miércoles, 9 de marzo de 2016

Fotomultas sólo a vehículos de CDMX

LA CRÓNICA Las fotomultas no se aplican por igual a todos los conductores que circulan en calles y avenidas de la Ciudad de México, sólo los autos con placas capitalinas son infraccionados. Los matriculados en el Estado de México y todos los demás de registro foráneo, al ser captados por las cámaras del sistema, saldrán impunes ya que las imágenes en las que aparecen cometiendo alguna falta al Reglamento de Tránsito será desechada debido a la imposibilidad de remitir la papeleta de infracción.
Las fotomultas, de acuerdo al Anexo Técnico de contratación del sistema, están destinadas a detectar autos que llegan a invadir carriles confinados o pasos peatonales, dar vueltas prohibidas, pasarse altos o usar distractores al conducir como celulares. Faltas que, detectadas por las cámaras de las empresas Autotraffic e Infotraffic, recibirán un trato diferenciado: multa para los automovilistas con placa capitalina, sin sanción para quien porte placa de otro estado. El subsecretario de Control de Tránsito de la Secretaría de Seguridad Pública de la Ciudad de México, superintendente Fernando Martínez Badillo, consultado por Crónica sobre la operación del sistema, confirmó que “al día de hoy, un gran porcentaje (de fotomultas) se desechan, ¿por qué? Hay muchos factores, pero el más importante es que son fotografías de autos con placas de otros estados distintos a la ciudad”. Informó además que esta situación se presenta también en las multas que se levantan desde 2013, con auxilio de radares de velocidad instalados en vías confinadas, como el segundo piso del Periférico. El superintendente dijo que la SSP está buscando acuerdos para obtener el registro vehicular de entidades vecinas y así “homologar sanciones”, es decir, estar en posibilidad de sancionar a quien cometa, con placas foráneas, una falta al Reglamento de Tránsito. Señaló que los conductores con placas foráneas que cometen infracciones no forzosamente salen librados, pues además de la aplicacón de multas con apoyo de cámaras y radares en toda la ciudad, existen mecanismos para aplicar sanciones en caso de que cometan una falta frente a un agente de tránsito. De la situación específica de las fotomultas, el mando de la SSP calculó que podría ser una tercera parte de los infractores captados los que se libran de cualquier posibilidad de ser multados por tener una placa de otro estado. En el Anexo Técnico del contrato que ganó la empresa Autotraffic, se señalan explícitamente, como parte de las justificaciones para efectuar la contratación, que “se vuelve imperante considerar los avances tecnológicos existentes, con el fin de sistematizar la labor que se realiza diariamente para la imposición de sanciones; en el entendido que un Sistema Integral de Fotomultas permitiría potenciar de forma exponencial al menos diez tipos de conductas que se encuentran consideradas dentro del Reglamento de Tránsito Metropolitano y que debido al limitado Recurso Humano para sancionar, se han vuelto costumbre en el ciudadano conductor de vehículos y no figuran dentro de la productividad diaria de la Subsecretaría de Control de Tránsito”. DOMICILIO DESCONOCIDO. En los diagramas de funcionamiento de las fotomultas, el Gobierno de la Ciudad de México expone que la imagen captada por los ingenios tecnológicos de Autotraffic es remitida electrónicamente a la SSP, donde es analizada por personal de tránsito, el único autorizado legalmente a levantar una infracción. Una vez corroborada la conducta indebida, la multa se emite y se debe enviar al domicilio del propietario del automóvil involucrado... ...Y es allí donde radica la falla de diseño de cara a una aplicación equitativa para todos los automovilistas. Al no contar con un registro o base de datos de los vehículos foráneos, ni siquiera de los del Estado de México que circulan en cantidades importantes, el resultado es que las fotomultas sólo se aplican a los conductores con placas de la Ciudad y que, por tanto, tienen registrada una dirección disponible para la SSP. Del 15 de diciembre del 2015 al 27 de enero de este año, según los datos oficiales entregados a Crónica, la policía capitalina multó a 91 mil 379 conductores mediante los radares y equipos de foto multa. No obstante, otros 38 mil automovilistas, que no figuran en el registro, cometieron una falta pero no recibieron una sanción. Aun cuando su accionar fue similar al de los conductores con placas de la Ciudad de México, la imagen en la que se les ve violando el Reglamento de Tránsito fue desechada. En una solicitud de acceso a la información formulada por Crónica para el presente trabajo, la SSP informó que “por el momento no se cuenta con información estadística de vehículos con placas de otras Entidades Federativas”. Los datos oficiales, remite la respuesta de la dependencia, son los del micrositio abierto cuando se dio a conocer el contrato de Autotraffic, por lo que sólo se conoce el número de capturas de imagen (no cuántas de ellas registran vehículos en falta) y no hay datos para el problema de las placas foráneas. REGLAS SÓLO PARA ALGUNOS. Un problema más de fondo, jurídico, sería si es aceptable que, por la forma en la que fue pensada una herramienta tecnológica, se sancione sólo a algunos de quienes se les detecta cometiendo una conducta indebida. El ex procurador capitalino Rodolfo Félix Cárdenas, a quien Crónica le expuso previamente la situación en torno a la aplicación de las fotomultas, comentó sus dudas sobre una situación donde la violación al Reglamento de Tránsito genera sanciones sólo a algunos. “Un principio general diría que el reglamento no puede ser aplicado (así), porque aquí se trata de que las violaciones de tránsito que se cometan en la Ciudad de México, se sancionen por igual”, indicó el abogado. “Entonces, por ejemplo, si tienes un vehículo con placas de Morelos y la ciudad no tiene un registro para poder hacer efectiva una sanción, es tanto como decir que todos esos vehículos pueden violar el reglamento sin consecuencias y no así una persona que tiene las placas de la Ciudad de México”, explicó. Reiteró que el reglamento es un ordenamiento de carácter general, que debe partir de supuestos que se aplican en su momento a todos por igual. El ex funcionario dudó también de la efectividad de un reglamento que eventualmente es aplicado en algunos casos: “El reglamento no puede ser efectivo o eficaz si se aplica solamente a unos cuantos y no a todos los que lo violan el reglamento. En mi opinión tienen que tomarse las medidas necesarias para que se aplique de manera general. ¡Imagínense, cualquiera que venga de fuera circulará con bandera de impunidad! Incluso hay personas que viven en la ciudad y tienen sus placas del Estado de México”, expresó quien cuenta con una experiencia jurídica de 25 años. ACUERDO VECINAL. El Superintendente Martínez Badillo, informó a Crónica que, en aras de que el reglamento sea aplicado por todas las personas que circulan en la ciudad, el jefe de Gobierno Miguel Ángel Mancera, instruyó a las áreas correspondientes a formular un acuerdo con otras entidades, sobre todo las que aportan más vehículos, como es el caso del Estado de México. “De tal suerte que, vehículos matriculados en el Edomex que cometan infracciones aquí, allá se les imponga un candado para verificar, vengan y paguen. Esto será recíproco, vehículos de la capital que deban multas allá, tendrán que pagarlas. En eso estamos, está muy avanzado el convenio, lo están revisando las áreas jurídicas y tiene que estar listo para este año”, comentó. En recorridos realizados por Crónica a los puntos de captación de fotomultas, personal de Autotraffic también comentó estar consciente que aproximadamente 30 por ciento de lo que logran captar sus cámaras no generarán sanción alguna, justamente por el asunto de los infractores con matrícula foránea. En la percepción de estos operadores, el porcentaje puede ser mayor en zonas como Anillo Periférico y Río San Joaquín, en la delegación Miguel Hidalgo. El INEGI reporta 4.7 millones de automotores registrados en la Ciudad de México. Los últimos datos de diagnóstico del Fideicomiso para la mejora de las Vías de Comunicación en el DF (2011) refirió que había 2.1 millones de automotores circulando diariamente en la capital, a los que se agregaban 1.4 del Estado de México. A lo anterior habría que agregar los que pertenecen a los estados de Puebla, Tlaxcala, Morelos e Hidalgo, entidades coordinadas con la capital del país en temas como la reglamentación y restricciones de la circulación por motivos ambientales. En calles de la ciudad autoridades colocaron 60 radares de velocidad que están situados en avenidas como Periférico, Río Churubusco, Tlalpan, Viaducto Miguel Alemán, Insurgentes, Aquiles Serdán, Oceanía y Constituyentes, entre otras. Además, instalaron 40 equipos de foto-multa y un radar móvil que sancionan violaciones al Reglamento de Tránsito tales como no utilizar cinturón de seguridad o utilizar el teléfono celular mientras conduce, ir en sentido contrario o invadir los carriles confinados. La igualdad ante la ley y los sistemas automatizados Toda norma jurídica tiene la característica de ser general, es decir, aplicable a todos, no excluyente. En el caso de un reglamento de tránsito, en principio debe ser aplicable a todo automovilista y sus sanciones deben imponerse a todo el que incurre en una conducta o cae en un supuesto contemplado en el reglamento. . Aplicación de sanciones. Si no se sanciona a todos los conductores que incurren en la misma conducta prohibida, el mecanismo coercitivo, la multa, puede considerarse ineficiente. Una placa foránea no es motivo de excepción para el cumplimiento de la norma, el Reglamento de Tránsito, y la aplicación de sanciones. Conductas detectadas -Invasión del paso peatonal. -No respetar la luz roja del semáforo. -Vuelta prohibida. -Invasión de carriles confinados, ciclovías o Metrobús. -Uso de distractores al conducir (teléfono celular). La contratación de una empresa privada para la operación de cámaras que detectaran este tipo de infracciones se justificó aduciendo que la sanción a este tipo de faltas debía multiplicarse. Controvertido El Reglamento de Tránsito entró en vigor el 15 de diciembre de 2015 y en pocos días desató una enorme controversia pública; lo anterior pese a haber sido publicado desde de agosto del mismo año. El debate surgió cuando se conoció que las fotomultas se implementaban bajo un contrato que subrogaba a un privado, Autotraffic, la aplicación de las mismas y que, además, se pensaba, sería un instrumento recaudatorio. Proceso de multas DETECCIÓN: Captura de imagen por la empresa y envío instantáneo de imagen a la SSP. VALIDACIÓN: Personal de la SSP revisa, valida, firma electrónicamente y emite la multa. Este paso tiene una duración de 5 días aproximadamente. NOTIFICACIÓN: La empresa notifica al ciudadano la multa generada. Se notifica al ciudadano en 10 días aproximadamente. PAGO DE MULTA: El ciudadano realiza su pago en la Tesorería. PAGO DEL SERVICIO: La SSP paga a la empresa por el servicio hasta que el ciudadano haya pagado la multa. Se paga únicamente sobre multas pagadas

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