• La diputada Vargas Camacho (PRI) propone adicionar
artículo 146 bis a Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.
• Se calcula que hay 41 mil 779 localidades sin cobertura de
acceso a dicho servicio.
Los concesionarios y autorizados deberán prestar el servicio
de acceso a Internet con bajo costo en los espacios abiertos, tales como
plazas, parques y áreas públicas de uso común para la población en general, en
las Zonas de Atención Prioritaria, que para el efecto declare el Ejecutivo
Federal, con un grado de marginación, medio, alto y muy alto.
Así lo propone la diputada Melissa Estefanía Vargas Camacho
(PRI), en una iniciativa que reforma el artículo 146 Bis a la Ley Federal de
Telecomunicaciones y Radiodifusión, remitida a la Comisión de Comunicaciones y
Transportes para su estudio y dictamen.
Subraya que las condiciones actuales de la disponibilidad,
uso y disfrute de servicios de Internet en el país representan un elemento de
discriminación y desigualdad.
Menciona que, desde hace años, los gobiernos de algunos
municipios y entidades federativas han buscado la manera de poner a disposición
de la población redes públicas de Internet con acceso gratuito, tal y como
sucede en lugares como Guadalajara, Jalisco o la Ciudad de México.
Además, a partir del decreto por el que se formula la
Declaratoria de las Zonas de Atención Prioritaria en cumplimiento de la Ley
General de Desarrollo Social para el año 2021, publicado en el Diario Oficial
de la Federación el 30 de noviembre de 2020, se definieron mil 565 municipios
prioritarios que agrupan a 41 mil 779 localidades sin cobertura de acceso al
servicio de Internet, con grados de marginación medio, alto y muy alto, en
donde habita un total de 8,370,000 personas.
De estos dos grupos, se consideran prioritarias aquellas
localidades de al menos 500 habitantes, lo que resulta en 4 mil 503 localidades
prioritarias con 4,070,000 habitantes.
Vargas Camacho expone que de conformidad con el artículo 6º
de la Constitución Política, el Estado debe garantizar el acceso de la
población a las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC), así
como a servicios de radiodifusión y telecomunicaciones, incluido el de banda
ancha e Internet.
Argumenta que los concesionarios para la prestación de
servicios de telecomunicaciones y explotación del espectro radioeléctrico,
dentro de sus obligaciones está la de coadyuvar con el Gobierno Federal en la
prestación de los servicios de carácter rural y social.
No obstante, subraya, existen algunos casos en los que la
autoridad fue omisa en imponer a los concesionarios obligaciones de cobertura
social y rural, incluso sujetaba el despliegue de infraestructura y cobertura
de sus servicios a la aprobación previa del Gobierno Federal.
“Esto inhibió en gran medida que los pequeños concesionarios
ampliaran su cobertura para fines de inclusión digital de las poblaciones con
menos recursos y sólo se enfocaran a la prestación de sus servicios en las
zonas económicamente rentables”, añade.
Por ello, la iniciativa pretende que los concesionarios y autorizados queden obligados a prestar el servicio de acceso a Internet con un bajo costo en las Zonas de Atención Prioritaria.
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