jueves, 28 de agosto de 2014

Usuarios podrán ampararse contra cobros excesivos de la CFE

Dennis A. García | LA CRÓNCA.
Contrario a los criterios que seguía la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), ayer los ministros de la Segunda Sala del alto tribunal resolvieron que la Comisión Federal de electricidad (CFE) sí es autoridad cuando emite actos relacionados con la prestación del servicio, por lo que el ciudadano puede ampararse contra los cobros excesivos. Ayer los ministros decidieron interrumpir los criterios que venía siguiendo el máximo tribunal, en los que se establecía que la CFE “no es autoridad para los efectos del juicio de amparo cuando lo que se reclama en el juicio de amparo es el aviso recibo que expide por consumo de energía eléctrica, así como el ajuste, cobro o corte del suministro”. Al realizar el análisis, los ministros de la Segunda Sala consideraron que en la suscripción del contrato de suministro de energía eléctrica, el usuario se somete a las condiciones que dicta la Secretaría de Economía, con visto bueno de la de Energía, y que derivan de la ley, sin posibilidad de negociación. “Aspecto este que no es característico de los contratos entre particulares en un plano de igualdad, de manera que en el caso tal contrato no emerge de un plano de igualdad”, señalaron. Explicaron que si se toma en cuenta que en el país la CFE es el único organismo que presta el servicio de energía eléctrica, el usuario debe someterse por completo a las disposiciones que dicten las autoridades en los contratos, pues de lo contrario, no podrían obtener el servicio de energía eléctrica que en la actualidad constituye un servicio de primera necesidad. Los contratos de suministro de energía eléctrica –continuaron– no pueden considerarse como contratos entre particulares, sino como verdaderos contratos administrativos, lo que pone en evidencia que no constituyen un acto de comercio, ya que la CFE no persigue fines de lucro o de especulación comercial con el suministro de energía eléctrica, sino actúa por mandato y obligación constitucional de generar, distribuir y abastecer de energía eléctrica a todo el territorio nacional. En ese sentido, concluyeron que procede el recurso de revisión contra los actos que la CFE emite en la prestación del servicio de energía eléctrica, “sin perjuicio de la procedencia del juicio de amparo cuando se reclamen normas generales”.

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