones de nombres tendrán como objetivo rendir homenaje a un personaje, valorando su trascendencia, que sus aportaciones tengan impacto en la vida pública, el desarrollo nacional y en beneficio de las mexicanas y los mexicanos. Las inscripciones de leyendas o apotegmas tendrán como objetivo rendir homenaje a alguna institución o suceso histórico de trascendencia para nuestro país. Las inscripciones serán procedentes cuando tengan el acuerdo de las dos terceras partes de las diputadas y los diputados presentes en el Pleno.

“Día Nacional de la Porcicultura”

También se publicó en la Gaceta Parlamentaria un dictamen de la Comisión de Gobernación y Población que declara el 15 de marzo de cada año como el “Día Nacional de la Porcicultura”, a fin de reconocer de manera oficial a este sector como una fuente fundamental que contribuye a la soberanía y autosuficiencia alimentaria del país.

Define a la porcicultura como la actividad que deriva de la crianza, alimentación y comercialización de los cerdos. Del cerdo se ocupa esencialmente la carne para consumo humano, tratándose de una industria de gran relevancia dentro de la actividad pecuaria de México que genera más de un millón de toneladas anualmente, con una mayor presencia en Jalisco, Sonora y Puebla, que han llegado a representar hasta un 48 por ciento de la producción.

Vivienda para personas adultas mayores

También, cumplió con el trámite de declaratoria el dictamen de las comisiones unidas de Vivienda y de Atención a Grupos Vulnerables, por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de las leyes de Vivienda, de los Derechos de las Personas Adultas Mayores y la General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, a efecto de que los adultos mayores puedan concretar programas de vivienda que permitan la obtención de créditos accesibles para adquirir una vivienda propia o bien adaptarla en caso de contar con ella.

Se establece que la Comisión Nacional de Vivienda generará vínculos institucionales y de asistencia técnica, innovación arquitectónica y/o tecnológica, además de intercambio de información, así como garantizar la seguridad estructural. Se deberán considerar los espacios interiores y exteriores que faciliten la accesibilidad de sus habitantes.

Atlas de Riesgo

Además, se conoció el dictamen de la Comisión de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial, por el que se reforma la fracción VIII del artículo 4, la fracción XIV del artículo 8 y la fracción XI del artículo 11, de la Ley General de Asentamientos Humanos, ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, en materia de seguridad estructural y Atlas de Riesgo.

Considera a los Atlas de Riesgo de los estados y municipios, para la planeación, regulación y gestión de los asentamientos humanos, centros de población y la ordenación territorial. Reconoce que los Atlas de Riesgo se ven inmiscuidos con los planes y programas en materia de resiliencia.