• El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), dictaminó a favor del recurso interpuesto por el equipo de Jaime Rodríguez Calderón, por lo que el gobernador con licencia de Nuevo León podrá aparecer en la boleta presidencial en julio próximo.
Por Mario Ruiz Hernández
VALLE DE MÉXICO., a 10 de abril del 2018.- En sesión pública celebrada la noche de ayer, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación falló a favor del equipo de Jaime Rodríguez Calderón, por lo que éste podrá contender en el proceso electoral por la Presidencia de la República.
En una votación con resultado de 4-3 a favor del gobernador con licencia de Nuevo León, el Trife estaría cambiando la postura que el Instituto Nacional Electoral había asumido de rechazar la candidatura de "El Bronco", tras detectar anomalías en la recolección de firmas, por lo que no alcanzaba el número de apoyos ciudadanos requeridos para aparecer en la boleta electoral el próximo 1 de julio.
Los votos a favor fueron de los magistrados Mónica Aralí Soto, Felipe Fuentes, José Luis Vargas e Indalfer Infante.
En contra del recurso votaron la magistrada presidente Janine Otálora, Reyes Rodríguez y Felipe de la Mata.
De esta forma, la Sala Superior del Tribunal Electoral aceptó las impugnaciones SUP-JDC-186/2018 y SUP-JDC-201/2018 que se habían presentado contra las resoluciones del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, que había emitido en marzo pasado.
La primer objeción buscaba impugnar el dictamen del INE sobre el porcentaje de apoyo ciudadano, mientras que la segunda pretendía quitar el fallo con el que se había determinado que Jaime Rodríguez no había presentado su solicitud de registro como candidato.
El Pleno del TEPJF consideró fundado el alegato de Rodríguez Calderón, quien argumentó que no se le permitió verificar conjuntamente con la autoridad electoral la totalidad de los apoyos que fueron considerados inválidos de aquellos que había presentado.
Además, alegó que el INE le negó el derecho a ejercer una completa y adecuada defensa, porque el procedimiento instaurado por el Instituto a través de una aplicación le impidió contar con argumentos y pruebas para contradecir esa decisión, a pesar de haber asistido en 12 ocasiones a audiencias ante la autoridad electoral.
En ese sentido, el INE deberá emitir un nuevo acuerdo, para pronunciarse respecto al cumplimiento de los demás requisitos legales atinentes y, de ser el caso, otorgar el registro correspondiente, sin que ello implique la validación de apoyos que no cumplan los parámetros normativos.
Lo anterior, porque la determinación se sustenta en la válida presunción de que el aspirante cuenta con el número necesario para alcanzar su registro derivado de las deficiencias advertidas en los actos procesales que originaron la negativa de su registro.
VALLE DE MÉXICO., a 10 de abril del 2018.- En sesión pública celebrada la noche de ayer, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación falló a favor del equipo de Jaime Rodríguez Calderón, por lo que éste podrá contender en el proceso electoral por la Presidencia de la República.
En una votación con resultado de 4-3 a favor del gobernador con licencia de Nuevo León, el Trife estaría cambiando la postura que el Instituto Nacional Electoral había asumido de rechazar la candidatura de "El Bronco", tras detectar anomalías en la recolección de firmas, por lo que no alcanzaba el número de apoyos ciudadanos requeridos para aparecer en la boleta electoral el próximo 1 de julio.
Los votos a favor fueron de los magistrados Mónica Aralí Soto, Felipe Fuentes, José Luis Vargas e Indalfer Infante.
En contra del recurso votaron la magistrada presidente Janine Otálora, Reyes Rodríguez y Felipe de la Mata.
De esta forma, la Sala Superior del Tribunal Electoral aceptó las impugnaciones SUP-JDC-186/2018 y SUP-JDC-201/2018 que se habían presentado contra las resoluciones del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, que había emitido en marzo pasado.
La primer objeción buscaba impugnar el dictamen del INE sobre el porcentaje de apoyo ciudadano, mientras que la segunda pretendía quitar el fallo con el que se había determinado que Jaime Rodríguez no había presentado su solicitud de registro como candidato.
El Pleno del TEPJF consideró fundado el alegato de Rodríguez Calderón, quien argumentó que no se le permitió verificar conjuntamente con la autoridad electoral la totalidad de los apoyos que fueron considerados inválidos de aquellos que había presentado.
Además, alegó que el INE le negó el derecho a ejercer una completa y adecuada defensa, porque el procedimiento instaurado por el Instituto a través de una aplicación le impidió contar con argumentos y pruebas para contradecir esa decisión, a pesar de haber asistido en 12 ocasiones a audiencias ante la autoridad electoral.
En ese sentido, el INE deberá emitir un nuevo acuerdo, para pronunciarse respecto al cumplimiento de los demás requisitos legales atinentes y, de ser el caso, otorgar el registro correspondiente, sin que ello implique la validación de apoyos que no cumplan los parámetros normativos.
Lo anterior, porque la determinación se sustenta en la válida presunción de que el aspirante cuenta con el número necesario para alcanzar su registro derivado de las deficiencias advertidas en los actos procesales que originaron la negativa de su registro.
No hay comentarios:
Publicar un comentario