Por lo que el artículo 105 quedó de la siguiente forma “Son infracciones a las disposiciones sobre el orden público graves, fracción novena, acosar, hostigar, emitir ofensas, palabras obscenas o de índole sexual, así como realizar actos de exhibicionismo en contra de las mujeres afectando su dignidad, libertad, integridad y derechos una o más veces“.
Paola Jiménez, decimoquinta regidora fue quien impulsó la iniciativa y resaltó que el objetivo es modificar patronos socio culturales de conducta que garanticen a más mujeres la erradicación de acoso y prejuicios que lo normalicen a través de piropos, por lo que la sanción para quienes lo cometan será un arresto de 24 a 36 horas.
Además, esta medida irá acompañada de un sistema de denuncia efectiva que requerirá también de la capacitación de los elementos de seguridad pública.
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