miércoles, 22 de abril de 2015
Aprueban diputados en lo general Ley Ficrea
LA CRÓNICA El pleno de la Cámara de Diputados aprobó en lo general el dictamen que expide la Ley de Ahorro y Crédito Popular con 328 votos en favor, 35 en contra y 16 abstenciones.
El propósito de la legislación es proteger el ahorro popular, robustecer el sistema financiero nacional, otorgar más facultades a las autoridades, así como regular a intermediarios financieros para que operen de manera profesional y segura.
También reforma las leyes para Regular las Actividades de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo y de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, así como del Código Federal de Procedimientos Penales.
Los legisladores también dieron su aval a un artículo transitorio en el que se especificó que los defraudados de Ficrea que depositaron ahorros hasta de un millón de pesos comenzarán a recibir su DINERO a partir de mayo, no así los que tiene una cantidad mayor pues tendrán que esperar a la liquidación de la empresa.
Antes de que iniciará la discusión de esta propuesta se presentaron dos mociones suspensivas presentadas por los diputados Javier Orihuela García y Gloria Bautista, del Partido de la Revolución Democrática (PRD), sin embargo fueron desechadas por el pleno.
Incluso el presidente de la Mesa Directiva, Julio César Moreno Rivera, expuso a la asamblea que antes de entrar al análisis de este dictamen los integrantes de la Comisión de Hacienda y Crédito Público continuaban analizando el adendum que se pondría a consideración del pleno y entrar de lleno al debate del dictamen.
Una vez terminada la negociación de este agregado al dictamen fue presentado al pleno, el cual fue aprobado, donde se modifica el nivel máximo de INVERSIONES EN estas sociedades.
En el caso de personas morales pasa de un millón de UDI a un millón 400 mil UDI (equivalente a unos siete millones 448 mil pesos) y en personas físicas de 200 mil a 400 mil UDI (cifra que representa unos dos millones 128 mil pesos).
También acordaron flexibilizar el tránsito a sociedades cooperativas de ahorro y préstamo básicas que era del 31 de julio de 2016 al 31 de diciembre de 2016.
Es por ello que el pleno acordó discutir previamente el proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Código de Comercio y del Código Penal Federal, a fin de darle tiempo a esta instancia legislativa de llegar a un acuerdo y ajustar la propuesta final.
A las 13:11 horas inició formalmente la discusión de la propuesta y alrededor de las 15:08 horas se dio por terminado el debate en lo general y luego dar cinco minutos para la votación.
Desde el inicio de la sesión la fracción del PAN y la agrupación de diputados de Morena dieron a conocer que votaría contra el rescate de Ficrea, porque consideraron que era igual al de Fobaproa.
Los legisladores del PRD, en voz de Fernando Belaunzarán, aclararon a panistas y morenistas que no era un rescate bancario, sino que se busca apoyar a ahorradores que fueron defraudados por una empresa.
Durante el debate hubo un clamor porque este fraude no quede impune y se siga buscando a Rafael Antonio Olvera, accionista mayoritario.
Las reformas se dieron sobre tres objetivos: contar con un sector popular de ahorradores eficiente y sólido; fortalecer los mecanismos de supervisión atendiendo particularidades de Sociedades Financieras Populares y Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo.
Asimismo, el fortalecimiento de facultades de autoridades y mejorar la protección de ahorradores.
El texto establece que el decreto que expide la Ley de Ahorro y Crédito Popular atiende la problemática de ahorradores de la Sociedad Financiera Popular en Liquidación (Ficrea), que evidenció distintas irregularidades y serios problemas al no cumplir la regulación.
Faltó a la transparencia e integridad de la información y no atendió, de manera adecuada, los requerimientos de información de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV).
Para ello se crea un Fondo de Ahorro Popular para la administración del seguro de depósitos, y se extingue el Fondo de Protección de Sociedades Financieras Populares y de Protección a sus Ahorradores vigente.
Asimismo, se constituye un fideicomiso público por el Gobierno Federal en el Banco del Ahorro Nacional y Servicios Financieros, S.N.C., Institución de Banca de Desarrollo.
El mismo se encargará de administrar el seguro de depósitos para un mayor control y seguridad de ahorradores en cuanto al pago de las obligaciones garantizadas hasta por el monto equivalente de 25 mil Unidades de Inversión (UDI).
Sobre sanciones se establece castigar con prisión de dos a 10 años y multa de cinco mil a 50 mil días de salario a socios, consejeros, funcionarios, directores o gerentes generales y demás directivos o empleados o auditores externos de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo o quienes intervengan directamente en una operación.
O en su caso omitan registrar las operaciones efectuadas por la Sociedad de que se trate, o que alteren los registros contables o financieros para ocultar la verdadera naturaleza de operaciones realizadas, afectando la composición de activos, pasivos, cuentas contingentes o resultados.
Además cárcel hasta por 10 años a quien defraude a ahorradores. Se plantea prisión de tres a 10 años y multa de dos mil a 20 mil días de salario cuando el monto de la operación, quebranto o perjuicio patrimonial no exceda el equivalente a 20 mil días de salario.
Cuando el monto de la operación exceda de 20 mil y sea menor de 50 mil días de salario la prisión será de dos a 12 años y la multa de 10 mil a 100 mil días de salario.
Si el monto de la operación quebranto o perjuicio patrimonial excede de 50 mil días de salario se sancionará con prisión de ocho a 15 años y multa de 250 mil a 350 mil días de salario.
Además contempla multa de 20 mil a 100 mil días de salario a las Sociedades Financieras Populares que proporcionen en forma dolosa información falsa, imprecisa o incompleta a autoridades financieras o al Fondo de Ahorro Popular, que tenga como consecuencia no reflejar su verdadera situación financiera, administrativa, económica o jurídica.
El dictamen avalado prohibe la existencia de cooperativas básicas no reguladas, por lo que las existentes deberán ceñirse a nuevo régimen vigente y transformarse en sociedad financiera popular a más tardar el 31 de diciembre de 2016.
La Ley de Ahorro y Crédito Popular dota de mayor claridad y pulcritud estas actividades; elimina las sociedades financieras comunitarias, la figura de Federaciones en su carácter de agrupaciones de supervisión auxiliar de sociedades financieras populares, con lo que se tendría vigilancia directa y efectiva de la CNBV.
En síntesis, el dictamen tiene el fin de fomentar el ahorro formal, principalmente de pequeños, al proteger la confianza que depositan en las entidades, privilegiando la salvaguarda de su patrimonio, así como fortalecer el régimen de vigilancia y dar facultades a autoridades respecto de la gestión de negocios y depósitos.
Se busca contar con un sector popular eficiente y sólido, fortalecer mecanismos de supervisión, atendiendo particularidades de sociedades financieras populares y cooperativas de ahorro y préstamo.
Al fundamentar el dictamen elaborado por la Comisión de Hacienda y Crédito Público, el diputado Fernando Charleston Hernández señaló que busca fortalecer el sistema financiero popular.
También crear mecanismos e instrumentos legales para ayudar a los miles de ahorradores que fueron defraudados por la sociedad financiera popular conocida como Ficrea.
Esta nueva ley, dijo, pretende asegurarse que entidades del sector de ahorro y crédito popular no se desvíen de su objetivo y operen con solidez.
Limita los saldos de ahorro permitidos en el sector, fortalece el gobierno corporativo de intermediarios y establece también una regulación prudencial diferenciada en función de riesgo de las instituciones.
Sin embargo, aclaró, prohibe la creación de entidades no autorizadas y fortalece mecanismos de supervisión para fomentar el sano desarrollo de entidades del sector.
Elimina la supervisión auxiliar de sociedades financieras populares (Sofipos) que se hace a través de federaciones formadas por ellas mismas, creando así conflicto de interés que en nada podía ayudar a los ahorradores que confían sus recursos en estas sociedades.
Además, agregó, se amplían las opciones para atender de forma expedita y eficiente a entidades en problemas, ya que se va a poder implementar uno o varios de mecanismos de resolución, fusión, escisión de solución y liquidación.
Asimismo establece que el seguro de depósito para ahorradores del sector de ahorro y crédito popular será administrado por un fideicomiso público controlado por el Estado, enfatizó.
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