• Este ordenamiento homologa los procedimientos, agiliza el sistema de impartición de justicia y brinda mayor certidumbre jurídica, destaca.
La Presidenta de la Comisión de Justicia, Olga Sánchez
Cordero, calificó como “apremiante” que se definan las políticas y directrices
que permitan la rápida instrumentación en los estados del Código Nacional de
Procedimientos Civiles y Familiares, que se publicó el 7 de junio de este año y
cuyo plazo su implementación no puede exceder del 1 abril de 2027.
Durante su participación, en la cátedra “Melquiades
Morales”. Conferencia sobre el Código Nacional de Procedimientos Civiles y
Familiares, que organizó la Universidad Anáhuac, campus Puebla, la senadora de MORENA,
explicó que el antecedente más relevante de este producto legislativo, fue la
reforma constitucional del 15 de septiembre de 2017, que, entre otras cosas,
estableció que el Congreso de la Unión tenía la obligación y la atribución de
expedir la legislación única en materia procesal civil y familiar.
Reconoció que las 32 entidades federativas, al ejercer sus atribuciones
para expedir sus propias reglas procesales en el orden civil y familiar,
terminaron por generar a lo largo del país una diversidad de normas.
Ello, propiciaba incertidumbre respecto de la aplicación y
sentido de la justicia, debido a la variedad de normas procesales,
caracterizada por una disparidad entre las reglas, los plazos, los términos,
los criterios, las instituciones procesales y las sentencias, que incluso en
ocasiones resultaban contradictorias.
Destacó que, en la construcción de esta herramienta, se
escucharon las voces de diversas organizaciones de la sociedad civil,
colectivos de personas con discapacidad, organizaciones de búsqueda de personas
desaparecidas o no localizadas, feministas, especialistas en derecho.
Así como de integrantes del poder judicial tanto del ámbito
federal como local, de senadores, senadoras, diputadas, diputados, organismos
gubernamentales, financieros, de la PROFECO, de la Barra Mexicana, Colegio de
Abogados y, en general, de todas las personas que representaron las distintas
voluntades políticas.
Sánchez Cordero consideró que esta legislación “marcará un
hito en el sistema de impartición de justicia en todo el país, al tratarse de
un instrumento de gran calado, incluso mayor al que representó la
correspondiente reforma al sistema integral de justicia penal de 2008, que
culminó con la expedición del Código Nacional de Procedimientos Penales, el 5
de marzo de 2014”.
Destacó la importancia del nuevo Código por la magnitud de
asuntos que hoy en día se judicializan en todo el país en las materias civil y
familiar, que rondan, dijo, alrededor del 70 por ciento del total de juicios y
procedimientos que son instaurados; lo que hace más que notorio y evidente el
impacto que esta legislación tendrá en la justicia cotidiana, pero sobre todo
en la construcción de la paz social.
La legisladora explicó que este ordenamiento homologa los
procedimientos, robustece y agiliza el sistema de impartición de justicia,
brinda a las personas justiciables una mayor seguridad y certidumbre jurídica,
privilegia la oralidad, la solución de los conflictos sobre los formalismos, la
reducción de los términos extensos y de las costas onerosas, así como el
desgaste emocional de las personas involucradas, a través de un efectivo acceso
a la justicia pronta, completa e imparcial y garantiza la tutela judicial
efectiva.
“Quiero destacar que este cuerpo normativo quedó integrado
por mil 191 artículos, divididos en 10 libros y un régimen transitorio de 20
artículos, que sin duda tiene áreas de oportunidad que con el tiempo se irán
perfeccionando”.
Detalló que el Código Nacional abordará temas de violencia
en contra de las niñas, niños, adolescentes, mujeres y de personas que
históricamente han sido vulneradas, de una manera integral, precisa, profunda y
detallada.
“En el glosario de términos, se incluyeron definiciones
vanguardistas y progresivas de los conceptos que hasta ahora ninguna
legislación procesal había adoptado, los cuales atienden a los principios del
interés superior de la niñez; el juzgar con perspectiva de género, igualdad,
equidad y la accesibilidad de grupos de atención prioritaria”.
Sánchez Cordero agregó que se incluyó la figura de ajustes
de procedimiento y accesibilidad, que consiste en que la autoridad
jurisdiccional podrá establecer formatos alternativos, que permitan la
accesibilidad estructural y de comunicación.
Además de suplir la deficiencia de los planteamientos para
proteger los intereses de la familia, personas mayores, niñas, niños,
adolescentes, personas con discapacidad o cualquier otra que ha sido históricamente
vulnerada, respetando el equilibrio procesal entre las partes; tarea que será
novedosa para todas las personas juzgadoras.
Se estableció que en casos que impliquen violencia, la
autoridad adoptará las medidas necesarias para que cesen, lo que incluye las
relativas al régimen de convivencia, guarda y custodia y, en su caso,
separación de personas, las medidas de protección deberán cumplimentarse en un
término no mayor a 72 horas.
La legisladora dijo que también se reconoció la figura de violencia
vicaria y en los juicios de alimentos se contempla que cuando el deudor
alimentario haya dejado de cumplir con sus obligaciones, en cualquier momento
del procedimiento, podrá solicitarse a la autoridad jurisdiccional lo haga del
conocimiento del Registro de Deudores Alimentarios Morosos o institución
equivalente en las entidades federativas.
Y se incorporó la institución jurídica de la declaración
especial de ausencia por desaparición, que busca proteger los derechos de las
personas desaparecidas, con el propósito de mantener íntegramente el
reconocimiento y protección de la personalidad jurídica, sus derechos
patrimoniales y laborales, y en su caso, la conservación de la patria potestad
de sus hijos o hijas, así como la protección de sus familias.
No hay comentarios:
Publicar un comentario