miércoles, 11 de junio de 2014
Obligatoria, constancia de no adeudo de pensión alimenticia, si quiere casarse
Jennifer Alcocer Miranda | La Crónica.
La Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) aprobó una iniciativa para que quien quiera casarse o adoptar y ya tenga hijos, solicite al Registro Civil una constancia de que no tiene adeudos en el pago de pensión de los menores.
“El requisito previo a la celebración del matrimonio, de tramitar y obtener un certificado expedido por el propio registro, para hacer constar si alguno de los contrayentes se encuentra en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos”, establece el documento.
Con la nueva disposición se refuerza el Registro de Deudores Alimentarios Morosos, que se creó en la pasada legislatura y que buscaba que los padres se hicieran cargo de manera eficiente de sus responsabilidades.
Las reformas a los artículos 97 y 397 del Código Civil local establecen que el Registro Civil deberá actualizar mensualmente la base de datos de los deudores alimentarios morosos en su plataforma de internet.
De acuerdo con el diputado promovente, Orlando Anaya, se busca garantiza la protección de los derechos de las familias, ya que a pesar de las sentencias emitidas por los tribunales en materia familiar que ordena el pago de alimentos, son muchas las personas que incumplen este mandato judicial, omitiendo su obligación alimentaria y dejando en el desamparo a niños y adolescentes.
“Con estas reformas contaremos con medidas más sólidas y estrictas que hagan posible combatir el fenómeno del abandono y el incumplimiento de las obligaciones, en especial por parte de los padres de familia, que muchas veces delegan la obligación del cuidado y manutención en la madre, a través del Registro de Deudores Alimentarios Morosos en el DF”, dijo.
Asimismo, el órgano legislativo dio luz verde a una propuesta para que los ciudadanos que acuerden disolver su matrimonio, puedan acudir a cualquiera de las Oficinas del Registro Civil para solicitar su Divorcio Voluntario Administrativo.
Los requisitos que se establecen para aplicar esta facilitación es que previamente se haya convenido por ambas partes y se haya garantizado lo relativo a los alimentos, guarda y custodia, y convivencia, tengan hijos o no hijos.
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
No hay comentarios:
Publicar un comentario