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miércoles, 24 de abril de 2024

Cámara de Diputados da trámite de publicidad a seis dictámenes; uno de ellos crea el Fondo de Pensiones para el Bienestar


En sesión presencial, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados emitió la declaratoria de publicidad de seis dictámenes relativos a la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar, delincuencia marítima, inscripciones de Honor en el Recinto de la Cámara de Diputados, Día Nacional de la Porcicultura, vivienda para personas adultas mayores y Atlas de Riesgo.

Fondo de Pensiones para el Bienestar

De la Comisión de Seguridad Social se dio curso del dictamen que reforma diversos ordenamientos legales para crear el Fondo de Pensiones para el Bienestar, cuyo propósito será recibir, administrar, invertir y entregar los recursos que le sean aportados conforme a las disposiciones aplicables, pudiendo establecerse aportaciones adicionales a su patrimonio.

Dicho Fondo será constituido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público como un fideicomiso público no considerado entidad paraestatal, en el cual el Banco de México actuará como fiduciario.

El documento precisa que las Administradoras de Fondos para el Retiro (AFORE), las instituciones que realicen funciones similares de naturaleza pública, así como las administradoras prestadoras de servicio, deberán transferir los recursos de las Subcuentas de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez, al momento en que los trabajadores cumplan 70 años, sin necesidad de resolución judicial, al Fondo de Pensiones para el Bienestar, debiendo notificar de cada traspaso al Instituto Mexicano del Seguro Social el mismo día en que se realice. Esto no será aplicable a los recursos de los trabajadores que cuenten con una relación laboral activa ante el Instituto.

Estipula que en caso de que la o el trabajador cumpla 70 años sin que éste o sus beneficiarios hubieren ejercido su derecho a recibir los recursos de la Subcuenta de Vivienda, el INFONAVIT deberá transferir dichos recursos al Fondo de Pensiones para el Bienestar. Esto no será aplicable para los trabajadores en activo.

Para el caso de las y los trabajadores del Estado, el PENSIONISSSTE o las administradoras, así como las administradoras prestadoras de servicio, deberán transferir dichos recursos, al momento en que los trabajadores cumplan 75 años, sin necesidad de resolución judicial, al Fondo de Pensiones para el Bienestar. Esto no será aplicable a los recursos de los trabajadores que cuenten con una relación laboral activa ante el ISSSTE.

El documento reforma y adiciona las leyes del Seguro Social, del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público, y del decreto por el que se extingue el Organismo Público Descentralizado denominado Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero, y abroga su Ley Orgánica, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 29 de mayo de 2023.

Se homologan disposiciones de las leyes del Seguro Social, del ISSSTE y del INFONAVIT para garantizar la imprescriptibilidad de los ahorros que las y los trabajadores logren acumular tanto en la Subcuenta de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez como en la Subcuenta de Vivienda o del Fondo de la Vivienda, según corresponda, así como establecer las disposiciones necesarias para la debida operación del fondo de pensiones.

En los transitorios del dictamen se señala que el Fondo de Pensiones para el Bienestar brindará a los institutos de seguridad social los recursos necesarios para procurar que las y los trabajadores que alcancen los 65 años de edad y cuya pensión sea igual o menor al monto equivalente al salario promedio registrado en el Instituto Mexicano del Seguro Social, reciban un complemento a las obligaciones del Gobierno Federal con relación a la pensión que se obtenga conforme a las disposiciones aplicables.

Lo anterior, siempre y cuando hayan iniciado la cotización en términos de la Ley del Seguro Social a partir del día primero de julio de 1997, así como para quienes se encuentren bajo el régimen de cuentas individuales que cotizan en el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado. Dicho complemento estará sujeto a la suficiencia del Fondo, así como a las reglas que determine la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Reformas en materia de delincuencia marítima

De la Comisión de Marina se dio publicidad al dictamen por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de las leyes Orgánica de la Armada de México, Orgánica de la Administración Pública Federal, Nacional Sobre el Uso de la Fuerza y la Federal para Prevenir y Sancionar los Delitos Cometidos en Materia de Hidrocarburos, así como de los códigos Nacional de Procedimientos Penales y el Penal Federal, en materia de delincuencia marítima.

Se establece que son atribuciones de la institución militar implementar, en nombre del Estado mexicano y a través de sus unidades de superficie y aeronavales en la Zona Económica Exclusiva mexicana y Alta Mar, el derecho de visita y de persecución en términos de lo previsto en la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, así como las acciones de abordaje, registro e inspección de buques y embarcaciones y, en general, las medidas estipuladas en los tratados internacionales de los que el Estado mexicano es parte en materia de combate de actos ilícitos cometidos en el mar.

Señala que corresponde a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana implementar las acciones y medidas establecidas en los tratados internacionales de los que el Estado mexicano es parte en materia de combate de actos ilícitos cometidos en el mar.

Estipula pena de uno a nueve años de prisión y de 300 a tres mil días multa, al que desde un buque o embarcación arroje al mar contaminantes, materiales peligrosos, residuos peligrosos o realice el hundimiento de embarcaciones que causen un riesgo de daño o dañen los recursos naturales, la flora, la fauna, la calidad del agua, los ecosistemas o al ambiente.

Reglamento para las Inscripciones de Honor

De la Comisión de Régimen, Reglamento y Prácticas Parlamentarias, cumplió trámite de publicidad el proyecto de decreto por el que se expide el Reglamento para las Inscripciones de Honor en el Recinto de la Cámara de Diputados, y se reforma el artículo 262 del Reglamento de la Cámara de Diputados.

Expone que las inscripciones de nombres tendrán como objetivo rendir homenaje a un personaje, valorando su trascendencia, que sus aportaciones tengan impacto en la vida pública, el desarrollo nacional y en beneficio de las mexicanas y los mexicanos. Las inscripciones de leyendas o apotegmas tendrán como objetivo rendir homenaje a alguna institución o suceso histórico de trascendencia para nuestro país. Las inscripciones serán procedentes cuando tengan el acuerdo de las dos terceras partes de las diputadas y los diputados presentes en el Pleno.

“Día Nacional de la Porcicultura”

También se publicó en la Gaceta Parlamentaria un dictamen de la Comisión de Gobernación y Población que declara el 15 de marzo de cada año como el “Día Nacional de la Porcicultura”, a fin de reconocer de manera oficial a este sector como una fuente fundamental que contribuye a la soberanía y autosuficiencia alimentaria del país.

Define a la porcicultura como la actividad que deriva de la crianza, alimentación y comercialización de los cerdos. Del cerdo se ocupa esencialmente la carne para consumo humano, tratándose de una industria de gran relevancia dentro de la actividad pecuaria de México que genera más de un millón de toneladas anualmente, con una mayor presencia en Jalisco, Sonora y Puebla, que han llegado a representar hasta un 48 por ciento de la producción.

Vivienda para personas adultas mayores

También, cumplió con el trámite de declaratoria el dictamen de las comisiones unidas de Vivienda y de Atención a Grupos Vulnerables, por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de las leyes de Vivienda, de los Derechos de las Personas Adultas Mayores y la General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, a efecto de que los adultos mayores puedan concretar programas de vivienda que permitan la obtención de créditos accesibles para adquirir una vivienda propia o bien adaptarla en caso de contar con ella.

Se establece que la Comisión Nacional de Vivienda generará vínculos institucionales y de asistencia técnica, innovación arquitectónica y/o tecnológica, además de intercambio de información, así como garantizar la seguridad estructural. Se deberán considerar los espacios interiores y exteriores que faciliten la accesibilidad de sus habitantes.

Atlas de Riesgo

Además, se conoció el dictamen de la Comisión de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial, por el que se reforma la fracción VIII del artículo 4, la fracción XIV del artículo 8 y la fracción XI del artículo 11, de la Ley General de Asentamientos Humanos, ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, en materia de seguridad estructural y Atlas de Riesgo.

Considera a los Atlas de Riesgo de los estados y municipios, para la planeación, regulación y gestión de los asentamientos humanos, centros de población y la ordenación territorial. Reconoce que los Atlas de Riesgo se ven inmiscuidos con los planes y programas en materia de resiliencia.

martes, 23 de abril de 2024

La Comisión de Seguridad Social aprobó dictamen que crea el Fondo de Pensiones para el Bienestar


• Por 19 votos a favor y 10 en contra, reformó las leyes del Seguro Social, ISSSTE e INFONAVIT
• Diputadas y diputados de MORENA, PAN, PRI, PVEM y PT fijan postura a favor y en contra


La Comisión de Seguridad Social, que preside la Diputada Angélica Ivonne Cisneros Luján (MORENA), aprobó, por 19 votos a favor, 10 en contra y cero abstenciones, el dictamen que crea el Fondo de Pensiones para el Bienestar, cuyos fines serán recibir, administrar, invertir y entregar los recursos que le sean aportados conforme a las disposiciones aplicables, pudiendo establecerse aportaciones adicionales a su patrimonio.

En el dictamen se precisa que el Fondo de Pensiones para el Bienestar brindará a los institutos de seguridad social los recursos necesarios para procurar que las y los trabajadores que alcancen los 65 años de edad y cuya pensión sea igual o menor al monto equivalente al salario promedio registrado en el Instituto Mexicano del Seguro Social, reciban un complemento a las obligaciones del Gobierno Federal con relación a la pensión que se obtenga conforme a las disposiciones aplicables.

Lo anterior, siempre y cuando hayan iniciado la cotización en términos de la Ley del Seguro Social a partir del día primero de julio de 1997, así como para quienes se encuentren bajo el régimen de cuentas individuales que cotizan en el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado. Dicho complemento estará sujeto a la suficiencia del Fondo, así como a las reglas que determine la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Indica que el fondo será constituido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público como un fideicomiso público no considerado entidad paraestatal, en el cual el Banco de México actuará como fiduciario, y en términos de lo que establezca el Decreto que el Ejecutivo Federal emita dentro de los 60 días posteriores a la entrada en vigor del presente Decreto.

Señala que las Administradoras de Fondos para el Retiro (AFORE), las instituciones que realicen funciones similares de naturaleza pública, así como las administradoras prestadoras de servicio, deberán transferir los recursos de las subcuentas de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez, al momento en que los trabajadores cumplan 70 años, sin necesidad de resolución judicial, al Fondo de Pensiones para el Bienestar, debiendo notificar de cada traspaso al Instituto Mexicano del Seguro Social el mismo día en que se realice. Esto no será aplicable a los recursos de los trabajadores que cuenten con una relación laboral activa ante el Instituto.

También estipula que en caso de que el trabajador cumpla 70 años sin que éste o sus beneficiarios hubieren ejercido su derecho a recibir los recursos de la subcuenta de Vivienda, el INFONAVIT deberá transferir dichos recursos al Fondo de Pensiones para el Bienestar. Esto no será aplicable para los trabajadores en activo.

En el caso de los trabajadores del Estado, indica que el PENSIONISSSTE o las administradoras, así como las administradoras prestadoras de servicio, deberán transferir dichos recursos, al momento en que los trabajadores cumplan 75 años, sin necesidad de resolución judicial, al Fondo de Pensiones para el Bienestar. Esto no será aplicable a los recursos de los trabajadores que cuenten con una relación laboral activa ante el ISSSTE.

Añade que cuando los trabajadores cumplan 75 años y no hayan reclamado los recursos de la Subcuenta del Fondo de la Vivienda, éstos serán transferidos al Fondo de Pensiones para el Bienestar, lo cual no será aplicable a las relaciones laborales activas.

Los recursos del patrimonio del Fondo de Pensiones para el Bienestar deberán permanecer afectos al fideicomiso e invertirse en el mismo hasta que sean destinados a sus fines, por lo que no podrán utilizarse para contribuir al equilibrio presupuestario.

El Fondo de Pensiones para el Bienestar contará con un Comité Técnico que deberá emitir las reglas de operación sobre la recepción, administración, inversión, entregas y rendimientos de recursos a los institutos de seguridad social.

El dictamen, avalado en reunión semipresencial, reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de las leyes del Seguro Social, del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.

Asimismo, la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público, así como el decreto por el que se extingue el Organismo Público Descentralizado Denominado Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero, y abroga su Ley Orgánica, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 29 de mayo de 2023.

Se homologan disposiciones de las leyes del Seguro Social, del ISSSTE y del INFONAVIT, para garantizar la imprescriptibilidad de los ahorros que las y los trabajadores logren acumular tanto en la Subcuenta de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez como en la Subcuenta de Vivienda o del Fondo de la Vivienda, según corresponda, así como establecer las disposiciones necesarias para la debida operación del fondo de pensiones.

Contempla adiciones para fortalecer el derecho de información de las y los trabajadores respecto del nivel de ahorro que deberá reflejarse en los estados de cuenta que emitan las AFORE respecto de los recursos que sean transferidos al Fondo de Pensiones.

Se modifican leyes federales de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público, y el Decreto por el que se Extingue el Organismo Público Descentralizado denominado Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero, y se Abroga su Ley Orgánica, con la finalidad de que el Fondo de Pensiones para el Bienestar sea funcional y cuente con fuentes de financiamiento adecuadas para garantizar su suficiencia.

Hace mención que el ahorro de las y los trabajadores que sea transferido a dicho fondo generará intereses conforme al rendimiento neto derivado de las inversiones efectivamente realizadas por dicho fondo en apego al régimen de inversión que determine el Comité Técnico, para lo cual el propio fondo comunicará al IMSS, al ISSSTE y al INFONAVIT la tasa de rendimiento que deberá aplicar para registrar el rendimiento individualizado de cada trabajador, con lo que se incrementaría el ahorro de los trabajadores.

Establece que los recursos trasferidos al Fondo no se aplicarán para las cuentas individuales de las personas trabajadoras que cuenten con una relación laboral activa ante el Instituto.

Contar en México con un fondo solidario de pensiones

Como promovente de la iniciativa, la Diputada Cisneros Luján expresó que de ninguna manera están incluidos los fondos de las y los trabajadores que están en activo.

Dijo que un eje fundamental es garantizar la imprescriptibilidad del derecho a que todas las personas que pudieran detectar que tienen una cuenta inactiva, no sabían que la tenían o las personas beneficiarias de los trabajadores que ya hubieran fallecido, tengan el derecho a reclamar en cualquier momento esos fondos.

Por ello, agregó, se establecen reglas que garanticen que el fideicomiso tendrá siempre una ventanilla específica para atender cualquier reclamación.

Precisó que la finalidad es contar en México con un fondo solidario de pensiones que pueda ser complementario para que las y los trabajadores que iniciaron a laborar como derechohabientes del IMSS en 1997, cuando fue aprobada la Ley que dio vida a las cuentas individuales, puedan aspirar a tener cuando se jubilen el cien por ciento de su salario base de cotización y evitar el empobrecimiento.

Indicó que se incluye a las y los trabajadores al servicio del Estado que ingresaron a laborar a partir de 2007 y quienes tienen cuentas individuales. Los recursos del fideicomiso, dijo, estarán integrados por diferentes fuentes de ingresos, como son las cuentas inactivas que están en las Afores y que oscilan en un monto aproximado de 40 mil millones de pesos, de los 6 billones de pesos que manejan las Administradoras de Fondos.

El Diputado Moisés Ignacio Mier Velazco (MORENA), también promovente, argumentó que en México existen casi cinco millones de mexicanas y mexicanos pensionados, sean del IMSS o del ISSSTE; hay 55 millones de mexicanos que están cotizando en las Afores y aportando con la participación social del gobierno y de los propios patrones en el Sistema; de ellos, 45 millones están bajo el esquema de 1997.

Añadió que se pretende compensar la distorsiones que generó el esquema de 1997 en perjuicio de 45 millones de trabajadores; ellos sufren porque la tasa de reemplazo garantizada no alcanza el 40 por ciento, y ese Fondo lo que busca es ser un fondo solidario de compensación que no afecta ningún derecho ni le roba a nadie. “Hay que dar justicia social y garantizar a los trabajadores de México una pensión digna”.

Intervenciones a favor

La Diputada Lilia Aguilar Gil (PT), vía zoom, aclaró que se propone crear un Fondo de Pensiones para el Bienestar, el cual será un fideicomiso y una figura financiera; su lógica es garantizar a las y los trabajadores pensiones y beneficios a recibir de los recursos de su cuenta, así como complementar el monto de las pensiones insuficientes. Esa bolsa general busca sumarse a la que maneja la Secretaría de Hacienda. No se toca la pensión de las y los trabajadores en activo ni se va a convertir el dinero privado en público.

Mediante plataforma digital, la Diputada Carmen Patricia Armendáriz Guerra (MORENA) consideró que la propuesta va a ser temporal porque ese fondo va a ser finito, pero será una respuesta para darle una vida digna, un retiro digno a todos los trabajadores que se retiran en este momento. Aclaró que existe la cláusula de imprescriptibilidad y cualquier trabajador va a poder reclamar su fondo en cualquier momento. No aplica a los trabajadores activos.

Ángel Benjamín Robles Montoya, diputado del PT y por vía digital, destacó que nadie tocará los recursos de las cuentas individuales; al contrario, se protegen. Plantea que quienes se jubilen reciban el cien por ciento de los recursos y no un solo porcentaje, y garantiza la imprescriptibilidad. “Buscamos mejorar la calidad de vida de las personas en edad de retiro, para que perciban mayores ingresos, derivado de pensiones dignas, así como disminuir la pobreza de la población”.

También por zoom, la Diputada María de Lourdes Macías Martínez (PVEM) aplaudió el dictamen, por considerar que es noble y de justicia social, así como de derechos humanos, y que va a beneficiar a todos los mexicanos. “Es un momento histórico en el que todas las fuerzas del Congreso debemos estar a favor y apoyar a las personas más vulnerables, como son quienes están para jubilarse y las adultas mayores”.

La Diputada Erika Vanessa Del Castillo Ibarra (MORENA) sostuvo que lo que se busca es que el trabajador, cuando llegue el momento de pensionarse, logre el cien por ciento de su salario actual, en lugar de recibir del 30 al 40 por ciento de su salario. “Se está defendiendo un derecho universal a los trabajadores y se busca su dignificación”.

Intervenciones en contra

Desde plataforma digital, la Diputada Patricia Terrazas Baca (PAN) destacó que es un dictamen de enorme importancia y trascendencia para la clase trabajadora del país, pero pretende que los fideicomisos formen parte de la bolsa general de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, así como meter mano a los recursos pertenecientes a los trabajadores, cuando estos son privados y no son recursos públicos; además, hay inquietud por los recursos de los trabajadores en activo.

El diputado Santiago Torreblanca Engell (PAN) se manifestó en contra porque no se menciona nada con relación a la campaña de recuperación y vienen cosas ilusorias. Además, hay cuestiones de forma como que dice: “las instituciones que realicen funciones similares de naturaleza pública”, cuando debe decir “las instituciones de naturaleza pública que realicen funciones similares”, se refieren a Pensionissste, y dice “las administradoras prestadoras de servicios”, cuando debería señalar “las empresas prestadoras de servicios”.

Por zoom, la Diputada Carmen Rocío González Alonso (PAN) dijo estar en contra porque con la reforma se pretende que los recursos de las cuentas de Afore que no hayan sido reclamadas por los pensionados o beneficiarios puedan ser operadas por el Gobierno Federal para mover dichos recursos e integrar el Fondo de Pensiones para el Bienestar, lo que va en contra de miles de mexicanos y mexicanas que por décadas de trabajo ahorraron para su retiro, porque es propiedad privada, no es del gobierno y este no lo puede disponer.

La Diputada María de Jesús Aguirre Maldonado (PRI), vía digital, dijo que su grupo parlamentario está a favor de las y los trabajadores y de aumentar sus pensiones, pero sorprende la prisa por aprobar esta iniciativa, la cual es incierta para aquellos que han cumplido de 70 y 75 años, pero han decidido seguir en activo. “Yo considero que con la reforma se dispone del ahorro de los trabajadores de 70 a 75 años para enviarlos a ese Fondo, al igual que sus subcuentas de vivienda y las cuentas que no han sido reclamadas”.

El Diputado Tereso Medina Ramírez (PRI), vía remota, anunció su voto en contra porque hay muchas dudas y confusiones respecto de la reforma e hizo un llamado a poner en la mesa nacional a las y los trabajadores y las familias de México. “Apoyamos todo lo que beneficie a las y los trabajadores, pero no vamos a permitir que un tema partidista eche a perder el buen desarrollo y crecimiento”, por lo que sugirió un parlamento abierto, a fin de analizar la propuesta.

Vía digital, el Diputado René Figueroa Reyes (PAN) aclaró que no están en contra de las y los trabajadores, sino de que se quiera robar el dinero de éstos. Se pretende pasar el dinero directamente a un fideicomiso sin necesidad de una resolución judicial, lo que es inconstitucional. “Sin una supervisión adecuada y mecanismos de control efectivos puede haber un mayor riesgo de que los fondos de retiro sean utilizados de manera inapropiada o desviados para otros fines”.

Por zoom, el Diputado Éctor Jaime Ramírez Barba dijo no coincidir con los términos en los que está redactado el dictamen, pues si bien las disposiciones tienen un sentido loable, presentarla como la gran solución a la compleja problemática que enfrenta el sistema de pensiones lo convierte en una gran mentira. “Estamos a favor de que haya pensiones que permitan vivir con dignidad en la etapa de retiro laboral, pero es a costa de los recursos de los propios trabajadores, por lo que no debe haber restricciones para que las personas pensionadas reciban una pensión digna”.

domingo, 26 de julio de 2020

PRD imparte cursos y asesora a quienes retiren dinero de su Afore a causa del Covid-19: Karen Quiroga Anguiano

·De enero a mayo de este año se han retirado 6 mil 685 millones de pesos de las cuentas de retiro individual de los trabajadores, 29% son de trabajadores que desconocen tienen un ahorro.
·En el PRD trabajamos de manera permanente para asesorar de forma gratuita a la gente en temas relacionados con problemas cotidianos y sus posibles soluciones, como la pérdida de empleo.

Con el propósito de orientar a los trabajadores que desean utilizar los recursos de sus Afores debido a que se quedaron sin empleo derivado de la pandemia de Covid-19, el PRD impartió un curso sobre el tema y todo lo relacionado con el sistema de pensiones, informó la dirigente nacional, Karen Quiroga Anguiano.

“El tema de las Afores ha cobrado relevancia no sólo porque la gente está retirando parte de su ahorro, sino porque recientemente el presidente anunció una serie de reformas en la materia de las que estaremos pendientes para que tengan un impacto en beneficio de los trabajadores y sus derechos”, consideró

Recordó que de acuerdo con la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar), de enero a mayo se retiraron 6 mil 685 millones de pesos de las cuentas individuales de ahorro para el retiro, debido a que miles de personas se quedaron sin empleo. Tan sólo en abril, 267 mil 610 trabajadores solicitaron retiros de sus cuentas individuales de ahorro para el retiro, lo que se tradujo en una salida de mil 591 millones de pesos.

En el curso se les explicó a los asistentes la importancia de conocer a qué Afore pertenecen y las opciones para conocer dónde se encuentra registrada su cuenta ya sea llamando a SARTEL al 55 1328-5000, por internet en www.e-sar.com.mx, ingresando a la sección localiza tu Afore o bien, a través de la App Afore Móvil, para ello sólo deben tener su número de seguridad social en caso de cotizar en el IMSS o CURP si cotizan para el ISSSTE.

Al respecto, dijo que hasta noviembre del 2019, la Consar informó que el 29 por ciento de las cuentas de Afores correspondían a trabajadores que desconocían que tienen una cuenta, aunque cada mes se les descuenta de su salario una parte para destinarlo a su ahorro para el retiro.

En entrevista, Quiroga Anguiano informó que aquellas personas que deciden usar sus ahorros para el retiro deben tener 46 días desempleados, al menos tres años de antigüedad en una Afore, dos años o más cotizados en el IMSS, no haber efectuado ningún retiro en los 5 años anteriores y tener su expediente de identificación de trabajador actualizado.  De igual manera se les dijo que actualmente la ley les permite hacer un retiro menor al 11.5 % del monto de su cuenta.

Durante el curso, los abogados que los imparten, explicaron las modalidades para el retiro que hay y cuáles son a las que se puede tener acceso; asimismo expusieron los requisitos para esos trámites. De igual manera se informó que aquellos que requieran una asesoría jurídica, serán canalizados con un abogado que dará seguimiento a su caso y de ser necesario llamará de manera directa al afectado, garantizando en todo momento la protección de datos personales.

Quiroga Anguiano recordó que “en el PRD trabajamos de manera permanente para asesorar de forma gratuita a la gente en temas relacionados con problemas cotidianos y sus posibles soluciones”. En ese sentido se enmarcan los cursos en plataformas digitales, que realizan abogados especializados, quienes además asesoran a la gente que enfrenta algún problema, como en este caso desempleo.

Recordó que los cursos se realizan de manera gratuita en coordinación con abogados de la asociación Movimiento de Unidad, Justicia, Equidad y Reciprocidad (M.U.J.E.R).

Finalmente, la dirigente perredista señaló que el PRD siempre ha trabajado en defensa de los derechos de los más vulnerables, por ello se solicitó que en lugar de que la gente tenga que retirar parte de su Afore, el gobierno apoye de manera directa a quienes quedaron desempleados.